Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (01/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 248

TEXTO PAGINA: 140

140 NORMAS LEGALES Jueves 1 de diciembre de 2022 El Peruano / 2.7. Lo antes señalado no implica la modi fi cación de la votación obtenida por cada lista, la cual debe mantenerse invariable. 2.8. De este modo, resolviendo las observaciones del acta electoral, corresponde declarar su validez y remitirla a la ONPE para su procesamiento. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE: 1. Declarar VÁLIDA el Acta Electoral Nº 109341-38-N. 2. CONSIDERAR en el Acta Electoral Nº 109341-38- N, en los distritos indicados, las siguientes cifras: DISTRITOS VOTOS NULOS TOTAL DE VOTOS ANCÓN 13 13 ATE 13 13 BARRANCO 13 13 BREÑA 13 13 CARABAYLLO 13 13 CHACLACAYO 13 13 CHORRILLOS 13 13 CIENEGUILLA 13 13 COMAS 13 13 EL AGUSTINO 13 13 INDEPENDENCIA 13 13 JESÚS MARÍA 13 13 LA MOLINA 13 13 LA VICTORIA 13 13 LINCE 13 13 LOS OLIVOS 13 13 LURIGANCHO 13 13 LURÍN 13 13 MAGDALENA DEL MAR 13 13 MIRAFLORES 13 13 PACHACÁMAC 13 13 PUCUSANA 13 13 PUEBLO LIBRE 13 13 PUENTE PIEDRA 13 13 PUNTA HERMOSA 13 13 PUNTA NEGRA 13 13 RÍMAC 13 13 SAN BARTOLO 13 13 SAN BORJA 13 13 SAN ISIDRO 13 13 SAN JUAN DE LURIGANCHO 13 13 SAN LUIS 13 13 SAN MARTÍN DE PORRES 13 13 SAN MIGUEL 13 13 SANTA ANITA 13 13 SANTA MARÍA DEL MAR 13 13 SANTA ROSA 13 13 SANTIAGO DE SURCO 13 13 SURQUILLO 13 13 VILLA EL SALVADOR 13 13 VILLA MARÍA DEL TRIUNFO 13 13 3. PRECISAR que las demás cifras del Acta Electoral Nº 109341-38-N se mantienen invariables. 4. REMITIR la presente resolución a la O fi cina Nacional de Procesos Electorales y DEVOLVER el ejemplar del Acta Electoral Nº 109341-38-N.Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SALAS ARENASMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZARSÁNCHEZ VILLANUEVAGómez Valverde Secretario General (e) 1 Ley que modi fi ca la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, y la Ley Nº 28094, Ley de Organizaciones Políticas, con la fi nalidad de asegurar el desarrollo de las Elecciones Regionales y Municipales del Año 2022 en el marco de la Lucha contra la COVID-19. 2 Aprobado por la Resolución Nº 0927-2021-JNE, publicada en el diario o fi cial El Peruano el 30 de noviembre de 2021. 3 Aprobado por la Resolución Nº 0981-2021-JNE, publicada en el diario o fi cial El Peruano el 6 de enero de 2022. 2130011-1 Declaran válida el Acta Electoral N° 101321- 38-H RESOLUCIÓN Nº 0507-2022-JNE Expediente Nº EIERM.2022000006 BARRANCO - LIMA - LIMAELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2022ELECCIONES INTERNAS - ACTA OBSERVADA Lima, dieciocho de mayo de dos mil veintidósVISTA: el Acta Electoral Nº 101321-38-H, observada y remitida por la O fi cina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), correspondiente a las elecciones internas de la organización política Acción Popular, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2022 - ERM 2022; y CONSIDERANDO QUE:PRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN) En la Constitución Política del Perú1.1. El numeral 4 del artículo 178 y el artículo 181 de la Constitución Política del Perú asignan al Jurado Nacional de Elecciones (JNE), entre otras, la función de administrar justicia en materia electoral en última y de fi nitiva instancia. 1.2. El numeral 8 del artículo 139 prevé: Artículo 139°.- Son principios y derechos de la función jurisdiccional: […]8. El principio de no dejar de administrar justicia por vacío o de fi ciencia de la ley. En tal caso, deben aplicarse los principios generales del derecho y el derecho consuetudinario. 1.3. El artículo 185 establece, sobre el escrutinio público, que “[el] escrutinio de los votos en toda clase de elecciones […] se realiza en acto público e ininterrumpido sobre la mesa de sufragio. Sólo [sic] es revisable en los casos de error material o de impugnación, los cuales se resuelven conforme a ley [resaltado agregado]”. En la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones (en adelante, LOE) 1.4. El artículo 284 dispone: