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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JUNIO DEL AÑO 2022 (10/06/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 69

69 NORMAS LEGALES Viernes 10 de junio de 2022 El Peruano / incorpore en el plano de zoni fi cación del distrito de Chorrillos, la modi fi cación aprobada en el Artículo primero de la presente Ordenanza. Artículo 3. Noti fi car la presente Ordenanza a la Municipalidad Distrital de Chorrillos, a fi n que se encargue de la respectiva noti fi cación a la administrada. Artículo 4. Encargar, a la Secretaría General del Concejo, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano, y a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación su publicación, incluido el Anexo N° 1, en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe), el mismo día de su publicación. POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.MIGUEL EUGENIO ROMERO SOTELO Alcalde 2075845-6 Ordenanza que ratifica el Plan Urbano Distrital del distrito de San Borja 2020-2030 ORDENANZA N° 2474 - 2022 Lima, 31 de mayo de 2022EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMAPOR CUANTO:El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO:Estando en uso de las facultades indicadas en el numeral 8 del Artículo 9, así como el Artículo 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, en su Dictamen N° 156-2021-MML-CMDUVN, de fecha 29 de setiembre de 2021; el Concejo Metropolitano de Lima, y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE RATIFICA EL PLAN URBANO DEL DISTRITO DE SAN BORJA 2020-2030 Artículo 1. Ratifi car el Plan Urbano Distrital del distrito de San Borja 2020-2030, aprobado por Ordenanza N° 642-MSB, emitida con fecha del 27 de febrero del 2020, cuyo texto forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2. Disponer respecto a las modificaciones de Zonificación de los Usos del Suelo del distrito, estructuración urbana, transferencia de derechos edificatorios, bonificaciones adicionales, normativa, índice de usos e integración vial del distrito, contenidas en el Plan Urbano Distrital de San Borja, sean consideradas como propuestas distritales preliminares, para ser evaluadas de forma independiente, al amparo de lo establecido en la Ordenanza N° 1862, que regula el proceso de aprobación de los Reajustes Integrales de Zonificación, vigente al momento de su presentación, pudiendo acogerse a la modificación de la misma, conforme lo establece el Artículo 2 de la Ordenanza N° 2288. Artículo 3. Encargar a la Secretaría General de Concejo, cumpla con comunicar a la Municipalidad Distrital de San Borja, lo indicado en los artículos precedentes de la presente Ordenanza. Artículo 4. Encargar, a la Secretaría General del Concejo, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano, y a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación su publicación, en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe), el mismo día de su publicación. POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.MIGUEL EUGENIO ROMERO SOTELO Alcalde 2075845-7 Ordenanza que ratifica el Plan Urbano Distrital del distrito de Miraflores 2019-2029 ORDENANZA N° 2475 - 2022 Lima, 31 de mayo de 2022EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMAPOR CUANTO:El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO:Estando en uso de las facultades indicadas en el numeral 8 del Artículo 9, así como el Artículo 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, en su Dictamen N° 157-2021-MML-CMDUVN, de fecha 29 de setiembre de 2021; el Concejo Metropolitano de Lima, y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE RATIFICA EL PLAN URBANO DEL DISTRITO DE MIRAFLORES 2019-2029 Artículo 1. Rati fi car el Plan Urbano Distrital del distrito de Mira fl ores 2019-2029, aprobado por Ordenanza N° 550/MM, emitida con fecha del 25 de agosto del 2020, cuyo texto forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2. Disponer respecto a las modi fi caciones de Zoni fi cación de los Usos del Suelo del distrito, estructuración urbana, transferencia de derechos edifi catorios, boni fi caciones adicionales, normativa, índice de usos e integración vial del distrito, contenida en el Plan Urbano Distrital de Mira fl ores, sean consideradas como propuestas distritales preliminares, para ser evaluadas de forma independiente, al amparo de lo establecido en la Ordenanza N° 1862, que regula el proceso de aprobación de los Reajustes Integrales de Zoni fi cación, vigente al momento de su presentación, pudiendo acogerse a la modi fi cación de la misma, conforme lo establece el Artículo 2 de la Ordenanza N° 2288. Artículo 3. Encargar a la Secretaría General de Concejo, cumpla con comunicar a la Municipalidad Distrital de Mira fl ores, lo indicado en los artículos precedentes de la presente Ordenanza. Artículo 4. Encargar, a la Secretaría General del Concejo, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano, y a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación su publicación, en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe), el mismo día de su publicación. POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.MIGUEL EUGENIO ROMERO SOTELO Alcalde 2075845-8