TEXTO PAGINA: 63
63 NORMAS LEGALES Viernes 10 de junio de 2022 El Peruano / en la Ordenanza Nº 2086, con lo cual se declara como favorable sin haber emitido opinión según la normativa vigente; Que, la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de Lima, mediante O fi cio N° D000181-2021-MML-GDU-SPHU de fecha 12 de abril del 2021, solicitó al Instituto Metropolitano de Plani fi cación - IMP emitir opinión técnica sobre la propuesta presentada por Fernando Quiroz Pereyra, representante de la Empresa Inversiones y Asesorías S.A. Por otro lado, mediante O fi cio N° 1182-21-MML-IMP- DE de fecha 19 de julio de 2021, el Director Ejecutivo del Instituto Metropolitano de Plani fi cación - IMP, remite el Informe CEZ N° 052-2021-MML-IMP-DE/DGPT, mediante el cual emite opinión favorable al Cambio de Zoni fi cación de Residencial de Densidad Media (RDM) a Comercio Zonal (CZ), el cual señala que: “Según el Plano de Zoni fi cación del distrito de Santiago de Surco (Ordenanza N° 912), en el entorno del predio materia de consulta, encontramos frente a la Av. Angamos, las siguientes zonifi caciones de Residencial de Densidad Media (RDM), Comercio Zonal (CZ), Zona de Recreación Pública (ZRP), en la parte posterior Educación (E1), Residencial de Densidad Baja (RDB) y Otros usos (OU). De acuerdo a la vista satelital en el entorno existen edi fi caciones cuyo uso predominante es comercial, tenemos Banco, Clínica, Centros de Estudios, Venta de Automóviles, Venta de Comidas a Domicilio, entre otros. En el expediente se precisa que se desarrollaría la Actividad Comercial en la integridad del predio de la petición de cambio vale decir Ofi cina, Restaurante y Hotel, revisando en la Propuesta de Reajuste Integral de Zoni fi cación 2021, se detalla como Objetivo Especí fi co: Reforzar el oportuno equilibrio entre el crecimiento poblacional, la densi fi cación y la dotación de suelo para equipamiento urbano consolidando el comercio especializado, como Lineamiento Estratégico: Consolidación de Ejes Comerciales de nivel zonal, necesario para mejorar la calidad de vida de los habitantes en el Sector 1, Sector 2, Sector 4, Sector 5, Sector 6, Sector 7 y Sector 8, se advierte que la propuesta del administrado es congruente con la Propuesta de Reajuste Integral de Zoni fi cación 2021 presentada por la Municipalidad Distrito de Santiago de Surco y exhibida en el plazo establecido según norma metropolitana vigente. Según la Ordenanza N° 2086, artículo 11, expresa en ningún caso se aprobarán Cambio Especí fi cos de Zoni fi cación de un solo predio, sino que estas modi fi caciones se harán extensivas como mínimo a todo el frente de la manzana o a los frentes de la vía o a toda la manzana o bien al sector en donde se ubica el inmueble materia de la solicitud. De acuerdo a lo expresado, se emite opinión favorable al pedido de cambio de zoni fi cación solicitado de Zona de Residencial de Densidad Media (RDM) a Comercio Zonal”; Que, a través del Informe Nº D000561-2021-MML- GDU-SPHU-DP de fecha 03 de noviembre del 2021, se concluyó que el Cambio de Zoni fi cación de Residencial de Densidad Media (RDM) a Comercio Zonal (CZ), del predio de 1,340.000 m2, ubicado en la Av. Monterrico (ahora Av. Primavera), constituido por el Lote N° 1 de la Manzana G, Urbanización Chacarilla del Estanque – Tercera Etapa, distrito de Santiago de Surco, solicitado por Fernando Quiroz Pereyra, representante de la Empresa Inversiones y Asesorías S.A., resulta favorable; por cuanto la zoni fi cación propuesta a Comercio Zonal (CZ) es consecuente con la dinámica urbana del sector, no altera su funcionamiento urbano y consolida así el carácter comercial de la zona y el eje urbano de la Av. Primavera. Asimismo, la propuesta de Reajuste Integral de Zoni fi cación del distrito de Santiago de Surco presentada al Instituto Metropolitano de Plani fi cación - IMP, incorpora el presente pedido materia de evaluación; por lo tanto, coincide con la visión y objetivos del distrito que busca consolidar los ejes y nodos orientados a la vocación comercial que desarrolla el sector; Que, estando a lo señalado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas en los Artículos 9 y 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, mediante su Dictamen N° 179-2021-MML-CMDUVN, de fecha 01 de diciembre de 2021; el Concejo Metropolitano de Lima, con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE SANTIAGO DE SURCO APROBADO POR ORDENANZA N° 912 Artículo 1. Aprobar la Modi fi cación del Plano de Zoni fi cación del distrito de Santiago de Surco, aprobado mediante Ordenanza N° 912, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 03 de marzo de 2006, de Residencial de Densidad Media (RDM) a Comercio Zonal (CZ), para el predio de 1,340.000 m2, ubicado en la Av. Monterrico (ahora Av. Primavera), constituido por el Lote N° 1 de la Manzana G, Urbanización Chacarilla del Estanque – Tercera Etapa, distrito de Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima, solicitado por Fernando Quiroz Pereyra, representante de la Empresa Inversiones y Asesorías S.A., haciéndose extensivo a todo el frente de la manzana donde se ubica el predio en el tramo comprendido entre la Av. La Floresta y la Av. Velasco Astete, conforme al Anexo N° 1, que forma parte de la presente Ordenanza. Artículo 2. Encargar al Instituto Metropolitano de Plani fi cación de la Municipalidad Metropolitana de Lima, incorpore en el plano de zoni fi cación del distrito de Santiago de Surco, la modi fi cación aprobada en el Artículo 1 de la presente Ordenanza. Artículo 3. Noti fi car la presente Ordenanza a la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, a fi n de que se encargue de la respectiva noti fi cación al administrado. Artículo 4. Encargar a la Secretaría General del Concejo, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano y a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación su publicación, incluido el Anexo N° 1, en el Portal Institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe), el mismo día de su publicación en el referido Diario O fi cial. POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.MIGUEL EUGENIO ROMERO SOTELO Alcalde 2075845-2 Ordenanza que modifica el Plano de Zonificación del distrito de La Molina aprobado por Ordenanza N° 1144 y modificada por la Ordenanza N° 1661 ORDENANZA N° 2470 - 2022 Lima, 31 de mayo de 2022EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMAPOR CUANTO:El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, de acuerdo con lo indicado en los numerales 1.1 y 1.2 del Artículo 79 de la Ley N° 27972, son funciones exclusivas de las municipalidades provinciales, en materia de organización del espacio físico y uso del suelo: aprobar el Plan de Acondicionamiento Territorial