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50 NORMAS LEGALES Viernes 23 de diciembre de 2022 El Peruano / autorizar por el plazo de cinco (05) años a la empresa denominada “RTV TORREBLANCA OMEGA E.I.R.L.” como Centro de Inspección Técnica Vehicular para operar con una (01) línea de inspección técnica vehicular tipo mixta, en el local ubicado en Av. Túpac Amaru Mz. M Lt. 08, Torre Blanca, Anexo 11, distrito de San Antonio, provincia de Huarochirí, departamento de Lima; Que, mediante escrito registrado con Hoja de Ruta Nº T-390862-2022 de fecha 12 de setiembre de 2022, de la empresa “RTV TORREBLANCA OMEGA E.I.R.L.”, en adelante la Empresa, solicita ampliar la autorización de una (01) línea de inspección técnica vehicular tipo menor, en su Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo, autorizada con Resolución Directoral Nº 242-2022-MTC/17.03, ubicado en la Av. Túpac Amaru Mz. M Lt. 08, Torre Blanca, Anexo 11, distrito de San Antonio, provincia de Huarochirí y departamento de Lima; Que, mediante O fi cio Nº 30514-2022-MTC/17.03 de fecha 04 de octubre de 2022, noti fi cado el 05 de octubre de 2022, se formuló las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por la Empresa, requiriéndole la subsanación correspondiente; para la cual se le otorgó un plazo de diez (10) días hábiles; Que, mediante Hoja de Ruta Nº T-390862-2022-A de fecha 12 de octubre de 2022, la empresa presentó documentación, con el fi n de subsanar las observaciones realizadas con O fi cio; Que, mediante O fi cio Nº 34243-2022-MTC/17.03 de fecha 25 de octubre de 2022, noti fi cado el mismo día, se formuló las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por la Empresa, requiriéndole la subsanación correspondiente; para la cual se le otorgó un plazo de diez (10) días hábiles; Que, mediante Hoja de Ruta Nº E-472015-2022 de fecha 27 de octubre de 2022, la empresa presentó documentación, con el fi n de subsanar las observaciones realizadas con O fi cio; Que, del análisis de los documentos presentados, se verifi ca que la Empresa cumple con las condiciones para acceder a la ampliación de autorización de una (01) línea de inspección vehicular tipo menor, quedando dos líneas: (01) línea de inspección tipo mixta y una (01) línea de inspección tipo menor, en el local ubicado en Av. Túpac Amaru Mz. M Lt. 08, Torre Blanca, Anexo 11, distrito de San Antonio, provincia de Huarochirí, departamento de Lima; Que, el numeral 44.2 del artículo 44 del Reglamento, señala que la autorización como Centro de Inspección Técnica Vehicular - CITV deberá ser publicada en el diario ofi cial “El Peruano”; Que, estando a lo opinado por la Coordinación de Autorizaciones de la Dirección de Circulación Vial de la Dirección General de Autorizaciones en Transportes, en el Informe Nº 2284-2022-MTC/17.03.01, resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente, toda vez que se advierte que la documentación presentada por la Empresa ha dado cumplimiento a las disposiciones contenidas en los artículos 30 y 43-A del Reglamento y se ha veri fi cado que la referida Empresa no cuenta con declaración de caducidad, nulidad a la fecha o sanción de cancelación y/o inhabilitación de fi nitiva para prestar servicios de transporte y/o servicios complementarios; De conformidad con la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley Nº 29237, Ley que crea el Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares; la Ley Nº 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; el Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 658-2021-MTC/01. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar a la empresa “RTV TORREBLANCA OMEGA E.I.R.L.”, ampliar una (01) línea de inspección técnica vehicular tipo menor, quedando dos líneas: (01) línea de inspección tipo mixta y una (01) línea de inspección tipo menor, en su Centro de Inspección Técnica Vehicular Fijo autorizada para operar en el local ubicado en el local ubicado en Av. Túpac Amaru Mz. M Lt. 08, Torre Blanca, Anexo 11, distrito de San Antonio, provincia de Huarochirí, departamento de Lima, cuya vigencia se encuentra sujeta a la autorización otorgada mediante Resolución Directoral Nº 242-2022-MTC/17.03. Artículo 2º.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo 3º.- La presente Resolución Directoral deberá publicarse en el Diario O fi cial “El Peruano”, siendo de cargo de la empresa “RTV TORREBLANCA OMEGA E.I.R.L.”, los gastos que origine su publicación, conforme lo establecido en el numeral 44.2 del artículo 44 del Reglamento. Artículo 4º.- Disponer la noti fi cación de la presente Resolución Directoral en el domicilio procesal ubicado en Av. Túpac Amaru Mz. M Lt. 08, Torre Blanca, “Anexo 11” distrito de San Antonio, provincia de Huarochirí, departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese.DANIEL CHRISTIAN FIGUEROA CAMACHO DirectorDirección de Circulación VialDirección General de Autorizaciones en Transportes 2128554-1 VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO Designan Director de la Oficina de Atención al Ciudadano de la Secretaría General del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 397-2022-VIVIENDA Lima, 22 de diciembre de 2022 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director/a de la Ofi cina de Atención al Ciudadano de la Secretaría General del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor Javier Adolfo Frisancho Santillán, en el cargo de Director de la O fi cina de Atención al Ciudadano de la Secretaría General del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese.HANIA PÉREZ DE CUÉLLAR LUBIENSKA Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2137017-1