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65 NORMAS LEGALES Sábado 20 de agosto de 2022 El Peruano / Modifican la Res. Adm. N° 000060-2022-CE- PJ, en el extremo de la redistribución de carga procesal de la Corte Superior de Justicia de Lima Este Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 000314-2022-CE-PJ Lima, 19 de agosto del 2022VISTOS: El O fi cio Nº 000794-2022-ST-UETI-CPP-PJ, cursado por el Secretario Técnico de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal; así como el Informe Nº 000138-2022-MYE-ST-UETI-CPP-PJ, elaborado por el Componente de Monitoreo y Evaluación de la mencionada Unidad. CONSIDERANDO: Primero. Que, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Este solicita autorización para que la 2º Sala Penal de Apelaciones de Ate y la 2º Sala Penal de Apelaciones de San Juan de Lurigancho, redistribuyan 90 y 25 expedientes en trámite, respectivamente; con la fi nalidad de lograr el 50% de la redistribución total dispuesta mediante Resolución Administrativa Nº 000060-2022-CE-PJ. Asimismo, solicita disponer la apertura del turno para las mencionadas salas superiores para recibir expedientes por elevación, tramitados con el Código de Procedimientos Penales, hasta la cantidad de 150 expedientes y 125, respectivamente; con el objeto de completar el otro 50% de expedientes ordenado por la Resolución Administrativa Nº 060-2022-CE-PJ. Segundo. Que, de acuerdo a la evaluación realizada por el Componente de Monitoreo y Evaluación de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal mediante Informe Nº 000138-2022-MYE-ST-UETI-CPP-PJ, y con el fi n de salvaguardar los principios procesales y atender la equidad de expedientes solicitada por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, es factible modi fi car extraordinariamente la Resolución Administrativa Nº 000060-2022-CE-PJ en el extremo de la redistribución de carga procesal, debiendo la 2º Sala Penal de Apelaciones de Ate y la 2º Sala Penal de Apelaciones de San Juan de Lurigancho redistribuir la cantidad de 60 y 90 expedientes, respectivamente; y desestimar la apertura del turno para la 2º Sala Penal de Apelaciones de Ate y la 2º Sala Penal de Apelaciones de San Juan de Lurigancho. Tercero. Que, por lo expuesto en el informe antes referido y considerando que este Poder del Estado tiene como política institucional adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva, resulta necesario dictar las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho propósito. Cuarto . Que, el artículo 82º, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por estos fundamentos, en mérito al Acuerdo Nº 1014-2022 de la trigésima sétima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 10 de agosto de 2022, realizada con la participación de los señores y señoras Barrios Alvarado, Lama More, Álvarez Trujillo, Medina Jiménez y Espinoza Santillán, sin la intervención del señor Arias Lazarte por encontrarse de vacaciones; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,SE RESUELVE: Artículo Primero.- Modi fi car los literales 1.1 y 1.2 del artículo primero de la Resolución Administrativa Nº 000060-2022-CE-PJ, expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, conforme se detalla a continuación: 1.1 Redistribuir de manera aleatoria los expedientes en trámite en función liquidadora de la 2º Sala Penal de Apelaciones Permanente del Distrito de Ate, Corte Superior de Justicia de Lima Este, hacia la 1º Sala Penal de Apelaciones Permanente del mismo distrito hasta alcanzar la equidad de carga procesal entre ambos órganos jurisdiccionales. 1.2 Redistribuir de manera aleatoria los expedientes en trámite en función liquidadora de la 2º Sala Penal de Apelaciones Permanente del Distrito de San Juan de Lurigancho, Corte Superior de Justicia de Lima Este, hacia la Sala Penal de Apelaciones Transitoria del mismo distrito hasta alcanzar la equidad de carga procesal entre ambos órganos jurisdiccionales. Artículo Segundo.- Exhortar a las o fi cinas o áreas competentes de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, el debido control y seguimiento de los registros en las fuentes o fi ciales de información del Poder Judicial. Artículo Tercero.- Exhortar a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Este, el cumplimiento de las disposiciones administrativas aprobadas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la O fi cina de Control de la Magistratura, Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima Este; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta 2097620-3 Disponen la conformación del Comité de Usuarios del Expediente Judicial Electrónico (EJE) para la especialidad y subespecialidad Familia Civil, Proceso Único en Materia de Alimentos para Niñas, Niños y Adolescentes Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 000315-2022-CE-PJ Lima, 19 de agosto del 2022VISTO:El O fi cio Nº 000103-2022-P-CT-EJE-PJ cursado por el señor Consejero Héctor Enrique Lama More, Presidente de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial. CONSIDERANDO:Primero. Que, el señor Presidente de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico del Poder Judicial, mediante O fi cio Nº 000103-2022-P-CT-EJE-PJ, propone a este Órgano de Gobierno la conformación del Comité de Usuarios del Expediente Judicial Electrónico (EJE) para la especialidad y subespecialidad Familia Civil, Proceso Único en Materia de Alimentos para Niñas, Niños y Adolescentes, conformado por juezas y jueces de las Cortes Superiores de Justicia de Arequipa, La Libertad, Lambayeque, Lima y Lima Norte, en el marco de la Resolución Administrativa Nº 154-2022-CE-PJ. Segundo. Que, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial mediante Resolución Administrativa Nº 000039-2021-CE-