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253 NORMAS LEGALES Sábado 31 de diciembre de 2022 El Peruano / de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la referida Ley Orgánica de Municipalidades, en su Artículo 9º numeral 8) señala como una de las atribuciones del Concejo Municipal: “ Aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los Acuerdos ”; asimismo, en su Artículo 40° establece que: “ Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa(…)”; y, en su Artículo 82º, numeral 18) determina que: “Son funciones de las Municipalidades normar, coordinar y fomentar el deporte y la recreación de la niñez del vecindario en general, mediante la construcción de campos deportivos y recreacionales o el empleo temporal de zonas urbanas apropiadas acorde con los fi nes indicados”; Que, la Ordenanza Nº2274-MML, que Regula la Administración de la Infraestructura Deportiva Pública y la Difusión y Promoción de la Actividad Física y Recreativo - Deportiva a Nivel Metropolitano, tiene por objeto: “ Regular la administración de la infraestructura deportiva pública implementada y por implementarse, así como su puesta en valor difundiendo y promocionando la actividad física y recreativa - deportiva a nivel metropolitano a través de los Equipos Deportivos Comunales mediante mecanismos que permitan la practica masiva en la comunidad”; Que, mediante el Informe N° 087-2022-SGECJD- GDHS/MDC, la Subgerencia de Educación, Cultura, Juventud y Deporte opina favorablemente al proyecto de ordenanza que Regula la Administración de la Infraestructura Deportiva Publica y la Difusión y Promoción de la Actividad Física y Recreativo - Deportiva a nivel distrital, el mismo que ha sido secundado por la Gerencia de Desarrollo Humano Social, mediante el Memorándum N° 0713-2022-GDHS/MDC emitido por el Gerente de Desarrollo Humano y Social y las demás áreas comprometidas, con la cual se busca promocionar y fomentar la practica masiva de las actividades deportivas físicas y recreativas en los espacios públicos ayudando al desarrollo de los mismos mediante los Equipos Deportivos Comunales; Que, mediante el Informe N°114-2022-GDHS/MDC, la Gerencia de Desarrollo Humano y Social presenta la versión fi nal del proyecto de ORDENANZA QUE REGULA LA ADMINISTRACION DE LA INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA PÚBLICA Y LA DIFUSIÓN Y PROMOCIÓN DE LA ACTIVIDAD FÍSICA Y RECREATIVO – DEPORTIVA A NIVEL DISTRITAL; mediante el Informe Legal N°308-2022-GAJ/MDC, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión favorable para la aprobación de la Ordenanza presentada; mediante el Memorándum N°1389-2022-GM/MDC, la Gerencia Municipal remite los actuados a la Secretaría General para ser elevados al Concejo Municipal; y, mediante el Dictamen N°004-2022-CEJDR/MDC, la Comisión de Educación, Juventud, Deporte y Recreación, RECOMIENDA al Pleno del Concejo Municipal la Aprobación de la ORDENANZA QUE REGULA LA ADMINISTRACION DE LA INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA PÚBLICA Y LA DIFUSIÓN Y PROMOCIÓN DE LA ACTIVIDAD FÍSICA Y RECREATIVO – DEPORTIVA A NIVEL DISTRITAL; Estando a lo expuesto, ejerciendo las facultades conferidas por la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; con el voto UNÁNIME de sus miembros; y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA LA ADMINISTRACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA PÚBLICA, LA DIFUSIÓN Y PROMOCIÓN DE LA ACTIVIDAD DEPORTIVA, FÍSICA Y RECREATIVA A NIVEL DISTRITAL Artículo Primero.- APROBAR la ORDENANZA QUE REGULA LA ADMINISTRACIÓN DE LA INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA PÚBLICA, LA DIFUSIÓN Y PROMOCIÓN DE LA ACTIVIDAD DEPORTIVA, FÍSICA Y RECREATIVA A NIVEL DISTRITAL, y su ANEXO que consta 27 Artículos y 06 Disposiciones Complementarias, Finales, Transitorias y Derogatorias, y forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Humano y Social y Subgerencia de Educación, Cultura, Juventud y Deporte, disponer las acciones pertinentes para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo Tercero .- Derogar la Ordenanza N°356-2016- MDC y toda disposición que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo Cuarto .- Encargar a la Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano, y a la Subgerencia de Tecnología de la Información y Estadística, su publicación en el Portal Institucional www.municarabayllo.gob.pe. POR TANTO:Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MARCOS LORENZO ESPINOZA ORTIZ Alcalde 2136941-1 MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS Ordenanza que aprueba los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad vinculados a autorizaciones para la ubicación de elementos de publicidad exterior y dispone su incorporación al Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de La Municipalidad Distrital de Chorrillos ORDENANZA MUNICIPAL Nº 444-2022/MDCH Chorrillos, 21 de octubre del 2022EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS; En Sesión Extraordinaria de fecha 21 de octubre de 2022, VISTOS:El Informe Nº 250-2022-GPP-MDCH de fecha 18 de octubre de 2022, emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Informe Nº 298-2022-MDCH-GPP/SGPI de fecha 18 de octubre de 2022, emitido por la Subgerencia de Planeamiento Institucional; Memorándum Nº 559-2022-MDCH-GM de fecha 18 de octubre de 2022, emitido por la Gerencia Municipal; Informe Nº 197-2022-MDCH-GAJ de fecha 18 de octubre de 2022, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; Memorándum Nº 1300-2022-MDCH-GAF de fecha 17 de octubre de 2022, emitido por la Gerencia de Administración y Finanzas; referidos al Proyecto de Ordenanza que aprueba los Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad vinculados a Autorizaciones para la Ubicación de Elementos de Publicidad Exterior y dispone su incorporación al Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de Chorrillos, y;