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46 NORMAS LEGALES Jueves 27 de enero de 2022 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la transferencia fi nanciera del Pliego 059 Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, hasta por el importe de S/ 200,000.00 (Doscientos Mil y 00/100 Soles), a favor del Pliego 019: Contraloría General, destinado a fi nanciar el saldo pendiente para el control gubernamental en gasto de inversión en el marco de la Ley N° 31358, CUI 2394412 “Mejoramiento de la Capacidad para la Generación del Conocimiento y Mejora Continua en la Gestión de la Contratación Pública Centro Poblado de Jesús María – Distrito de Jesús María – Provincia de Lima – Región Lima”; conforme a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- La transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente resolución se realizará con cargo al Presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 059 Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, Fuente de Financiamiento – Recursos Ordinarios, Categoría presupuestal 0149: Mejora del Desempeño en las Contrataciones Públicas, Actividad 6000053 Control Concurrente, Categoría de Gasto 6 Gasto de Capital, Genérica de Gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, Especí fi ca 2.4.2.3.1.1 A Otras Unidades de Gobierno Nacional. Artículo 3.- Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente resolución, no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Disponer que la presente resolución se publique en el Portal Institucional del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE (www.gob.pe/osce) y en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.DIEGO ALEJANDRO MONTES BARRANTES Presidente Ejecutivo (i) 2033950-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Modifican el “Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Corte Suprema de Justicia de la República y Órganos de Gobierno y Control Nacionales, que comprende a la Corte Suprema de Justicia de la República, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia con menos de seis Salas Superiores; y al Centro de Investigaciones Judiciales” RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000430-2021-CE-PJ Lima, 7 de diciembre de 2021VISTOS:El O fi cio N° 000142-2021-HLM-D-CE-PJ cursado por el señor Consejero Héctor Enrique Lama More; así como el O fi cio N° 001804-2020-GG-PJ de la Gerencia General del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que, mediante Resolución Administrativa N° 000321-2021-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó el actual “Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la Corte Suprema de Justicia de la República y Órganos de Gobierno y Control Nacionales, que comprende a la Corte Suprema de Justicia de la República, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia con menos de seis Salas Superiores; y al Centro de Investigaciones Judiciales”. Segundo. Que, mediante Ley N° 27269, modi fi cada por Ley N° 27310, se aprobó la Ley de Firmas y Certi fi cados Digitales, que regula la utilización de la fi rma digital otorgándole la misma validez y e fi cacia jurídica que la fi rma manuscrita u otra análoga, estableciéndose los lineamientos generales respecto de los Prestadores de Servicios de Certi fi cación Digital, y la necesidad de contar con una autoridad administrativa competente encargada de regular de manera más especí fi ca esta materia. Tercero. Que, el Decreto Supremo Nº 052-2008- PCM aprobó el Reglamento de la Ley Nº 27269, Ley de Firmas y Certi fi cados Digitales, a través del cual se regula, para los sectores público y privado, la utilización de las fi rmas digitales y el régimen de la Infraestructura O fi cial de Firma Electrónica; asimismo, el Decreto Supremo Nº 026-2016-PCM aprobó medidas de fortalecimiento de la Infraestructura O fi cial de Firma Electrónica y la implementación progresiva de la Firma Digital en el Sector Público y Privado. Cuarto. Que, mediante Decreto Legislativo N° 1412 se aprobó la Ley de Gobierno Digital, y la Resolución Ministerial N° 087-2019-PCM estableció disposiciones sobre la conformación y funciones del Comité de Gobierno Digital, dando cumplimiento el Poder Judicial en la constitución de su Comité de Gobierno Digital a través de la Resolución Administrativa N° 452-2018-P-PJ; en concordancia con lo establecido en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano, aprobado mediante Decreto Supremo N° 033-2018-PCM. Quinto. Que, el Poder Judicial en la actualidad hace uso de certi fi cados digitales que son proporcionados por el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil (RENIEC), que permite garantizar el no repudio técnico y legal de las operaciones electrónicas generadas en los procesos relativos a las soluciones tecnológicas con las que se cuenta; sin embargo, requiere acreditarse como Entidad de Certi fi cación Digital y como Prestador de Servicios de Valor Añadido, lo que permitirá disminuir el tiempo de generar los certi fi cados digitales que se requiera al interior de este Poder del Estado. Sexto. Que, para solicitar la acreditación como Entidad de Certi fi cación Digital, de conformidad con los literales b) y d) del artículo 17°, el tercer párrafo del artículo 18° y el literal c) del artículo 19° del Anexo 8: Reglamento Especí fi co de Acreditación Entidad de Certi fi cación - ECE de la “Guía de Acreditación de Entidades de Certi fi cación ECE”, versión 4.0, del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), debe acreditarse la existencia y vigencia de la persona jurídica solicitante, demostrando la existencia de una gerencia o dependencia interna a la cual se le otorgan funciones como prestador de servicios de certi fi cación digital. Asimismo, debe acreditarse los poderes en virtud de los cuales los representantes legales se encuentran facultados para solicitar la acreditación, demostrando el nombramiento de la persona encargada de dirigir la gerencia, o dependencia interna encargada de la certi fi cación digital. Sétimo. Que, en merito a los fundamentos expuestos se propone la modi fi cación del actual Reglamento de Organización y Funciones de la Gerencia General del Poder Judicial, en lo correspondiente a las funciones del despacho de la Gerencia General, la Gerencia de Informática, y sus unidades orgánicas las Subgerencias de Desarrollo de Sistemas de Información y de Producción y Administración de Plataformas, la Gerencia de Servicios