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38 NORMAS LEGALES Viernes 17 de junio de 2022 El Peruano / regional y local, y las personas naturales que realizan actividades vinculadas a las competencias previstas en dicha Ley, y que tienen impacto directo o indirecto en la salud, individual o colectiva; Que, los literales b) y h) del artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1161, modi fi cado por el Decreto Legislativo Nº 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la prevención y control de las enfermedades, señalan que son funciones rectoras del Ministerio de Salud formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de promoción de la salud, vigilancia, prevención y control de las enfermedades, recuperación, rehabilitación en salud, tecnologías en salud y buenas prácticas en salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como, dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de la política nacional y políticas sectoriales de salud, entre otros; Que, el artículo 119 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017-SA, establece que el Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades es el órgano desconcentrado del Ministerio de Salud, dependiente del Viceministerio de Salud Pública, responsable de gestionar los procesos de vigilancia epidemiológica e inteligencia sanitaria; Que, según lo dispuesto en el artículo 120 del mencionado Reglamento, el Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades tiene entre sus funciones formular, proponer e implementar normas, lineamientos, documentos normativos en materia de vigilancia epidemiológica en salud pública y análisis de situación de salud; coordinar las acciones de vigilancia epidemiológica en salud pública y de control de brotes epidémicos y otras emergencias sanitarias, con los órganos competentes del Ministerio de Salud y con los Gobiernos Regionales; así como, plani fi car y realizar las acciones necesarias para detectar oportunamente la ocurrencia de brotes epidémicos e incremento de riesgos para la salud de las personas; Que, de acuerdo a lo señalado en los documentos del visto, el Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades, en el marco de sus competencias, propone la aprobación de la Guía Técnica para investigación y control de brotes de la COVID-19 en instituciones con población cautiva, cuya fi nalidad es contribuir a la reducción del impacto de brotes de la COVID-19 en instituciones con población cautiva; Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, mediante el Informe Nº 148-2022-OGAJ/MINSA, emite opinión legal con relación a la aprobación de la precitada Guía Técnica, señalando que resulta legalmente procedente la fi rma de la presente Resolución Ministerial; Estando a lo propuesto por el Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades; Con el visado del Director General del Centro Nacional de Epidemiología, Prevención y Control de Enfermedades, del Director General de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y del Viceministro de Salud Pública; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modi fi cado por la Ley Nº 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud y por el Decreto Legislativo Nº 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la prevención y control de las enfermedades; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2017- SA, modi fi cado mediante los Decretos Supremos Nº 011- 2017-SA y Nº 032-2017-SA; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la “Guía Técnica para investigación y control de brotes de la COVID-19 en instituciones con población cautiva”, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Encargar a la O fi cina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el portal institucional del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE ANTONIO LÓPEZ PEÑA Ministro de Salud 2078374-2 Designan Ejecutiva Adjunta II de la Secretaría General del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 442-2022/MINSA Lima, 16 de junio del 2022CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Secretarial Nº 063- 2022/MINSA, de fecha 07 de abril de 2022, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Administración Central del Ministerio de Salud, en el cual el cargo de Ejecutivo/a Adjunto/a II (CAP – P Nº 038) de la Secretaría General del Ministerio de Salud, se encuentra clasificado como cargo de confianza; Que, se ha visto por conveniente designar a la señora ANNE AYMONEE GARCÍA CAGNA, en el cargo señalado en el considerando precedente; Con el visado del Director General de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y de la Secretaria General; y, De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora ANNE AYMONEE GARCÍA CAGNA, en el cargo de Ejecutiva Adjunta II (CAP – P Nº 038), Nivel F-5, de la Secretaría General del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE ANTONIO LÓPEZ PEÑA Ministro de Salud 2078385-1 Designan Directora General de la Escuela Nacional de Salud Pública RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 444-2022/MINSA Lima, 16 de junio del 2022 CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Secretarial Nº 063- 2022/MINSA, de fecha 07 de abril de 2022, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la Administración Central del Ministerio de Salud, en el cual el cargo de Director/a General (CAP – P Nº 2318) de la Escuela Nacional de Salud Pública del Ministerio de Salud, se encuentra clasificado como cargo de confianza; Que, se ha visto por conveniente designar a la señora LESLY ELIZABETH SIERRA GUEVARA, en el cargo señalado en el considerando precedente; Con el visado del Director General de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, de la