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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (31/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 304

TEXTO PAGINA: 189

189 NORMAS LEGALES Sábado 31 de diciembre de 2022 El Peruano / Ejecutivo del Poder Judicial expresó reconocimiento del Poder Judicial a las siguientes mujeres por sus aportes al ámbito jurídico y el sistema de justicia: a) María Trinidad Enríquez Ladrón de Guevara (Cusco, 5 de junio de 1846 - Lima, 1891). Primera jurista y primera mujer en cursar estudios universitarios en el Perú. b) Rosa Pérez Liendo. (Tacna, 4 de setiembre de 1892 - Lima, 1954). Primera mujer graduada de abogada en el Perú. c) Ella Dunbar Temple Aguilar. (Lima, 10 de junio de 1918 - 20 de febrero de 1998). Primera Vocal Superior Suplente de la Corte Superior de Justicia de Lima. d) María Angélica Bockos de Grillo. Primera mujer en presidir la Corte Superior de Justicia de Lima (1984). e) Elcira Vásquez Cortéz. Primera Jueza titular de la Corte Suprema de Justicia de la República. Segundo. Que, al respecto, la Jefa del Gabinete de Asesores de la Presidencia del Poder Judicial mediante Ofi cio N° 000592-2022-GA-PJ solicita modi fi car la Resolución Administrativa N° 000134-2022-P-CE-PJ, incorporándose a las señoras Miguelina Acosta Cárdenas (Yurimaguas, 23 de noviembre de 1887 - Lima, 26 de octubre de 1933), Primera abogada litigante del Perú; y Rosa Augusta Rivera Ricalde, Primera mujer en graduarse como abogada en el Cusco en 1940. Por estos fundamentos; la Presidenta del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, con cargo a dar cuenta al Pleno de este Órgano de Gobierno, RESUELVE:Artículo Primero.- Modi fi car el artículo primero de la Resolución Administrativa N° 000134-2022-P-CE-PJ, emitida por la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, cuyo texto será el siguiente: “Artículo Primero.- Expresar el reconocimiento del Poder Judicial a las siguientes mujeres por sus aportes al ámbito jurídico y el sistema de justicia: a) María Trinidad Enríquez Ladrón de Guevara (Cusco, 5 de junio de 1846 - Lima, 1891). Primera jurista y primera mujer en cursar estudios universitarios en el Perú. b) Miguelina Acosta Cárdenas (Yurimaguas, 23 de noviembre de 1887 - Lima, 26 de octubre de 1933). Primera abogada litigante del Perú c) Rosa Pérez Liendo (Tacna, 4 de setiembre de 1892 - Lima, 1954). Primera mujer graduada de abogada en el Perú. d) Rosa Augusta Rivera Ricalde. Primera mujer en graduarse como abogada en el Cusco en 1940. e) Ella Dunbar Temple Aguilar (Lima, 10 de junio de 1918 - 20 de febrero de 1998). Primera Vocal Superior Suplente de la Corte Superior de Justicia de Lima. f) María Angélica Bockos de Grillo. Primera mujer en presidir la Corte Superior de Justicia de Lima en 1984. g) Elcira Vásquez Cortéz. Primera Jueza titular de la Corte Suprema de Justicia de la República”. Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Presidentes/as de las Salas de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del país, Gabinete de Asesores de la Presidencia del Poder Judicial, O fi cina de Administración de la Corte Suprema de Justicia de la República; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ELVIA BARRIOS ALVARADO Presidenta 2139509-3Aprueban la Directiva N° 024-2022-CE- PJ denominada “Disposiciones para la implementación del servicio judicial de alerta: “Botón de Pánico”, Versión 001 CONSEJO EJECUTIVO RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000443-2022-CE-PJ Lima, 22 de diciembre del 2022VISTO:El O fi cio N° 000352-2022-GG-PJ de la Gerencia General del Poder Judicial, el Informe N° 000329-2022-GA-PJ del Gabinete de Asesores de la Presidencia del Poder Judicial; y el O fi cio N° 000143-2022-CR-PPRFAMILIA- PJ remitido por el señor Consejero Responsable del Programa Presupuestal N° 0067 “Celeridad en los Procesos Judiciales de Familia”, con relación al proyecto de Directiva denominada “Disposiciones para la implementación del servicio judicial de alerta: “Botón de Pánico”. CONSIDERANDO: Primero. Que, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, a través de la Resolución Administrativa N° 000370-2020-CE-PJ, aprobó la Directiva N° 000019-2020-CE-PJ denominada “Disposiciones para el Desarrollo de Documentos Normativos en el Poder Judicial”, que regula el proceso para la formulación, revisión aprobación y difusión estandarizada de Documentos Normativos en el Poder Judicial. Segundo. Que, el numeral 6.1 de la referida Directiva, establece que son documentos normativos todos aquellos destinados a organizar y ejecutar actos de administración interna en el Poder Judicial; en este contexto, la Directiva es un instrumento de carácter interno que contiene la descripción documentada de la forma especí fi ca de ejecución de un proceso, detallando la secuencia de los pasos a seguir en forma lógica y concatenada, incluyendo al responsable y los recursos necesarios para su ejecución. Tercero. Que, bajo dicho contexto, mediante O fi cio N° 000548-2021-P-CJG-PJ, la Presidenta de la Comisión de Justicia de Género del Poder Judicial remitió a la Subgerencia de Racionalización un proyecto de documento normativo, relacionado al uso del “Botón de Pánico”, que tiene como fi nalidad regular los procedimientos de instalación, uso, con fi guración, monitoreo, seguimiento y evaluación del aplicativo informático Botón de Pánico a fi n de dar atención diligente, célere, e fi caz y oportuna a las mujeres y los integrantes del grupo familiar que han sufrido actos de violencia y se encuentran en riesgo, cuya versión preliminar se encuentra sustentada con el Informe N° 00081-2021-ST-CJG-PJ, que esgrime la situación de la problemática actual y propuesta normativa, la necesidad de su regulación, el sustento normativo y los bene fi cios que generaría su implementación. Cuarto. Que, la Subgerencia de Racionalización mediante Informe N° 000074-2022-SR-GP-GG-PJ, otorgó su conformidad técnica para la prosecución del trámite de aprobación del proyecto propuesto. Quinto. Que, por su parte, la O fi cina de Asesoría Legal de la Gerencia General señala que el proyecto normativo tiene como objetivo establecer disposiciones que regulen el servicio judicial de alerta “Botón de Pánico”, a fi n de brindar una atención diligente, célere, e fi caz y oportuna a las mujeres y los integrantes del grupo familiar víctimas de violencia que gozan de medidas de protección, en el marco de la Ley Nº 30364, “Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar”, y su reglamento; cuyas disposiciones serán de cumplimiento obligatorio para las unidades organizacionales de la Gerencia General y de las Cortes Superiores de Justicia a nivel nacional vinculadas al funcionamiento del servicio judicial de alerta “Botón de Pánico”; así como de los órganos jurisdiccionales