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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE FEBRERO DEL AÑO 2022 (18/02/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 70

70 NORMAS LEGALES Viernes 18 de febrero de 2022 El Peruano / DECRETA: Artículo Primero: PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza N° 468-2021-MDCH, hasta el 28 de febrero del 2022. Artículo Segundo: ENCARGAR el cumplimento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria, Sub Gerencia de Recaudación y Ejecutoría Coactiva, Gerencia de Desarrollo Económico, Sub Gerencia de Tecnología de la Información, y demás unidades orgánicas competentes. Artículo Tercero: Encárguese a la Secretaría General la publicación en el Diario O fi cial El Peruano y a la Subgerencia de Tecnología de la Información, su publicación en el Portal Web de la Municipalidad de Chaclacayo: www.munichaclacayo.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.MANUEL JAVIER CAMPOS SOLOGUREN Alcalde 2040362-1 MUNICIPALIDAD DE LURÍN Incorporan doce servicios no Exclusivos al Texto Único de Servicio no Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad Distrital de Lurín RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 018-2022-ALC-MDL Lurín, 24 de enero de 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURÍN VISTO:El Informe N°159-2021-SGPM-GPP/2021 de fecha 18 de noviembre de 2021 emitido por la Subgerencia de Planeamiento y Modernización; el Memorándum Múltiple N°056-2021-GPP/ML de fecha 22 de noviembre de 2021 emitido por la Gerencia de Planificación y Presupuesto; el Informe N°710-2021-SGLPMA-GSPyGA/ML de fecha 24 de noviembre de 2021 emitido por la Subgerencia de Limpieza Pública y Medio Ambiente; el Informe N°0788-2021-GSPyGA/ML de fecha 24 de noviembre de 2021 emitido por Gerencia de Servicios Públicos y Gestión Ambiental; el Informe N°004-2022-SGPM-GOO/ML de fecha 05 de enero de 2022 emitido por la Subgerencia de Planeamiento y Modernización; el Memorándum N°015-2022-GPP/ML de fecha 12 de enero de 2022 emitido por la Gerencia de Planificación y Presupuesto; el Memorándum N°013-2022-GAJ/ML de fecha 12 de enero de 2022 emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Informe N°004-2022-GPP/ML de fecha 14 de enero de 2022 emitido por la Gerencia de Planificación y Presupuesto; el Memorándum N°096-2022-GM/ML de fecha 19 de enero de 2022 emitido por Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por el Artículo Único de la Ley N°30305, Ley de Reforma Constitucional de los artículos 191°, 194° y 203° de la Constitución sobre denominación y no reelección inmediata de autoridades de los Gobiernos Locales, establece que las Municipalidades Distritales son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que según lo dispuesto por el Articulo II del Título Preliminar de la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, de acuerdo al numeral 43.4 del artículo 43° del Decreto Supremo N°004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N°27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades a través de Resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60° de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal; Que, mediante Resolución de Alcaldía N°332-2016- ALC/ML de fecha 20 de diciembre del 2016, se aprueba el Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE – de la Municipalidad Distrital de Lurín; Que, el Texto Único de Servicios No Exclusivos, es el documento que complementa al TUPA, brindando la posibilidad a las instituciones públicas de brindar a los administrados servicios que puedan ser entregados por otras instituciones públicos o particulares, siempre que no pertenezcan a sus funciones exclusivas o privadas; para satisfacer una demanda; Que, es necesario crear y/o actualizar el tarifario de costos de servicios no exclusivos que presta la Municipalidad Distrital de Lurín, adecuándolo a las necesidades de los usuarios y aplicando los principios de celeridad, e fi cacia y simplicidad; principios que son de aplicación de cualquier entidad que buscan alcanzar adecuados estándares de calidad en los servicios que ofrece; Que, la Gerencia de Servicios Públicos y Gestión Ambiental mediante Informe N°0788-2021-GSPyGA/ML de fecha 24 de noviembre de 2021, considera que es viable el proyecto de actualizar e incorporar Servicios No Exclusivos al TUSNE, aprobado con Resolución de Alcaldía N°332-2016-ALC/ML con el fi n de satisfacer a la población, con los diversos servicios no exclusivos que brindará la Gerencia mencionada, haciéndose necesaria su aprobación a fi n de contar con un instrumento actualizado que facilite la difusión al público de los mismos; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Memorándum N°013-2022-GAJ/ML de fecha 12 de enero de 2022, emite opinión favorable respecto a la propuesta formulada sobre aprobar el proyecto Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE; por lo que indica que la Gerencia de Servicios Públicos y Gestión Ambiental, Subgerencia de Limpieza Pública y Medio Ambiente y la Subgerencia de Mantenimiento, Ornato, Parques y Jardines, se encargará de realizar los servicios correspondientes, los cuales constan de doce (12) Servicios No Exclusivos; Que, atendiendo a los considerandos expuestos, y con las facultades conferidas en virtud de lo dispuesto en el inciso 6) del artículo 20°, el artículo 39° y articulo 43°de la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE:Artículo Primero.- INCORPORAR, al Texto Único de Servicios no Exclusivos – TUSNE de la Municipalidad Distrital de Lurín, aprobado mediante Resolución de Alcaldía N° 332-2016-ALC/ML de fecha 20 de diciembre de 2016, doce (12) servicios no Exclusivos; encontrándose nueve (09) servicios a cargo de la Gerencia de Servicios Públicos y Gestión Ambiental; dos (02) servicios a cargo de la Subgerencia de Limpieza Pública y Medio Ambiente y un (01) servicio a cargo de la Subgerencia de Mantenimiento, Ornato, Parques y Jardines, de acuerdo al Anexo 01 que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General y Gerencia de Administración y Finanzas, la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Subgerencia de Tecnologías de la Información la publicación de la presente Resolución, en el portal Institucional de la Municipalidad. Artículo Cuarto.- DISPONER, que la presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase.FRANCISCO AMADOR JULCA MIDEYROS Alcalde