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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2022 (31/12/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 304

TEXTO PAGINA: 246

246 NORMAS LEGALES Sábado 31 de diciembre de 2022 El Peruano / en la convivencia armónica y en los valores de la cultura de paz. d) Lograr el reconocimiento del juego como elemento importante para el desarrollo físico y emocional de niños y niñas. e) Concebir a los niños como sujetos de derecho y no como simples destinatarios de acciones asistenciales o de control social ejecutadas por el Estado. f) Garantizar la participación de niños y niñas en el diseño de parques infantiles. g) Promover equipamientos lúdicos y recreativos que garanticen el derecho al juego y la recreación de toda la comunidad. h) Garantizar que las acciones realizadas sean vistas desde un enfoque de equidad de género. Artículo 3°.- La Gerencia de Desarrollo e Inclusión Social a través de la Sub Gerencia de Salud, DEMUNA y Bienestar Social y la Sub Gerencia de Educación, Cultura, Deporte y Juventudes implementarán las acciones que considere necesarias, dotará con el equipamiento físico de juegos y recursos humanos idóneos en coordinación con las instituciones y organizaciones locales que trabajen en torno al tema. Artículo 4.- La Gerencia de Desarrollo e Inclusión Social a través de la Sub Gerencia de Salud, DEMUNA y Bienestar Social, promoverá la capacitación y sensibilización a diversos sectores de la localidad (escuela, postas médicas, comisarías, Organizaciones de Base, funcionarios del Gobierno Local y otros que considere) en torno al reconocimiento del Derecho al Juego y la Recreación como un Derecho Universal de niños, niñas, adolescentes, jóvenes, adultos y adultos mayores. Artículo 5°.- La Gerencia de Desarrollo e Inclusión Social a través de la Sub Gerencia de Salud, DEMUNA y Bienestar Social, la Sub Gerencia de Educación, Cultura, Deporte y Juventudes y la Sub Gerencia de Participación Ciudadana promoverán las siguientes acciones que dinamicen “el derecho al juego y la recreación”: 1. Recolección de juguetes con la fi nalidad de implementar las ludotecas existentes en el distrito, como también la promoción y creación de nuevas ludotecas. 2. Ferias del juego en diversos ámbitos de la localidad.3. Concursos de dibujo a nivel de educación primaria en torno al reconocimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes a jugar. 4. Celebración del día central del Derecho al Juego y la Recreación el 28 de mayo de cada año en adelante. 5. El uso del espacio público para actividades realizadas en torno al reconocimiento del Derecho al Juego y la Recreación como un Derecho Universal de niños, niñas, adolescentes, adultos y adultos mayores. Artículo 6°.- RESPONSABILIDAD DE LOS ÓRGANOS COMPETENTES La Sub Gerencia de Control, Operaciones y Sanciones es responsable de realizar la fi scalización municipal e imposición de sanciones administrativas frente al incumplimiento de las disposiciones reguladas en la presente ordenanza, con apoyo del personal de la Gerencia de Seguridad Ciudadana, en los operativos y acciones que se programen para el logro de los fi nes de la presente Ordenanza. Artículo 7°.- DE LAS INFRACCIONES Incorporar a la Ordenanza Nº 481-MDA - Ordenanza que aprueba el Nuevo Régimen de Aplicación de Sanciones Administrativas (RAS) y el Cuadro Único de Infracciones y sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Ate, las infracciones administrativas establecidas en la presente ordenanza y quedan redactadas de la forma siguiente: * DERECHO AL JUEGO Y LA RECREACIÓN NIÑOS (AS) Y ADOLESCENTES, E INFRACCIONES EN ESPACIOS PÚBLICOS DE ENTRETENIMIENTO Y/ O PRÁCTICAS DE DEPORTES. (11) CUADRO DE INFRACCIONES Y SANCIONES APLICABLES EN EL ÁMBITO DEL DISTRITO DE ATE CÓDIGO DESCRIPCIÓN DE LA INFRACCIÓNMULTA % UITMEDIDA PROVISIONALMEDIDA COMPLEMENTARIAREINCIDENCIA 11-1101Impedir el ingreso de niños y/o adolescentes a espacios públicos de entretenimiento y/ o prácticas de deportes (skate- park, piscinas públicas, canchas deportivas, etc.) por personas no autorizadas 50%Erradicación Inmediata / Retiro Inmediato/Erradicación / Retiro Erradicación / Retiro 11-1102Impedir el ingreso de niños y/o adolescentes a espacios públicos de entretenimiento y/ o prácticas de deportes (skate- park, piscinas públicas, canchas deportivas, etc.), por parte del personal encargado de los mismos, sin expresión de causa 50%Erradicación Inmediata / Retiro Inmediato/Erradicación / Retiro Erradicación / Retiro 11-1103Destruir, dañar, realizar actos vandálicos en espacios públicos de entretenimiento y/ o prácticas de deportes (skate- park, piscinas públicas, canchas deportivas, etc.)50%Erradicación Inmediata / Retiro Inmediato/Erradicación / Retiro Erradicación / Retiro 11-1104Por libar licor en espacios públicos de entretenimiento y/ o prácticas de deportes (skate- park, piscinas públicas, canchas deportivas, etc.),50%Erradicación Inmediata / Retiro Inmediato/Erradicación / Retiro Erradicación / Retiro 11-1105Por utilizar espacios públicos de entretenimiento y/ o prácticas de deportes (skate- park, piscinas públicas, canchas deportivas, etc.), con la finalidad de realizar reuniones y/o actividades de índole privada, sin ningún tipo de autorización50%Erradicación Inmediata / Retiro Inmediato/ Suspensión inmediata de actividad, evento y/o espectáculo público /Erradicación / Retiro /Erradicación / Retiro / Suspensión de actividad, evento y/o espectáculo público / 11-1106Destruir, dañar, espacios públicos de entretenimiento y/ o prácticas de deportes (skate- park, piscinas públicas, canchas deportivas, etc.) por empresas prestadoras de servicios.50% ----------- Ejecución y RestituciónEjecución y Restitución 11-1107No reparar los daños producidos en espacios públicos de entretenimiento y/ o prácticas de deportes (skate- park, piscinas públicas, canchas deportivas, etc.) por empresas prestadoras de servicios.50% ----------- Ejecución y RestituciónEjecución y Restitución