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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (01/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 248

TEXTO PAGINA: 144

144 NORMAS LEGALES Jueves 1 de diciembre de 2022 El Peruano / DISTRITOSVOTOS NULOSTOTAL DE VOTOS (por consulta) PACHACÁMAC 30 30 PUCUSANA 30 30 PUEBLO LIBRE 30 30 PUENTE PIEDRA 30 30 PUNTA HERMOSA 30 30 PUNTA NEGRA 30 30 RÍMAC 30 30 SAN BARTOLO 30 30 SAN BORJA 30 30 SAN ISIDRO 30 30 SAN JUAN DE LURIGANCHO 30 30 SAN JUAN DE MIRAFLORES 30 30 SAN LUIS 30 30 SAN MARTÍN DE PORRES 30 30 SAN MIGUEL 30 30 SANTA ANITA 30 30 SANTA MARÍA DEL MAR 30 30 SANTA ROSA 30 30 SANTIAGO DE SURCO 30 30 SURQUILLO 30 30 VILLA EL SALVADOR 30 30 VILLA MARÍA DEL TRIUNFO 30 30 2.7. Lo antes señalado no implica la modi fi cación de la votación obtenida por cada lista, la cual debe mantenerse invariable. 2.8. De este modo, resolviendo las observaciones del acta electoral, corresponde declarar su validez y remitirla a la ONPE para su procesamiento. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: 1. Declarar VÁLIDA el Acta Electoral Nº 109288-37-E. 2. CONSIDERAR en el Acta Electoral Nº 109288-37- E, en los distritos indicados las siguientes cifras: DISTRITOSVOTOS NULOSTOTAL DE VOTOS ANCÓN 30 30 ATE 30 30 BARRANCO 30 30 BREÑA 30 30 CARABAYLLO 30 30 CHACLACAYO 30 30 CHORRILLOS 30 30 CIENEGUILLA 30 30 COMAS 30 30 EL AGUSTINO 30 30 INDEPENDENCIA 30 30 JESÚS MARÍA 30 30 LA MOLINA 30 30 LA VICTORIA 30 30 LINCE 30 30 LOS OLIVOS 30 30 LURIGANCHO 30 30 MAGDALENA DEL MAR 30 30 MIRAFLORES 30 30 PACHACÁMAC 30 30 PUCUSANA 30 30 PUEBLO LIBRE 30 30 PUENTE PIEDRA 30 30 PUNTA HERMOSA 30 30DISTRITOSVOTOS NULOSTOTAL DE VOTOS PUNTA NEGRA 30 30 RÍMAC 30 30 SAN BARTOLO 30 30 SAN BORJA 30 30 SAN ISIDRO 30 30 SAN JUAN DE LURIGANCHO 30 30 SAN JUAN DE MIRAFLORES 30 30 SAN LUIS 30 30 SAN MARTÍN DE PORRES 30 30 SAN MIGUEL 30 30 SANTA ANITA 30 30 SANTA MARÍA DEL MAR 30 30 SANTA ROSA 30 30 SANTIAGO DE SURCO 30 30 SURQUILLO 30 30 VILLA EL SALVADOR 30 30 VILLA MARÍA DEL TRIUNFO 30 30 3. PRECISAR que las demás cifras del Acta Electoral Nº 109288-37-E se mantienen invariables. 4. REMITIR la presente resolución a la O fi cina Nacional de Procesos Electorales y DEVOLVER el ejemplar del Acta Electoral Nº 109288-37-E. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. SALAS ARENASMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZARSÁNCHEZ VILLANUEVAGómez Valverde Secretario General (e) 1 Ley que modi fi ca la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, y la Ley Nº 28094, Ley de Organizaciones Políticas, con la fi nalidad de asegurar el desarrollo de las Elecciones Regionales y Municipales del Año 2022, en el marco de la lucha contra el virus SARS-CoV-2 (COVID-19). 2 Aprobado por la Resolución Nº 0927-2021-JNE, publicada en el diario o fi cial El Peruano el 30 de noviembre de 2021. 3 Aprobado por la Resolución Nº 0981-2021-JNE, publicada en el diario o fi cial El Peruano el 6 de enero de 2022. 2130013-1 Declaran válida el Acta Electoral N° 109340- 39-O RESOLUCIÓN Nº 0509-2022-JNE Expediente Nº EIERM.2022000008 SAN JUAN DE MIRAFLORES - LIMA - LIMAELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2022ELECCIONES INTERNAS - ACTA OBSERVADA Lima, dieciocho de mayo de dos mil veintidósVISTA: el Acta Electoral Nº 109340-39-O, observada y remitida por la O fi cina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), correspondiente a las elecciones internas de la organización política Partido Democrático Somos Perú, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2022 - ERM 2022; y