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176 NORMAS LEGALES Sábado 31 de diciembre de 2022 El Peruano / que establece el monto de la retribución económica, el impuesto general a las ventas y el derecho de designación y supervisión de las sociedades de auditoria; SE RESUELVE:Artículo 1.- AUTORIZAR la Transferencia Financiera con cargo al Presupuesto Institucional 2022, del Pliego 221 Instituto Geológico Minero y Metalúrgico, hasta por la suma de S/ 87,603.00 (Ochenta y siete mil seiscientos tres y 00/100 soles), por la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, a favor de la Contraloría General de la República, para fi nanciar el 100% de la retribución económica por el periodo 2022, correspondiente a los gastos derivados de la contratación de la sociedad de auditoría que se encargará de realizar las labores de control posterior externo al INGEMMET. Artículo 2.- La transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del pliego 221 Instituto Geológico Minero y Metalúrgico – INGEMMET en la categoría presupuestal 9001: Acciones Centrales. Actividad 50000003: Gestión Administrativa. Genérica del Gasto 2.4: Donaciones y transferencias, Especi fi ca de Gasto: 2.4.1 3 1 1, a otras unidades de Gobierno Nacional, Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados. Artículo 3.- Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano y encargar a la O fi cina de Sistemas de Información su publicación en el Portal institucional del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET (www.gob.pe/ingemmet). Regístrese, comuníquese y publíquese.HENRY JOHN LUNA CÓRDOVA Presidente Ejecutivo (e) 2139306-1 PROCURADURIA GENERAL DEL ESTADO Aprueban el Manual de Clasificador de Cargos de la Procuraduría General del Estado RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL N° D000028-2022-JUS/PGE-GG San Isidro, 29 de diciembre de 2022VISTOS:El Informe Nº D000247-2022-JUS/PGE-OA-UFRH de la Unidad Funcional de Recursos Humanos de la Ofi cina de Administración; el Memorando Nº D000604- 2022-JUS/PGE-OA, de la O fi cina de Administración; el Informe Nº D000128-2022-JUS/PGE-OPPM de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe Nº D000425-2022-JUS/PGE-OAJ, de la O fi cina de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1326 se reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y se crea la Procuraduría General del Estado, como organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con personería jurídica de derecho público interno, autonomía funcional, técnica, económica y administrativa para el ejercicio de sus funciones;Que, el artículo 6 de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, señala que las o fi cinas de recursos humanos de las entidades públicas, o las que hagan sus veces, constituyen el nivel descentralizado responsable de la gestión de recursos humanos, sujetándose a las disposiciones que emita el ente rector, teniendo entre sus funciones, ejecutar e implementar las disposiciones, lineamientos, instrumentos o herramientas de gestión establecidas por Servir y por la entidad; supervisar, desarrollar y aplicar iniciativas de mejora continua en los procesos que conforman el Sistema de Gestión de Recursos Humanos; así como gestionar los per fi les de puestos; Que, el artículo 3 del Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM y modi fi catorias, establece como uno de los subsistemas del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, el de Organización del trabajo y su distribución, que de fi ne las características y condiciones de ejercicio de las funciones, así como los requisitos de idoneidad de las personas llamadas a desempeñarlas, y que comprende los procesos de diseño de los puestos y administración de puestos; Que, en el contexto normativo antes indicado relacionado al mencionado sistema, mediante Ley Nº 31419 se establecen los requisitos mínimos y los impedimentos para el acceso a los cargos de funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción, con el fi n de garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de su función. Asimismo, la Segunda Disposición Complementaria Final de la citada ley determinó que las entidades públicas, cuando corresponda, formulan o adecúan, de manera gradual, sus instrumentos de gestión en el marco del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, conforme a lo dispuesto en la referida ley; Que, la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, cuya aprobación fue formalizada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000150-2021-SERVIR-PE, contiene, entre otros, las reglas mínimas para que las entidades puedan elaborar, aprobar, modi fi car y actualizar su Manual de Clasi fi cador de Cargos - MCC; así como habilitar la posibilidad de observar el contenido del MCC, a fi n de asegurar consistencia entre clasi fi cación, denominación, funciones y requisitos de los cargos; Que, la Cuarta Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley Nº 31419, aprobado por Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM, precisa que para el cumplimiento de la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31419, cuando corresponda, las entidades actualizan o modi fi can sus instrumentos de gestión de recursos humanos, en el marco de los lineamientos aprobados por SERVIR para la elaboración, aprobación, actualización y modi fi cación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional o el Cuadro de Puestos de la entidad y el Manual de Clasi fi cador de Cargos o el Manual de Per fi les de Puestos, según corresponda; Que, los numerales 5.2.2 y 6.1.7 de la Directiva Nº 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, establecen que el Titular de la entidad, tiene como responsabilidad, entre otras, aprobar el Manual de Clasi fi cador de Cargos y sus modi fi caciones, según lo dispuesto en la citada Directiva; así como gestionar la publicación de la resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano, en el Portal Institucional, en el Portal de Transparencia, y/o en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la jurisdicción, o en otro medio que asegure de manera ineludible su publicidad; dependiendo del nivel de gobierno de la entidad; Que, con anterioridad, mediante Resolución Ministerial N° 0229-2020-JUS se aprobó un Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Procuraduría General del Estado; Que, por su parte y en atención al marco normativo antes citado, con Informe Nº D000216-2022-JUS/PGE-OA-UFRH de la Unidad Funcional de Recursos Humanos, sustenta la necesidad de aprobar el Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Procuraduría General