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256 NORMAS LEGALES Sábado 31 de diciembre de 2022 El Peruano / Ordenanza que aprueba el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana del distrito de Chorrillos del año 2023 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 450-2022/MDCH Chorrillos, 20 de diciembre del 2022EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHORRILLOS En Sesión Ordinaria de fecha 20 de diciembre del 2022; VISTOS:El O fi cio Nº D001984-2022-MML-GSGC de fecha 30 de noviembre de 2022, emitido por la Gerencia de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Memorándum Nº 0994-2022-MCH/GSC de fecha 05 de diciembre de 2022, emitido por la Gerencia de Seguridad Ciudadana; Memorándum Nº 689-2022-MDCH/GPP de fecha 13 de diciembre de 2022, emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; Informe Nº 245-2022-MDCH-GAJ de fecha 13 de diciembre de 2022, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; Memorándum Nº 649-2022-GM/MDCH de fecha 13 de diciembre de 2022, emitido por la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con los artículos 194º y 195º de la Constitución Política del Perú y sus modi fi catorias, Leyes de la Reforma Constitucional, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando dicha autonomía en la facultad de ejercer actos de gobierno, actos administrativos y actos de administración interna, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece que los Concejo Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante aprobación de Ordenanzas y Acuerdos; y el numeral 8 del artículo 9º de la referida Ley establece que son atribuciones del Concejo Municipal la aprobación, modi fi cación y derogación de ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos; Que, el artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades declara que “Las Ordenanzas de las Municipalidades Provinciales y Distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en las que las municipalidades tienen competencia normativa”. Que, el sub numeral 1.1 del numeral 1 del artículo 85º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala como función de los Gobiernos Locales, en lo relacionado a la seguridad ciudadana, establecer una sistema de seguridad ciudadana, con la participación de la sociedad civil y de la Policía Nacional, y normar el servicio de Serenazgo, vigilancia ciudadana, rondas urbanas y similares en su respectiva jurisdicción; Que, mediante la Ley Nº 27933, se crea el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINASEC) como el sistema funcional encargado de asegurar el cumplimiento de las políticas públicas que orientan la intervención del Estado en materia de seguridad ciudadana, destinado a garantizar la seguridad, la paz, la tranquilidad, el cumplimiento y respeto de las garantías individuales y sociales a nivel nacional para lograr una situación de paz social y protección del libre ejercicio de los derechos y libertades; Que, el artículo 47º del Decreto Supremo Nº 010-2019- IN, que modi fi ca el Reglamento de la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, Decreto Supremo Nº 011-2014-IN, declara que las Secretarias Técnicas de los Comités son las responsables de formular y presentar las propuestas de planes de acción de seguridad ciudadana antes los respectivos Comités. Éstos después de evaluar las propuestas de planes de acción de seguridad ciudadana, proponen su aprobación ante los Gobiernos Regionales, Municipalidades Provinciales y Municipalidades Distritales, respectivamente, a través del dispositivo legal que corresponda; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 2056-2019- IN de fecha 20 diciembre de 2019, se aprueba la Directiva Nº 011-2019-IN-DGSC denominada “Lineamientos Técnicos y procedimientos para el diseño, formulación, aprobación, implementación, seguimiento y evaluación de los Planes de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana”, señala que habiendo sido declarada la propuesta del Plan de Acción Distrital de Seguridad ciudadana “Apta para su implementación” por parte de la Secretaría Técnica del COPROSEC, el Presidente del CODISEC propone ante el Concejo Municipal la aprobación del mismo; Que, el numeral 7.1.1 de la citada Directiva: establece que: “El Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana, es el instrumento de gestión en materia de seguridad ciudadana que orienta el que hacer de las instituciones públicas y privadas, la sociedad civil organizada y la comunidad bajo los enfoques establecidos y componentes en el PNSC 2019-2023 a nivel distrito, teniendo un horizonte temporal de un (1) año. El Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana se alinea al Plan de Acción Provincial de Seguridad Ciudadana y al mismo PNSC 2019-2023. Que, el numeral 7.6.1 de la citada Directiva, re fi ere que; (…) habiendo sido declarada la propuesta del Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana “APTA para su implementación” por parte de la Secretaría Técnica del COPROSEC, el Presidente del CODISEC propone ante el Concejo Municipal la aprobación del mismo, y el numeral 7.6.2 señala que, “El Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital aprueba el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana-PADSC mediante Ordenanza”. Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 328-2022- MDCH de fecha 12 de octubre del 2022, la Gerencia de Seguridad Ciudadana asume las funciones de la Secretaría Técnica del CODISEC, siendo responsable de dicho órgano, en cumplimiento a lo dispuesto en el marco normativo vigente en materia de seguridad ciudadana. Que, mediante O fi cio Nº D001984-2022-MML-GSGC, la Gerencia de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Metropolitana de Lima declaró “Apto para su implementación” el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2023 de Chorrillos, sustentado en el Informe Técnico Nº D000741-2022-MML-GSGC-STCSC, en concordancia con la normatividad vigente; Que, mediante Memorándum Nº 0994-2022-MDCH/ GSC, la Gerencia de Seguridad Ciudadana remite el Proyecto de Ordenanza que aprueba el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana 2023, para su aprobación por el Concejo Municipal, en el marco del planeamiento estratégico para una mejora continua de esta corporación municipal, y en concordancia con los lineamientos técnicos dispuestos en la normatividad vigente en materia de Seguridad Ciudadana. Que, mediante Memorándum Nº 689-2022-MDCH/ GPP de fecha 13 de diciembre de 2022, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe Técnico Nº 347-2022-MDCH-GPP/SGPI de la Subgerencia de Planeamiento Institucional, mediante el cual emite opinión favorable, porque se encuentra alineado a los lineamientos estratégico de la entidad, y recomienda elevar los actuados a la Gerencia de Seguridad Ciudadana, a fi n que emita su pronunciamiento legal. Que, mediante Informe Nº 245-2022-MDCH-GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que es viable la aprobación mediante Ordenanza Municipal el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana del Distrito de Chorrillos 2023, validada por el CODISEC y declarada “Apto para su implementación”, por el Comité Regional de Seguridad Ciudadana de Lima Metropolitana –CORESEC LM, sustentado con O fi cio Nº D001984-2022-MML-GSGC de fecha 30 de noviembre de 2022, y se disponga publicar en el Diario O fi cial El Peruano así como en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Chorrillos.