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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE AGOSTO DEL AÑO 2022 (16/08/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 37

37 NORMAS LEGALES Martes 16 de agosto de 2022 El Peruano / 25.1 Que el 2º Juzgado de Trabajo Permanente del Distrito y Provincia de Piura, redistribuyan respectivamente de manera aleatoria hacia el 3º y 4º Juzgados de Trabajo Transitorios del mismo distrito y provincia, 500 expedientes en etapa de trámite a cada uno de ellos, correspondientes exclusivamente a la vía procedimental de proceso urgente, y en caso de ser insu fi cientes, completar con expedientes de la vía procedimental del proceso ordinario, considerándose aquellos expedientes que tengan audiencias programadas con fecha más lejana posterior al 31 de octubre de 2022, no debiendo considerarse en dicha redistribución a aquellos expedientes que se encuentren en etapa de ejecución, cumplimiento que deberá informarse al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en un plazo no mayor a quince días calendario. 25.2 Abrir el turno, a partir del día siguiente de notifi cada la presente resolución administrativa, al 2º Juzgado de Trabajo Permanente de la Provincia de Piura; y a partir de la misma fecha, cerrar el turno del 3º y 4º Juzgados de Trabajo Transitorios de la misma provincia. Artículo Vigesimosexto.- Disponer las siguientes medidas en la Corte Superior de Justicia de San Martín: 26.1 Que, a partir del siguiente de noti fi cada la presente resolución administrativa, se le abra turno al Juzgado Mixto Permanente de Tocache para el ingreso de expedientes de la subespecialidad de violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar de la Ley Nº 30364, y, a partir de la misma fecha, se le cierre turno al Juzgado Civil Transitorio de Tocache para el ingreso de expedientes de dicha subespecialidad. 26.2 Que el Juzgado Mixto Permanente de Tocache redistribuya de manera aleatoria al Juzgado Civil Transitorio de Tocache, como máximo, 100 expedientes en etapa de trámite de la subespecialidad civil-civil y 100 expedientes en etapa de trámite de la subespecialidad de familia-civil, que en ambos casos correspondan a la vía procedimental sumarísima y en caso de ser insu fi cientes los procesos sumarísimos en la subespecialidad familia-civil, completar con expedientes de la vía procedimental del proceso único, considerándose aquellos expedientes que tengan audiencias programadas con fecha más lejana posterior al 31 de octubre de 2022, no debiendo considerarse en dicha redistribución a aquellos expedientes que se encuentren en etapa de ejecución, cumplimiento que deberá informarse al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en un plazo no mayor a quince días calendario. 26.3 Que el presidente de Corte Superior disponga las acciones correspondientes para mejorar el bajo nivel resolutivo del Juzgado Mixto Permanente de la Provincia de Tocache, sobre todo porque al mes de mayo de 2022 registra una carga pendiente de 148 expedientes en la subespecialidad de violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar, a pesar que en los procesos de esta subespecialidad las medidas de protección deben dictarse en plazos que van desde las 24 hasta las 72 horas como máximo y dicho juzgado tenía turno cerrado desde el mes de octubre de 2021 para el ingreso de expedientes de la referida subespecialidad. Artículo Vigesimoséptimo.- Disponer que el presidente de la Corte Superior de Justicia de San Martín evalúe la idoneidad del magistrado (a) y personal jurisdiccional del Juzgado de Trabajo Transitorio de la Provincia de San Martín, con sede en el Distrito de Tarapoto, a efecto de disponer sus reemplazos, de ser el caso, debiendo informar al presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, en un plazo no mayor de treinta días calendario, sobre las acciones adoptadas. Artículo Vigesimoctavo.- Disponer las siguientes medidas administrativas en la Corte Superior de Justicia de Sullana: 28.1 Que el presidente de la Corte Superior de Justicia de Sullana adopte las acciones necesarias para mejorar el nivel resolutivo de la Sala Laboral Transitoria de la Provincia del mismo nombre. 