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38 NORMAS LEGALES Sábado 19 de marzo de 2022 El Peruano / Público para el Año Fiscal 2022, se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fi scal 2022; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 1.3 del artículo 1 de la Ley N° 31365, durante el año fi scal 2022, previa evaluación y priorización por el Ministerio de Relaciones Exteriores, se puede modi fi car el Anexo B sin exceder el monto total por pliego señalado en dicho Anexo, mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores; Que, el numeral 69.2 del artículo 69 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que la modi fi cación de los montos de las cuotas internacionales incluidas en el citado Anexo, se aprueba mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores y el Ministro del sector correspondiente, a propuesta de este último; Que, el Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros se encuentra en la lista de pliegos presupuestales contenida en el Anexo B de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, en el que se ha consignado a su cargo el pago de la cuota anual a favor de la Alianza para el Gobierno Abierto / Open Government Partnership por un importe de S/ 190 000,00 (Ciento noventa mil y 00/100 soles); del Centro Latinoamericano de Administración para el Desarrollo por un importe de S/ 143 640,00 (Ciento cuarenta y tres mil seiscientos cuarenta y 00/100 soles); y, de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos – OCDE por un importe de S/ 246 240,00 (Doscientos cuarenta y seis mil doscientos cuarenta y 00/100 soles); no obstante, por tal concepto correspondería cancelar los mostos de S/ 210 000,00 (Doscientos diez mil y 00/100 soles), S/ 158 760,00 (Ciento cincuenta y ocho mil setecientos sesenta y 00/100 soles); y, S/ 282 150,00 (Doscientos ochenta y dos mil ciento cincuenta y 00/100 soles), respectivamente; para cuyo efecto es necesario modi fi car dicho Anexo, a fi n de efectuar los pagos correspondientes; Que, de la evaluación realizada y priorización correspondiente, resulta necesario modi fi car el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2022 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios del Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros, a efectos de atender el pago de las cuotas anuales a favor de la Alianza para el Gobierno Abierto / Open Government Partnership, el Centro Latinoamericano de Administración para el Desarrollo; y, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos – OCDE; De conformidad con lo establecido en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022; y, el Decreto Legislativo 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; DECRETA:Artículo 1.- Modi fi cación Modifíquese el Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2022 de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios, Pliego Presupuestario 001: Presidencia del Consejo de Ministros, respecto a los siguientes organismos internacionales: PLIEGO PRESU- PUESTARIOMONTO (En Soles)PERSONA JURÍDICA 001: PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROSS/ 210 000,00Alianza para el Gobierno Abierto / Open Government Partnership S/ 158 760,00Centro Latinoamericano de Administración para el Desarrollo S/ 282 150,00Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos - OCDE Artículo 2.- Afectación presupuestal Dispóngase que los gastos que demande el cumplimiento del presente Decreto Supremo se ejecuten con cargo al presupuesto del Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros.Artículo 3.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de marzo del año dos mil veintidos. JOSÉ PEDRO CASTILLO TERRONES Presidente de la República ANÍBAL TORRES VÁSQUEZ Presidente del Consejo de Ministros CÉSAR LANDA ARROYO Ministro de Relaciones Exteriores 2049959-7 Autorizan viaje de funcionario a Ecuador, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0171-2022-RE Lima, 18 de marzo de 2022VISTOS:El memorándum (DAE) N° DAE00203/2022 de la Dirección General para Asuntos Económicos, de 8 de marzo de 2022; la Hoja de Trámite (GAC) N° 696 del Despacho Viceministerial, de 8 de marzo de 2022; el Memorándum (OPP) N° OPP00520/2022, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de 15 de marzo de 2022, que otorga la certi fi cación presupuestal al presente viaje; y, el Memorándum (OAP) N° OAP00573/2022, de la O fi cina de Administración de Personal de la O fi cina General de Recursos Humanos, de 15 de marzo de 2022; CONSIDERANDO:Que, la Comunidad Andina es un mecanismo de integración subregional con 52 años de existencia, que cuenta con una normativa supranacional y un sistema de solución de controversias, que ha desarrollado una zona de libre comercio perfeccionada, que permite la libre movilidad de ciudadanos andinos sin visado en calidad de turistas; Que, el Perú tiene un compromiso histórico con el proceso de integración andino y que éste reviste particular importancia para la micro, pequeña y mediana empresa (MIPYME) exportadora peruana; Que, el Ministro de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana de la República del Ecuador extendió la invitación al Ministro de Relaciones Exteriores del Perú para que participe en la XVII Reunión del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores (CAMRE) y en la L Reunión del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores de forma Ampliada con los Representantes Titulares ante la Comisión de la Comunidad Andina (CAMRE Ampliado); Que, el señor Ministro de Relaciones Exteriores ha con fi rmado su participación en las reuniones antes señaladas, las cuales se llevarán a cabo en la ciudad de Quito, República del Ecuador, el 25 de marzo de 2022; Que, se estima importante la participación del Director de Integración de la Dirección General para Asuntos Económicos en las citadas reuniones, así como en las labores de coordinación y organización de los aspectos temáticos; y, De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi fi cada por la Ley N° 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y su modi fi catoria; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo N° 135-2010-RE; el Decreto Supremo N° 047-2021-RE, que aprueba