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58 NORMAS LEGALES Viernes 23 de diciembre de 2022 El Peruano / Delegan en el Gerente General del OSIPTEL la facultad de aprobar las modificaciones presupuestales en el nivel funcional programático durante el Ejercicio Fiscal 2023 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 00104-2022-PD/OSIPTEL Lima, 16 de diciembre de 2022 OBJETO DELEGACIÓN DE FACULTADES PARA APROBAR MODIFICACIONES PRESUPUESTALES EN EL NIVEL FUNCIONAL PROGRAMÁTICO EN ELEJERCICIO FISCAL 2023 VISTO: El Informe Nº 00098-OPPM/2022, relacionado con la opinión favorable de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, sobre la facultad de delegar la atribución del Titular de la Entidad para aprobar las modi fi caciones presupuestales en el nivel funcional programático en el Gerente General en el ejercicio fi scal 2023; CONSIDERANDO:Que, el marco jurídico que regula las fases de programación, formulación, aprobación, ejecución, evaluación del presupuesto, y el control del gasto de las entidades públicas, está determinado por el Decreto Legislativo N° 1440 - Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público y la Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2023 – Ley N° 31638; Que, teniendo en cuenta lo dispuesto en el numeral 7.2 del artículo 7º del mencionado Decreto Legislativo, el Titular de la Entidad puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente el mencionado Decreto Legislativo, las Leyes Anuales de Presupuesto del Sector Público o la norma de creación de la Entidad, siendo responsable solidario con el delegado; Que, asimismo, el numeral 47.2 del artículo 47º del mencionado Decreto Legislativo, señala que el Titular de la entidad podrá delegar la facultad de aprobar las modi fi caciones presupuestales en el nivel funcional programático, a través de disposición expresa, la misma que debe ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Que, en el caso del Pliego 019 Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL, en virtud a lo dispuesto por el numeral 6.3 del artículo 6º de la Ley Nº 27332 “Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos”, el Presidente Ejecutivo ejerce funciones ejecutivas de dirección y representación del Organismo Regulador y es el Titular de la Entidad y del Pliego Presupuestal; Que, la facultad de delegar en el Gerente General resulta compatible con las funciones asignadas por el Reglamento de Organización y Funciones – ROF del OSIPTEL, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 160-2020-PCM; en tanto, la Gerencia General es el Órgano responsable de la conducción de los órganos de línea y administración interna; Que, en virtud de lo dispuesto en el numeral 78.4 del artículo 78º del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, se deberá hacer mención de la delegación de facultades y atribuciones en los actos administrativos que por delegación emita el Gerente General; Con la opinión favorable de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, la O fi cina de Asesoría Jurídica y la Gerencia General y, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 1440 Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público y la Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2023 – Ley N° 31638, y las atribuciones conferidas por el Reglamento de Organización y Funciones del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 160-2020-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Delegar en el Gerente General del OSIPTEL, durante el Ejercicio Fiscal 2023, la facultad del Titular del Pliego 019 – Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones – OSIPTEL, para aprobar las modi fi caciones presupuestales en el nivel funcional programático. El Gerente General deberá informar a la Presidencia Ejecutiva, de manera trimestral, sobre los actos realizados en virtud de la delegación dispuesta por la presente resolución. Con la fi nalidad de cumplir con lo dispuesto en el párrafo anterior, la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización elevará a la Gerencia General, dentro de los veinte (20) días hábiles posteriores de vencido el trimestre, toda la información concerniente a la delegación dispuesta, a fi n de que sea remitida a la Presidencia Ejecutiva. Artículo 2º.- Remítase copia de la presente Resolución a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo 3º.- La presente Resolución deberá publicarse en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese y comuníquese.RAFAEL EDUARDO MUENTE SCHWARZ Presidente Ejecutivo 2136533-1 Declaran infundado recurso de apelación interpuesto por la empresa ENTEL PERÚ S.A. contra la Resolución Nº 319-2022-GG/OSIPTEL RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 00222-2022-CD/OSIPTEL Lima, 16 de diciembre de 2022 EXPEDIENTE Nº : Expediente Nº 00018-2022- DFI/PAS MATERIA : Recurso de Apelación interpuesto contra la Resolución Nº 319-2022-GG/OSIPTEL ADMINISTRADO : ENTEL PERÚ S.A. VISTOS: (i) El Recurso de Apelación interpuesto por la empresa ENTEL PERÚ SA (en adelante, ENTEL) contra la Resolución Nº 319-2022-GG/OSIPTEL, que declaró infundado el Recurso de Reconsideración interpuesto contra la Resolución N° 00236-2022-GG-OSIPTEL, a través de la cual se le impuso una multa de 350 UIT, por la comisión de la infracción tipi fi cada como muy grave, por el incumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 28 del Reglamento General de Infracciones y Sanciones (en adelante, RGIS), dado que se habría incumplido con lo dispuesto en la medida cautelar impuesta mediante Resolución N° 716-2021-DFI/OSIPTEL a través de la cual se ordenó el cese la contratación de su servicio público móvil en puntos de venta no reportados al OSIPTEL conforme a lo dispuesto en el último párrafo del artículo 11°-D del texto Único Ordenado de las Condiciones de Uso (en adelante, TUO de las Condiciones de Uso) 1; (ii) El Informe Nº 00321-OAJ/2022 del 6 de diciembre de 2022, elaborado por la O fi cina de Asesoría Jurídica; (iii) El Expediente Nº 00018-2022-DFI/PAS.