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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE JUNIO DEL AÑO 2022 (17/06/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 37

37 NORMAS LEGALES Viernes 17 de junio de 2022 El Peruano / Nombran Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República del Ecuador RESOLUCIÓN SUPREMA N° 072-2022-RE Lima, 16 de junio de 2022 VISTA: La Hoja de Trámite (GAB) N° 1235 del Despacho Ministerial, de 10 de junio de 2022, y el Memorándum (PRO) N° PRO00433/2022, de 13 de junio de 2022; CONSIDERANDO:De conformidad con el inciso 12) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú, que establece la facultad del señor Presidente de la República de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; De conformidad con el Decreto Supremo N° 047- 2021-RE, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; y el Decreto Supremo N° 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República y sus modi fi catorias; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1.- Nombrar Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República del Ecuador al Embajador en el Servicio Diplomático de la República, en situación de retiro, Vicente Rojas Escalante. Artículo 2.- La fecha en que el citado funcionario diplomático deberá asumir funciones, será fi jada mediante Resolución Ministerial. Artículo 3.- Aplicar el egreso que irrogue la presente Resolución a las partidas correspondientes del pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República CÉSAR LANDA ARROYO Ministro de Relaciones Exteriores 2078387-9 SALUD Designan Ejecutiva Adjunta II del Despacho Viceministerial de Salud Pública RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 439-2022/MINSA Lima, 15 de junio del 2022 Visto, el expediente Nº 22-082847-001, que contiene el Memorándum Nº 340-2022-DVMSP/MINSA; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Secretarial Nº 063- 2022/MINSA, de fecha 7 de abril de 2022, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Administración Central del Ministerio de Salud, según el cual, el cargo de Ejecutivo/a Adjunto/a II (CAP – P Nº 019) del Despacho Viceministerial de Salud Pública del Ministerio de Salud, se encuentra clasi fi cado como cargo de con fi anza; Que, mediante el documento de Visto se propone designar a la señora REINA ISABEL BUSTAMANTE CORONADO, en el cargo señalado en el considerando precedente; Que, a través del Informe Nº 525-2022-EIE-OARH- OGGRH/MINSA, la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos emite opinión favorable a la citada acción de personal; Con el visado del Director General de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de la Secretaria General y del Viceministro de Salud Pública; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a la señora REINA ISABEL BUSTAMANTE CORONADO, en el cargo de Ejecutiva Adjunta II (CAP – P Nº 019), Nivel F-5, del Despacho Viceministerial de Salud Pública del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.JORGE ANTONIO LÓPEZ PEÑA Ministro de Salud 2078374-1 Aprueban la “Guía Técnica para investigación y control de brotes de la COVID-19 en instituciones con población cautiva” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 440-2022/MINSA Lima, 15 de junio del 2022Visto, el Expediente Nº 21-108210-001, que contiene la Nota Informativa Nº 538-2021-CDC-MINSA y el Informe Nº 024-2022-AAG-DBROTES-EVISAP-CDC/MINSA del Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades; el Informe Nº 353-2021-SDV-DGIESP/ MINSA y la Nota Informativa Nº 1575-2021-DGIESP/ MINSA de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública; y, el Informe Nº 148-2022- OGAJ/MINSA de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO:Que, los numerales I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, disponen que la salud es condición indispensable del desarrollo humano y medio fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo, y que la protección de la salud es de interés público, siendo responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, según el artículo 76 de la precitada Ley, la Autoridad de Salud de nivel nacional es responsable de dirigir y normar las acciones destinadas a evitar la propagación y lograr el control y erradicación de las enfermedades transmisibles en todo el territorio nacional, ejerciendo la vigilancia epidemiológica e inteligencia sanitaria y dictando las disposiciones correspondientes; Que, el numeral 1 del artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, establece que el Ministerio de Salud es competente en la salud de las personas; asimismo, el artículo 4 de la referida Ley señala que el Sector Salud está conformado por el Ministerio de Salud, como organismo rector, las entidades adscritas a él, las instituciones públicas y privadas de nivel nacional,