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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE AGOSTO DEL AÑO 2022 (19/08/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 124

TEXTO PAGINA: 63

63 NORMAS LEGALES Viernes 19 de agosto de 2022 El Peruano / de Licenciado en Tecnología Médica Terapia Física y Rehabilitación, expedido por esta Casa de Estudios Superiores; y, CONSIDERANDO:Que, el Congreso de la República dio la Ley Nº 28626, de fecha 28.10.2005, publicada en el diario o fi cial El Peruano con fecha 18.11.2005, que autoriza a las Universidades Públicas y Privadas a expedir duplicados de diplomas de Grados y Títulos Profesionales a solicitud del interesado, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación del título original, siempre que cumpla con las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada Universidad; Que, mediante Resolución Nº 1525-06-ANR, modi fi cada con Resolución Nº 1895-2006-ANR, publicadas en el diario o fi cial El Peruano, con fechas 21.01.2006 y 14.06.2006 respectivamente, la Asamblea Nacional de Rectores, aprobó el Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país; Que, mediante Resolución Nº 1503-2011-ANR, de fecha 15.12.2011, modi fi cada con Resoluciones Nros. 1256 y 1634-2013-ANR, de fechas 26.08.2013 y 22.10.2013 respectivamente, emitidas por la Comisión de Coordinación Interuniversitaria de la Asamblea Nacional de Rectores, se aprobó el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 28626, Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país; Que, mediante Resolución R. Nº 4224-2013-CU- UNFV, de fecha 25.09.2013, recti fi cada con Resolución R. Nº 6309-2014-CU-UNFV, de fecha 05.09.2014, se aprobó el “Registro de Tarifas de los Servicios no Exclusivos de la Universidad Nacional Federico Villarreal en el que se estableció la tarifa que abonarán los interesados, entre otros, por concepto de duplicado de diploma de Grado de Bachiller y de Título Profesional en las Facultades de la Universidad; Que, mediante documento de fecha 29.10.2021, don ANTONIO RAFAEL RIVAS SARAVIA solicita duplicado de diploma de Título de Licenciado en Tecnología Médica Terapia Física y Rehabilitación, el cual fue expedido por esta Universidad el 02.09.1997, señala que sufrió el deterioro de dicho diploma; para acreditar lo señalado y a fi n de cumplir con los requisitos para la expedición del duplicado de diploma, adjunta fotografía tamaño pasaporte, Constancia Nº 011-2021 emitida por la Ofi cina de Grados y Títulos, copia del Diploma de Título de Licenciado en Tecnología Médica Terapia Física y Rehabilitación deteriorado, así como el recibo de pago del derecho correspondiente; Que, el Jefe de la O fi cina de Grados y Títulos de la Secretaría General mediante O fi cios Nros. 0829-2021 y 0319-2022-OGT-SG-UNFV de fechas 04.11.2021 y 19.05.2022 respectivamente, señalan que se expidió con fecha 02.09.1997 el Diploma de Título de Licenciado en Tecnología Médica Terapia Física y Rehabilitación a favor del recurrente, el cual se encuentra asentado en el Libro Nº 44, Folio Nº 20 y Registro Nº 31293, el mismo que obra en la O fi cina de Grados y Títulos de la Secretaria General de esta Universidad; asimismo, señala que lo solicitado por ANTONIO RAFAEL RIVAS SARAVIA cumple con los requisitos para el otorgamiento del duplicado del diploma de Título de Licenciado en Tecnología Médica Terapia Física y Rehabilitación, en concordancia con las Resoluciones Nos. 1525-2006, 1895-2006 y 1503-2011-ANR y la Ley Nº 28626; En mérito a la opinión de la O fi cina Central de Asesoría Jurídica, contenida en Informe Legal Nº 304-2022-OCAJ-UNFV, de fecha 04.05.2022, a lo señalado por el Vicerrectorado Académico en el O fi cio Nº 0549-2022-VRAC-UNFV de fecha 09.06.2022 y estando a lo dispuesto por la señorita Rectora según Proveído Nº 2238-2022-R-UNFV, de fecha 30.06.2022; el Consejo Universitario en Sesión Ordinaria Nº 019, de fecha 26.07.2022, acordó autorizar a la O fi cina de Grados y Títulos de la Secretaría General, la expedición del duplicado de diploma de Título de Licenciado en Tecnología Médica Terapia Física y Rehabilitación, otorgado por la Facultad de Tecnología Médica de esta Casa de Estudios Superiores, a favor de don ANTONIO RAFAEL RIVAS SARAVIA; De conformidad con la Ley Nº 30220 – Ley Universitaria, el Estatuto y el Reglamento General de la Universidad Nacional Federico Villarreal, la Resolución R. Nº 9709-2021-UNFV de fecha 31.12.2021 y la Resolución R. Nº 479-2022-CU-UNFV de fecha 27.06.2022; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar a la O fi cina de Grados y Títulos de la Secretaría General, la expedición del duplicado de diploma de Título de Licenciado en Tecnología Médica Terapia Física y Rehabilitación, otorgado por la Facultad de Tecnología Médica de esta Casa de Estudios Superiores, a favor de don ANTONIO RAFAEL RIVAS SARAVIA (por deterioro). El mismo que se encuentra asentado en el Libro Nº 44, Folio Nº 20 y Registro Nº 31293 y fecha de expedición 02.09.1997, el cual obra en la referida O fi cina. Artículo Segundo.- La O fi cina de Trámite Documentario y Atención al Usuario de la Secretaría General, noti fi cará bajo cargo la presente resolución al interesado. Artículo Tercero.- Encargar a la O fi cina Central de Comunicaciones e Imagen Institucional, la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, de conformidad con el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 28626, aprobado con Resolución Nº 1503-2011-ANR. Artículo Cuarto.- El Vicerrectorado Académico, la Facultad de Tecnología Médica, así como la O fi cina de Grados y Títulos de la Secretaría General, dictarán las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y archívese.CRISTINA ASUNCIÓN ALZAMORA RIVERO Rectora ENRIQUE IVAN VEGA MUCHA Secretario General 2096506-2 JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Confirman la Resolución N° 00254-2022- JEE-SPAB/JNE RESOLUCIÓN Nº 2356-2022-JNE Expediente Nº ERM.2022025225 TONGOD - SAN MIGUEL - CAJAMARCAJEE SAN PABLO (ERM.2022007940)ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2022APELACIÓN Lima, dos de agosto de dos mil veintidós VISTO : en audiencia pública virtual del 31 de julio de 2022, debatido y votado en la fecha, el recurso de apelación interpuesto por don Aldo Fabrizio Borrero Rojas, personero legal titular de la organización política Avanza País - Partido de Integración Social (en adelante, señor recurrente), en contra de la Resolución Nº 00254-2022- JEE-SPAB/JNE, del 18 de junio de 2022, emitida por el Jurado Electoral Especial de San Pablo (en adelante, JEE), que declaró improcedente la solicitud de inscripción de doña Evelin Lucy Suárez Quispe, don Jhover Oliver Suárez Suárez y doña Azucena Becerra Sánchez, candidatos a regidores para la Municipalidad Distrital de Tongod, provincia de San Miguel, departamento de Cajamarca (en adelante, señores candidatos), en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2022.