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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JUNIO DEL AÑO 2022 (18/06/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 46

46 NORMAS LEGALES Sábado 18 de junio de 2022 El Peruano / Finalmente, corresponde indicar que durante el procedimiento de modi fi cación de licencia se llevaron a cabo cuatro (4) reuniones15 entre la Dilic y representantes de la Universidad, en las que se le informaron aspectos relacionados a su SMLI. Mediante el Informe Técnico de Modi fi cación de Licencia N° 024-2022-SUNEDU-02-12 del 14 de junio de 2022, la Dilic informó sobre la pertinencia de aprobar la solicitud de modi fi cación de licencia institucional y reconocer: i) la creación un (1) local, y; ii) Cambio de locación (ampliación de oferta académica) de un (1) programa de estudio conducente a grado de bachiller y título profesional en la modalidad presencial; y, de conformidad con los literales b) y f) del numeral 31.1 del artículo 31 del Reglamento de Licenciamiento y al Reglamento de Cese. La Universidad cuenta con un Diseño Curricular actualizado para el programa de Ingeniería Agroindustrial (P01), el cual cumple con las disposiciones de la Ley Universitaria respecto a la organización académica y curricular de los programas de pregrado. Asimismo, cuenta con sistemas de información que brindan soporte a los procesos de gestión, servicios académicos y aprendizaje virtual. Además, se verificó que la Universidad cuenta con normativa interna vigente que regula los requisitos y procesos para la obtención del grado académico de Bachiller y Título Profesional; y los procedimientos de admisión alineados a la Ley Universitaria. La Universidad justi fi có la creación del local (SL02) que brindará mejores condiciones de servicio a los integrantes de la comunidad universitaria, evidenciando que cuenta con laboratorios equipados de tecnología avanzada y ambientes necesarios para el desarrollo del Programa de Ingeniería Agroindustrial (P01). Adicionalmente, presentó la problemática que evidencia la necesidad del uso de laboratorios y la población objetivo delimitado. La Universidad evidenció contar con derecho de uso y uso exclusivo del nuevo local SL02 donde brindará el servicio académico. Asimismo, demostró disponer de la infraestructura, equipamiento y mobiliario para el desarrollo del programa de su oferta licenciada el nuevo local SL02, y además, de contar con presupuesto y plan de mantenimiento para garantizar la sostenibilidad de los servicios de mantenimiento de infraestructura mobiliario y equipamiento en el nuevo local SL02. Sobre el desarrollo de la investigación, se evidenció que cuenta con líneas de investigación institucionales, presupuesto y proyectos de investigación con lo cual promueve el desarrollo de la investigación. Asimismo, la Universidad cuenta con diez (10) docentes Renacyt con producción de artículos cientí fi cos en revistas indexadas; en esa línea la Universidad incrementó, desde su licenciamiento institucional, el número de publicaciones cientí fi cas en Scopus, pasó de dos (2) a diecisiete (17), y desde el 2019, cuenta con publicaciones en cientí fi cas en WoS lo que evidencia que realiza gestiones para el fomento y realización de actividades de investigación a partir de publicaciones en bases de datos cientí fi cas de alto impacto para el desarrollo de la investigación institucional. La Universidad, cuenta con veintinueve (29) docentes designados de la plana institucional que serán distribuidos entre los locales SL01 y SL02 donde cubrirán los cursos de la malla curricular del programa de estudios de Ingeniería Agroindustrial (P01). Al semestre 2022-I la Universidad evidenció contar con 49,06% de docentes a tiempo completo (52 docentes); y cincuenta y cuatro (54) docentes a tiempo parcial que representan el 50,94% de la plana docente institucional. La Universidad demostró contar con recursos funcionales, físicos y fi nancieros para la implementación de los servicios complementarios que recibirán los estudiantes del local SL02. En ese sentido, se evidenció que cuenta con planes de implementación adecuados y la aprobación de los mismos por la autoridad competente para los servicios de salud, sociales, psicopedagógicos, deportivos y culturales. Además, respecto del servicio de seguridad y vigilancia, actualmente se viene realizando en el local SL02 por personal de la Universidad, evidenciándose un presupuesto asignado y un sistema de circuito cerrado de vigilancia. Asimismo, se veri fi có que el programa cuenta con un acervo bibliográ fi co físico actual que será trasladado al nuevo local SL02 y que además cuenta con una (1) plataforma virtual de información como parte de su acervo bibliográ fi co virtual que se encuentra vigente. La Universidad presentó el Presupuesto Institucional para el periodo proyectado, elaborado en el marco del proceso de la programación multianual 2022-2024, el cual incluye los recursos destinados al nuevo local (SL02), considerando como principales fuentes de fi nanciamiento Recursos Ordinarios y Recursos Determinados, incluyendo la cadena de gastos hasta el nivel de especí fi ca. La Universidad evidenció la existencia de un Plan de Financiamiento, cuya información presentada demuestra consistencia entre los gastos a ejecutar para el funcionamiento del nuevo local (SL02), los mismos que se encuentran incluidos en la Programación Multianual de la Universidad periodo 2022-2024. Por lo expuesto, la SMLI de la Universidad no incide negativamente en las CBC veri fi cadas en el procedimiento de licenciamiento institucional. 2. Del Informe Técnico de Modi fi cación de Licencia Institucional El Informe Técnico de Modi fi cación de Licencia N° 024-2022-SUNEDU-02-12 contiene la evaluación integral de la documentación requerida en los literales b) y f) del numeral 31.1 del artículo 31 del Reglamento de Licenciamiento, aprobado mediante Resolución del Consejo Directivo N° 008-2017-SUNEDU/CD y modi fi cado, entre otras, por la Resolución del Consejo Directivo N° 096-2019-SUNEDU/CD. En tal sentido, conforme al numeral 6.2 del artículo 6 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, en tanto este Consejo Directivo se encuentra conforme con el análisis del cumplimiento de las CBC expuestas en el Informe Técnico de Modi fi cación de Licencia N° 024-2022-SUNEDU-02-12 del 14 de junio de 2022, el referido informe motiva y fundamenta la presente resolución, por lo que forma parte integrante de la misma. Cabe precisar que, dado que proviene de una universidad pública, la información desarrollada en el informe mencionado tiene carácter de pública, a la cual se puede acceder a través de diferentes plataformas. Por lo tanto, no existe restricción alguna sobre la información contenida en el Informe Técnico de Modi fi cación de Licencia N° 024-2022-SUNEDU-02-12 del 14 de junio de 2022. En virtud de lo expuesto y estando conforme a lo dispuesto en el artículo 13, el numeral 15.1 del artículo 15, el numeral 19.3 del artículo 19 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria; el literal c) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones de la Sunedu, aprobado mediante Decreto Supremo N° 012-2014-MINEDU, y su modi fi catoria, aprobada mediante Decreto Supremo N° 006-2018-MINEDU; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; los artículos 26 al 31 del Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional, aprobado mediante la Resolución del Consejo Directivo N° 008-2017- SUNEDU/CD y modi fi cado, entre otras, por la Resolución del Consejo Directivo N° 096-2019- SUNEDU/CD; y según lo acordado en la sesión del Consejo Directivo N° 023-2022. SE RESUELVE:Primero.- APROBAR la modi fi cación de licencia institucional solicitada por la Universidad Nacional Autónoma de Chota, y RECONOCER: la creación de un (1) local; y el cambio de locación por ampliación de oferta académica de un (1) programa de estudio conducente a grado académico de bachiller y título profesional en la modalidad presencial, según se detalla en las TABLAS N° 1 y N° 2 de la presente Resolución.