TEXTO PAGINA: 27
27 NORMAS LEGALES Viernes 26 de agosto de 2022 El Peruano / Rural del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas, hasta por la suma de S/ 23 426 547,00 (Veintitrés millones cuatrocientos veintiséis mil quinientos cuarenta y siete y 00/100 soles), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados, provenientes de los saldos de balance del Ejercicio Fiscal 2021, para la ejecución de (06) seis proyectos de inversión de electri fi cación rural y un (01) servicio de equipamiento, en el marco de lo establecido en el acápite v) del literal ñ) del numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; Que, con fecha 20 de junio de 2022, se suscribió el Convenio Nº 003-2022-MINEM, Convenio para la Transferencia de Recursos a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electro Sur Este S.A.A., el cual tiene por objeto desarrollar el Proyecto “Creación del Sistema de Electri fi cación Rural de las 10 localidades del distrito de Cayarani, provincia de Condesuyos, departamento de Arequipa”; conforme a lo establecido en la Ley N° 28749, Ley General de Electri fi cación Rural y sus modi fi catorias, y el Decreto Supremo N° 018-2020-EM, que aprueba el Reglamento de la Ley General de Electri fi cación Rural; Que, de acuerdo a lo señalado en la cláusula cuarta del mencionado Convenio para la transferencia de recursos a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electro Sur Este S.A.A., el MINEM se compromete a transferir recursos presupuestales a la citada Empresa, por el monto de S/ 2 868 158,61 (Dos millones ochocientos sesenta y ocho mil ciento cincuenta y ocho y 61/100 soles) para llevar a cabo las actividades y/ o acciones establecidas en dicho Convenio; Que, mediante el Memorando Nº 369-2022-MINEM/ DGER-JAF, la Jefatura de Administración y Finanzas de la Dirección General de Electri fi cación Rural señala que dispone de los recursos fi nancieros para realizar la transferencia a la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electro Sur Este S.A.A., aprobando la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nº 300-2022-MINEM-DGER/JAF, por el monto de S/ 2 868 158,61 (Dos millones ochocientos sesenta y ocho mil ciento cincuenta y ocho y 61/100 soles), por la fuente de fi nanciamiento 09 Recursos Directamente Recaudados, con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora Nº 005: Dirección General de Electri fi cación Rural del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas a favor de la citada Empresa; Que, a través del Informe Nº 220-2022-MINEM/DGER- JAL remitido con Memorando Nº 00605-2022/MINEM-VME, la Jefatura de Asesoría Legal de la Dirección General de Electri fi cación Rural señala que habiéndose suscrito el Convenio Nº 003-2022-MINEM corresponde que se emita el acto resolutivo autorizando la transferencia fi nanciera a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electro Sur Este S.A.A.; Que, a través del Informe Nº 151-2022/MINEM- OGPP-OPRE, la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable en materia presupuestal para continuar con la suscripción del Proyecto de Convenio de Transferencia de Recursos entre el Ministerio de Energía y Minas y la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electro Sur Este S.A.A.; Que, mediante Informe N° 0800-2022-MINEM/OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable al proyecto de Resolución Ministerial que autoriza la transferencia fi nanciera de recursos provenientes de la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora Nº 005: Dirección General de Electri fi cación Rural del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas a favor de Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electro Sur Este S.A.A.; Que, en ese sentido, en aplicación de lo señalado en la Ley N° 31365, resulta necesario autorizar la transferencia de recursos del Ministerio de Energía y Minas, hasta por la suma de S/ 2 868 158,61 (Dos millones ochocientos sesenta y ocho mil ciento cincuenta y ocho y 61/100 soles), a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electro Sur Este S.A.A.; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo N° 031-2007-EM y sus modi fi catorias; la Ley N° 28749, Ley General de Electri fi cación Rural y sus modi fi catorias; el Decreto Supremo N° 025-2007-EM, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28749, Ley General de Electri fi cación Rural y sus modi fi catorias; y el Decreto Supremo N° 018-2020-EM, Reglamento de la Ley de Electri fi cación Rural; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorizar la transferencia fi nanciera de recursos provenientes de la fuente de fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados, con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora Nº 005 Dirección General de Electri fi cación Rural del Pliego 016 Ministerio de Energía y Minas, por la suma de S/ 2 868 158,61 (Dos millones ochocientos sesenta y ocho mil ciento cincuenta y ocho y 61/100 soles), a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electro Sur Este S.A.A., para fi nanciar los Proyectos, de acuerdo al siguiente detalle: 1) Proyecto “Creación del sistema de electri fi cación rural de las 10 localidades del distrito de Cayarani, provincia de Condesuyos, departamento de Arequipa”, con CUI 2359351. Sección Primera : Gobierno Central Pliego : 016 Ministerio De Energía y MinasUnidad Ejecutora : 005 Dirección General De Electri fi cación Rural Función : 12 EnergíaDivisión Funcional : 028 Energía EléctricaPrograma Presupuestal : 0046 Acceso y Uso de la Electri fi cación Rural Producto / Proyecto : 3000001 Acciones ComunesActividad : 5004833 Transferencia a Entidades para Proyectos de Electri fi cación Fuente De Financiamiento : 09 Recursos Directamente Recaudados (En Soles) Gastos de Capital 2.4. Donaciones y Transferencias 2 868 158,61 --------------------- TOTAL S/. 2 868 158,61 --------------------- Artículo 2.- Los recursos a ser transferidos son destinados exclusivamente para los fi nes indicados en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, encontrándose prohibido bajo responsabilidad destinarlos a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 3.- Los términos y obligaciones de la transferencia fi nanciera materia de la presente Resolución Ministerial se encuentran previstos en el Convenio mencionado. Artículo 4.- La Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electro Sur Este S.A.A. debe informar a la Dirección General de Electri fi cación Rural del Ministerio de Energía y Minas, durante los primeros diez (10) días hábiles de cada mes, los avances físicos y fi nancieros de la ejecución de los recursos transferidos conforme a su cronograma de ejecución y en el marco de las disposiciones contenidas en los Convenios referidos en los artículos precedentes, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 22 del Reglamento de la Ley de Electri fi cación Rural, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2020-EM. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALESSANDRA G. HERRERA JARA Ministra de Energía y Minas 2099512-1