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60 NORMAS LEGALES Jueves 27 de enero de 2022 El Peruano / mecanismo de obras por impuestos, se efectúan conforme a lo siguiente: a) La Gerencia de Control de Megaproyectos a través de la Subgerencia de Control de Asociación Público Privadas y Obras por Impuestos, cuyo monto viable en la fase de Formulación y Evaluación del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones – Invierte.pe es igual o mayor a S/ 50 000 000,00 (Cincuenta millones y 00/100 soles). b) La Gerencia Regional de Control, los órganos y unidades orgánicas de la sede central respecto de inversiones, cuyo monto viable en la fase de Formulación y Evaluación del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones – Invierte.pe es menor a S/ 50 000 000,00 (Cincuenta millones y 00/100 soles). Artículo 5.- Determinar que la ejecución de servicios de control, respecto de proyectos de inversión que no contengan componentes de infraestructura, se efectúa conforme a los ámbitos de control al cual corresponde la entidad. Artículo 6.- Establecer que los servicios de control sobre proyectos de inversión con componente de infraestructura y sobre proyectos de inversión desarrollados bajo el mecanismo de obras por impuestos que se encuentren en curso, continúan siendo ejecutados por el órgano o unidad orgánica de la Contraloría General de la República, o del Órgano de Control Institucional que lo inició o acreditó, hasta la emisión del informe correspondiente. Artículo 7.- Determinar en caso de que, durante la fase de Ejecución del proyecto de inversión, se modi fi que el monto viable en la fase de Formulación y Evaluación del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones–Invierte.pe, por encima o por debajo de los umbrales establecidos en los artículos 1, 2, 3 y 4 de la presente Resolución, el desarrollo del servicio de control se mantendrá a cargo del órgano o unidad orgánica de la Contraloría General de la República, o del Órgano de Control Institucional que inició dicho servicio. Artículo 8.- Disponer que el órgano de Alta Dirección correspondiente puede reasignar por excepción al órgano o unidad orgánica de la Contraloría General de la República encargada de ejecutar los servicios de control; atendiendo a la complejidad del proyecto de inversión, al conocimiento previamente adquirido del personal de control y para darle continuidad al control gubernamental realizado antes de las modi fi caciones de los ámbitos. Artículo 9.- Dejar sin efecto la Resolución de Contraloría N° 119-2020-CG y sus modi fi catorias, la Resolución de Contraloría N° 245-2021-CG y todas aquellas que se opongan a lo establecido en la presente Resolución. Artículo 10.- Disponer que la presente Resolución entra en vigencia a partir del 01 de febrero de 2022. Artículo 11.- Publicar la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe/contraloria), y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese.NELSON SHACK YALTA Contralor General de la República 2034019-1 INSTITUCIONES EDUCATIVAS Designan Jefe de la Oficina de Planificación y Presupuesto del Instituto Nacional de Investigación y Capacitación de Telecomunicaciones (INICTEL-UNI) UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL N° 0120 Lima, 20 de enero de 2022Visto, la Resolución Rectoral N° 083 de fecha 11 de enero de 2013. CONSIDERANDO:Que, es atribución y obligación del Rector, dirigir la actividad académica de la Universidad y su gestión administrativa, económica y fi nanciera de acuerdo con lo establecido en el Estatuto y los reglamentos de la Universidad Nacional de Ingeniería; Que por ley N° 28918 publicada el 08 de diciembre de 2006, se con fi rmó el Acuerdo de fusión por absorción del Instituto Nacional de Investigación y Capacitación de Telecomunicaciones – INICTEL por la Universidad Nacional de Ingeniería, aprobado por Decreto Supremo N° 030-2006- MTC del 19 de agosto de 2006 y se autorizó la creación de la Unidad Ejecutora N° 002-INICTEL-UNI del Pliego Universidad Nacional de Ingeniería; Que mediante Resolución Rectoral N° 1507 de fecha 09 de octubre de 2012 que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del INICTEL – UNI, se modi fi có la denominación de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto por O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto. Que, mediante Resolución Rectoral N° 083 del 11 de enero de 2013, se autoriza en vía de regularización, la continuidad de las designaciones de los funcionarios del Instituto Nacional de Investigación y Capacitación de Telecomunicaciones entre ellas a la Mg. Lic. Rita Rocío Guzmán López en el cargo de Jefe de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto del Instituto Nacional de Investigación y Capacitación de Telecomunicaciones (INICTEL-UNI). Que se hace necesario la designación de un profesional en el cargo de Jefe de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto del Instituto Nacional de Investigación y Capacitación de Telecomunicaciones (INICTEL-UNI). De conformidad con lo dispuesto por el artículo 25 del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería; SE RESUELVE:Artículo 1°.- DAR, por concluida la designación de la Mg. Lic. Rita Rocío Guzmán López en el cargo de Jefe de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto del Instituto Nacional de Investigación y Capacitación de Telecomunicaciones (INICTEL-UNI). Artículo 2°.- AGRADECER, a la Mg. Lic. Rita Rocío Guzmán López por su desempeño como Jefe de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto del Instituto Nacional de Investigación y Capacitación de Telecomunicaciones (INICTEL-UNI). Artículo 3°.- DESIGNAR, a la Mg. Ing. Mirna Teresa Flores Vásquez en el cargo de Jefe de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto del Instituto Nacional de Investigación y Capacitación de Telecomunicaciones (INICTEL-UNI) a partir del 26 de enero de 2022 hasta el 25 de julio del presente año. Artículo 4°.- ENCARGAR, a la O fi cina de administración a través del Coordinador de Recursos Humanos de la Unidad Ejecutora 002 INICTEL – UNI, realizar las acciones necesarias para implementar lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 5°.- DISPONER, que la O fi cina de Administración de la Unidad Ejecutora 002 INICTEL – UNI publique la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, de conformidad a lo establecido por el artículo 3° de la ley N°27619, con cargo a los recursos de dicha unidad ejecutora. Artículo 6°.- DAR, cuenta al Consejo Universitario y al Comité Directivo de la Unidad Ejecutora 002 INICTEL – UNI. Regístrese, comuníquese y archívese.PABLO ALFONSO LÓPEZ CHAU NAVA Rector SONIA ANAPAN ULLOA Secretaria General 2033637-1