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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE AGOSTO DEL AÑO 2022 (14/08/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 28

28 NORMAS LEGALES Domingo 14 de agosto de 2022 El Peruano / del instrumento de transferencia a favor del Bene fi ciario y el pago del valor total de la Tasación a que se re fi ere el artículo 2 de la presente Resolución Ministerial. Artículo 4.- Disponer que dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes de suscrito el Formulario Registral y efectuado el pago del valor total de la Tasación, la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes remita al Registro de Predios de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, el Formulario Registral y copia certi fi cada del documento que acredite el pago del monto del valor total de la Tasación, a favor del Sujeto Pasivo. El Registrador Público dentro de los siete (07) días hábiles de recibida la solicitud con los citados documentos, inscribe la adquisición a nombre del Bene fi ciario, bajo responsabilidad, según lo previsto en el artículo 22 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de inmuebles de propiedad del Estado, liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la ejecución de obras de infraestructura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 015-2020-VIVIENDA. Asimismo, el registrador, bajo responsabilidad, debe levantar las cargas y gravámenes que existan sobre el área del bien inmueble. Regístrese, comuníquese y publíquese GEINER ALVARADO LÓPEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones Anexo Valor Total de la Tasación correspondiente al área de un (01) inmueble afectado por la ejecución de la Obra de Infraestructura: Aeropuerto “Cadete FAP Guillermo del Castillo Paredes” ubicado en el distrito de Tarapoto, provincia y departamento de San Martín. ITEM NºCÓDIGO DE PREDIOVALOR COMERICIAL DEL INMUEBLE S/. INCENTIVO DEL 20% DEL VALOR COMERCIAL DEL INMUEBLE S/.VALOR TOTAL DE LA TASACION S/. 1PM1G- AERTARAPOTO- PU-27055 285,70 11 057,14 66 342,84 2095240-1 Declaran que las autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión en la localidad Huamantanga del departamento de Lima y banda FM serán otorgadas a solicitud de parte RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 1819-2022-MTC/28 Lima, 8 de agosto 2022VISTO, el Informe N° 2427-2022-MTC/28.01 del 30 de julio de 2022 de la Dirección de Servicios de Radiodifusión; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al artículo 16 de la Ley Nº 28278, Ley de Radio y Televisión, en adelante la Ley de Radio y Televisión, y al artículo 40 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, en adelante Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, las autorizaciones del servicio de radiodifusión se otorgan a solicitud de parte o por concurso público, siendo éste obligatorio cuando la cantidad de frecuencias o canales disponibles en una banda o localidad, es menor al número de solicitudes presentadas;Que, el numeral 46.1 del artículo 46 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión establece que “en caso se declare desierto el concurso público derivado de la aplicación del primer párrafo del artículo 41, en una banda y localidad, al no haberse asignado ninguna de las frecuencias objeto de la convocatoria para dicha banda y localidad, estas se pueden asignar mediante solicitud de parte. Para ello, la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, en un plazo máximo de treinta días hábiles, contado a partir del día siguiente de la publicación de los resultados del concurso público en el diario o fi cial El Peruano, expide una resolución señalando que las frecuencias disponibles en la referida banda y localidad se asignan a solicitud de parte, la cual se publica en el Diario O fi cial El Peruano”; Que, el numeral 46.3 del artículo 46 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión dispone que “De haberse adjudicado al menos una frecuencia a través de concurso público, en una banda y localidad, las demás frecuencias se asignan mediante la misma modalidad”; Que, la Resolución Directoral N° 1016-2020-MTC/28, en observancia del artículo 41 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión, estableció que las autorizaciones de la banda de Frecuencia Modulada (FM) de la localidad de Huamantanga del departamento de Lima, serán otorgadas por Concurso Público; Que, mediante Resolución Directoral N° 2996-2021- MTC/28 del 30 de diciembre de 2021, se aprobaron las Bases del Concurso Público N° 02-2021-MTC/28 para el otorgamiento de autorizaciones para prestar el servicio de radiodifusión sonora en Frecuencia Modulada (FM) en diversas localidades a nivel nacional, entre las cuales se encuentra la localidad de Huamantanga del departamento de Lima; Que, con documento denominado “Relación de adjudicatarios de la buena pro Concurso Público Nº 02-2021-MTC/28” se publicaron los resultados del Concurso Público N° 02-2021-MTC/28 en el Diario O fi cial “El Peruano” el 19 de julio de 2022, declarándose desierta en la banda de Frecuencia Modulada (FM), la localidad de Huamantanga del departamento de Lima; Que, con Informe N° 2427-2022-MTC/28.01, la Dirección de Servicios de Radiodifusión, unidad orgánica de la Dirección General de Autorizaciones en Telecomunicaciones efectuó la evaluación legal correspondiente, concluyendo que corresponde se expida la resolución directoral que declare que las autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión en la banda de Frecuencia Modulada (FM), en la localidad Huamantanga, departamento de Lima, serán otorgadas a solicitud de parte; Que, en ese sentido, corresponde emitir la presente Resolución Directoral que declara que se otorgarán a solicitud de parte las frecuencias de radiodifusión de la localidad concursada y declarada desierta en el Concurso Público Nº 02-2021-MTC/28, que se encuentren en el supuesto de hecho recogido en el numeral 46.1 del artículo 46 del Reglamento de la Ley de Radio y Televisión; De conformidad con la Ley Nº 28278, Ley de Radio y Televisión, y sus modi fi catorias; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2005-MTC, y sus modi fi catorias; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01, y; Con la opinión favorable de la Dirección de Servicios de Radiodifusión; SE RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Declarar que las autorizaciones para la prestación del servicio de radiodifusión en la siguiente localidad y banda, serán otorgadas a solicitud de parte: Modalidad Banda Localidad Departamento Sonora FM Huamantanga Lima Artículo 2.- Remitir copia de la presente Resolución a la Dirección de Servicios de Radiodifusión para las acciones que corresponda, de acuerdo con su competencia.