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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE MARZO DEL AÑO 2022 (04/03/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 38

38 NORMAS LEGALES Viernes 4 de marzo de 2022 El Peruano / Administrativa N.° 000096-2022-P-CSNJPE-PJ, de fecha 15 de febrero de 2022, en mérito a la Resolución Administrativa N.º 000034-2022-CE-PJ emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de fecha 09 de febrero de 2022, que estableció medidas para el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales y administrativos para el periodo del 16 de febrero al 02 de marzo de 2022. II. El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante Resolución Administrativa N.° 000068-2022-CE-PJ de fecha 28 de febrero de 2022, estableció medidas para el funcionamiento de los órganos jurisdiccionales y administrativos para el periodo del 03 al 31 de marzo de 2022, y; III. El O fi cio N.º 000237-2022-ADM-CSNJPE- PJ de fecha 01 de marzo de 2021 remitido por la Ofi cina de Administración de la CSN que adjunta: a) el Informe N.º 00011-2022-AOJ-CSNJPE-PJ remitido por la Responsable Administrativo de los Órganos Jurisdiccionales del CdPP 1940 y b) el Informe N.º 001-2022 remitido por la Administración del Módulo del Código Procesal Penal, mediante los cuales se eleva la propuesta de que los servidores judiciales de la CSN, que no tengan comorbilidad, realicen trabajo presencial diario en el horario de las 08:00 hasta las 17:00 horas. FUNDAMENTOS:El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial atendiendo al contexto actual de la pandemia del COVID-19 en el país, mediante Resolución Administrativa N.° 000068-2022-CE-PJ adoptó medidas preventivas para resguardar la salud de magistrados y personal jurisdiccional y administrativo, así como de los usuarios del sistema judicial, en consonancia con las normas emitidas por el Poder Ejecutivo. En ese orden de ideas, con la fi nalidad de asegurar la adecuada continuación y acceso a la prestación de los servicios que brinda esta CSN, así como salvaguardar la salud y bienestar de los jueces, personal jurisdiccional, administrativo y usuarios del sistema judicial; es menester que esta Presidencia, ejecute las medidas dispuestas por el Consejo Ejecutivo con las adaptaciones propias en función a las características de nuestra Corte: 1. Sobre el trabajo presencial diario de los magistrados: estando a las atribuciones y facultades delegadas por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial a los Presidentes de las Cortes Superiores del país, el apartado 2.1.1 de la Resolución Administrativa N.° 000068-2022-CE-PJ dispone que los magistrados de todos los niveles -que no sean vulnerables- realizarán trabajo presencial diario durante el periodo del 03 al 31 de marzo de 2022 en el horario de lunes a viernes desde las 08:00 hasta las 17:00 horas (siendo la hora de refrigerio desde las 13.00 hasta las 14.00 horas), debiendo registrar sus ingresos y salidas en los registros de asistencia diaria establecidos para tal fi n, conforme lo prevé la Resolución Administrativa N.° 000415-2021-P-CSNJPE-PJ de fecha 12 de noviembre de 2021 1. 2. Sobre el trabajo presencial diario de los servidores judiciales: la Resolución Administrativa N.° 000068-2022-CE-PJ establece un régimen de trabajo mixto para el personal jurisdiccional y administrativo del Poder Judicial, pero también faculta a los Presidentes de las Cortes Superiores del país, establecer la modalidad de trabajo presencial exclusivamente en las áreas que así lo requieran. En tal sentido, tomando en consideración que: a) esta Corte Superior Nacional por razón de su competencia conoce de los casos más complejos que versan sobre graves delitos cometidos en el marco de una organización criminal, así como casos de terrorismo y de violaciones a los derechos humanos, trá fi co ilícito de drogas, lavado de activos, corrupción de funcionarios entre otros, por lo que, estos procesos requieren de una mayor cantidad de tiempo para su tramitación y procesamiento por parte del personal jurisdiccional a cargo del mismo, por la densa