28.2 Que el presidente de la Corte Superior de Justicia de Sullana adopte las acciones necesarias para mejorar el nivel resolutivo del Juzgado de Trabajo Transitorio de la Provincia del mismo nombre. Artículo Vigesimonoveno.- Disponer que el presidente de la Corte Superior de Justicia de Ucayali adopte las medidas administrativas necesarias para que el 2º Juzgado de Trabajo Permanente y el Juzgado de Trabajo Transitorio de la Provincia de Coronel Portillo mejoren su nivel resolutivo. Artículo Trigésimo.- Disponer que las O fi cinas Desconcentradas de Control de la Magistratura de las Cortes Superiores de Justicia del país veri fi quen el desempeño de los órganos jurisdiccionales listados en el Anexo, cuyo nivel de resolución de expedientes al mes de mayo de 2022 presentan un avance inferior a un mes de retraso en función al porcentaje de avance ideal del 40%, debiendo informar al presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, en un plazo no mayor de treinta días calendario, sobre las acciones adoptadas. Artículo Trigésimo Primero.- Disponer que los jueces y juezas de los órganos jurisdiccionales transitorios prorrogados en la presente resolución, remitan al presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, un informe detallando los siguientes aspectos: a) Número de autos que ponen fi n al proceso y sentencias expedidas noti fi cadas y sin noti fi car; b) Listado de expedientes en trámite por año, que se encuentran pendientes de resolución fi nal; c) Listado de Expedientes en Trámite por año que se encuentren listos para sentenciar; y d) Di fi cultades y/o limitaciones presentadas para el adecuado ejercicio de sus funciones. El referido informe deberá adjuntar el listado nominal del personal que labora en cada órgano jurisdiccional, indicando por cada uno de ellos, su cargo, régimen laboral, tiempo de servicio en el órgano jurisdiccional, cali fi cación argumentada de su desempeño en “Bueno”, “Regular” o “Bajo”; así como si se encuentra debidamente capacitado, esto con la fi nalidad que dicha Comisión Nacional, en coordinación con las Comisiones Distritales y la Gerencia General de este Poder del Estado, adopten las acciones correspondientes que permitan dinamizar la productividad judicial. El cumplimiento de la presente disposición será supervisado por el jefe de la O fi cina de Productividad Judicial, quien mantendrá informado al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial sobre su debido cumplimiento. Artículo Trigésimo Segundo.- Las Comisiones Distritales de Productividad Judicial de las Cortes Superiores de Justicia del país deberán efectuar el monitoreo exhaustivo del funcionamiento de sus respectivos órganos jurisdiccionales a fi n de adoptar las acciones correspondientes que permitan dinamizar la descarga procesal. Artículo Trigésimo Tercero.- Disponer que las Cortes Superiores de Justicia supervisarán y garantizarán mes a mes el registro continuo, completo y sin inconsistencias de la información estadística correspondiente a sus órganos jurisdiccionales, en el Sistema Integrado Judicial y Formulario Estadístico Electrónico (SIJ-FEE), de acuerdo a los disposiciones establecidas en la Directiva Nº 005-2012-GG-PJ, considerando que dicha información sirve de base para las diversas evaluaciones técnicas y posteriormente para la toma de decisiones. Artículo Trigésimo Cuarto.- Recordar a las presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país que, para las futuras redistribuciones de expedientes en etapa de trámite de los procesos, desde dependencias permanentes hacia dependencias transitorias, se considerará únicamente a aquellas dependencias permanentes que presenten buen nivel resolutivo y no presenten inconsistencias de información de su carga procesal. Artículo Trigésimo Quinto-. Disponer que los presidentes/as de las Cortes Superiores de Justicia a nivel nacional supervisen que los órganos jurisdiccionales que se encuentran bajo su jurisdicción den estricto cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución Administrativa Nº 137-2020-CE-PJ, la cual establece la obligatoriedad de registrar todas las resoluciones judiciales en las casillas electrónicas; así como del uso del