información que contienen,, b) de acuerdo a los informes recibidos de la O fi cina de Administración, de la Administración del Módulo del Código Procesal Penal y de la Responsable Administrativo de los Órganos Jurisdiccionales del CdPP 1940 se advierte que se cuenta con ambientes adecuados para que los servidores judiciales realicen sus labores de forma presencial diaria en el horario de 08:00 a 17:00 horas, respetando la distancia mínima de un metro y medio que exige la norma sanitaria para prevenir el contagio del COVID-19, y garantiza el aforo respectivo de personal, c) para conseguir mejores resultados en el procesamiento de los casos complejos debe preservarse la armónica labor del binomio magistrado-trabajador, en especial cuando se trata de casos de profusa información, que a veces incluye la sistematización de información que proviene de técnicas especiales de investigación como intervenciones telefónicas, documentos en audio y video (en las OVISES) que por su naturaleza requiere un tratamiento presencial, por tanto, es ideal conservar el horario de trabajo similar para jueces y servidores judiciales, como una de las mejores estrategias para el procesamiento y enjuiciamiento de casos de criminalidad organizada, d) es necesario guardar el debido distanciamiento social, utilizando los equipos de bioseguridad que se requieran para el cumplimiento de las funciones, a fi n de evitar las aglomeraciones en el ambiente laboral y respetar el distanciamiento sanitario, y e) apreciando la dinámica funcional y la necesidad de servicio en el contexto de la emergencia sanitaria y con el objeto de mantener una óptima gestión de los procesos judiciales resulta necesario que los servidores judiciales realicen sus actividades en jornadas laborales presenciales diarias completas. En tal sentido, dicho personal -que no sea vulnerable- deberá realizar trabajo presencial diario durante el periodo del 03 al 31 de marzo de 2022 desde las 08:00 hasta las 17:00 horas, siendo la hora de refrigerio desde las 13.00 hasta las 14.00 horas, debiendo registrar sus ingresos y salidas en el Sistema de Control de Asistencia y Permanencia (SICAPE), conforme lo prevé la Resolución Administrativa N.° 000379-2021-P-CSNJPE-PJ de fecha 26 de octubre de 2021. 3. Sobre el trabajo presencial diario mixto de los servidores judiciales: en caso algún servidor judicial, no comprendido dentro de la categoría de riesgo COVID-19, considere que la modalidad de trabajo detallado en el fundamento precedente no se adapta a sus necesidades, podrá solicitar, con el visto bueno de su superior jerárquico, realizar trabajo presencial diario mixto a la O fi cina de Administración de la CSN, a través de la Mesa de Partes, o del correo electrónico mesadepartesadministracioncsnjpe@pj.gob.pe, hasta las 17:00 horas del día jueves 03 de marzo de 2022. Dicha modalidad se desarrollará en el horario de lunes a viernes conforme al siguiente detalle: a) La jornada laboral será de 08 (ocho) horas diarias, repartidas en 05 horas de trabajo presencial diario y 03 horas de trabajo remoto complementario de la siguiente manera: i. Trabajo presencial: el horario laboral queda establecido en dos turnos: turno mañana de 07:45 a 12.45 horas y turno tarde de 13:30 a 18:30 horas, y; ii. Trabajo remoto complementario: para aquellos servidores que realicen sus labores en el turno mañana, efectuarán dicha modalidad de trabajo desde las 15:00 hasta las 18:00 horas, mientras los que realizan el turno tarde, lo efectuarán en el horario de 08:00 hasta las 11:00 horas. b) Los servidores judiciales que opten por presentar su solicitud deberán continuar en el grupo al que pertenecen (grupos “A” y “B”) 2. El grupo “A” comenzará en el turno mañana, mientras el Grupo “B”, en el turno tarde. Dichos grupos se alternaran, semana a semana, a partir del 03 de marzo de 2022, conforme al siguiente cuadro: Rol Marzo 2022Turno Mañana Turno Tarde Trabajo Remoto Complementario DiarioDe 07:45 a 12:45 horasDe 13:30 a 18:30 horas Semana del 03 al 04 MAR Grupo “A” Grupo “B” Mas 03h trabajo remoto Semana del 07 al 11 MAR Grupo “B” Grupo “A” Mas 03h trabajo remoto