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66 NORMAS LEGALES Jueves 12 de mayo de 2022 El Peruano / MUNICIPALIDAD DE LINCE Ordenanza que aprueba la incorporación de charlas de relaciones saludables y democráticas para contrayentes de matrimonio civil en la jurisdicción del distrito de Lince ORDENANZA Nº 469-2022-MDL Lince, 26 de abril de 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE; POR CUANTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, y;VISTO: La Carta N° 010-2021-MIMP-AURORA- UPPIFVFS-CEM CIA LINCE-GMCH, de fecha 29 de noviembre de 2021, del Programa Nacional AURORA del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; el Informe Técnico Nº 00001-2021-MDL-SG, de fecha 20 de diciembre de 2021, y el Informe Técnico Nº 00001-2022-MDL-SG, de fecha 21 de febrero de 2022, ambos de la Secretaria General; el Informe Técnico Nº 00010-2021-MDL-GDH, de fecha 29 de diciembre del 2021, de la Gerencia de Desarrollo Humano; y el Informe N° 069-2022-MDL-GAJ, de fecha 23 de febrero de 2022, la Gerencia de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 194° de la Constitución Política del Perú y su última modi fi catoria de la Ley N° 30305, Ley de Reforma Constitucional, las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local, que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, dispositivo concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, en el artículo 4° de la Constitución Política del Perú, indica que la comunidad y el Estado protegen especialmente al niño, al adolescente, a la madre y al anciano en situación de abandono. También protegen a la familia y promueven el matrimonio. Reconocen estos últimos como institutos naturales y fundamentales de la sociedad; Que, la Ley N° 30364, Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, tiene como objetivo prevenir, erradicar y sancionar toda la forma de violencia producida en el ámbito publico o privado contra las mujeres por su condición de tales, y contra los integrantes del grupo familiar; en especial, cuando se encuentran en situación de vulnerabilidad, por la edad o situación física como las niñas, niños, adolescentes, personas adultas mayores y personas con discapacidad; Que, en el artículo 9° de la Ley N° 30364, establece que las mujeres y los integrantes del grupo familiar tienen derecho a una vida libre de violencia, a ser valorados y educados, a estar libres de toda forma de discriminación, estigmatización y de patrones estereotipados de comportamientos, prácticas sociales y culturales basadas en conceptos de inferioridad y subordinación; Que, en el numeral 14 del artículo 45° de la citada ley, señala que los gobiernos regionales y locales son responsables de formular políticas, regular, dirigir, ejecutar, promover, supervisar y controlar planes, políticas y programas regionales, locales y comunitarios, para sensibilizar, prevenir, detectar y atender toda forma de violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar; Que, mediante Carta N°010-2021-MIMP-AURORA- UPPIFVFS-CEM CIA LINCE-GMCH, de fecha 29 de noviembre de 2021, la responsable de Capacitación y Promoción MIMPV-PROGRAMA NACIONAL AURORA Centro de Emergencia Mujer Comisaría Lince, solicita elevar el pedido sobre formulación, aprobación e implementación de una ordenanza que incorpora charlas de relaciones saludables y democráticas para contribuyentes de matrimonio civil en el marco de la Ley N° 30364, optimizando los recursos e infraestructura disponible y fomentando una cultura de prevención dentro de la población que contribuirá a reducir los índices de violencia; Que, mediante Informe Técnico N° 00001-2022-MDL/ SG, de fecha 20 de diciembre de 2022, la Secretaría General, solicita a la Gerencia de Desarrollo Humano que emita el informe técnico sobre la propuesta de la Ordenanza Que Incorpora Charlas De Relaciones Saludables Y Democráticas Para Contrayentes De Matrimonio Civil En La Jurisdicción De Lince, quien mediante Informe Técnico N° 00010-2021-MDL-GDH de fecha 29 de diciembre de 2021, mani fi esta que luego de la revisión de los actuados considera importante fortalecer la construcción de una sociedad sin violencia, opinando favorablemente, el mismo que toma en consideración la Secretaría General y emite el Informe Técnico N°0001-2022-MDL-SG de fecha 21 de febrero de 2022 emitiendo opinión favorablemente. Estando a lo expuesto y al Informe N° 069-2022-MDL- GAJ, de fecha 23 de febrero de 2022, la Gerencia de Asesoría Jurídica y en uso de las facultades contenidas en el artículo 9°, numeral 8) y artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, con el UNÁNIME de los miembros del Pleno del Concejo Municipal, y con Ia dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE INCORPORA CHARLAS DE RELACIONES SALUDABLES Y DEMOCRÁTICAS PARA CONTRAYENTES DE MATRIMONIO CIVIL EN LA JURISDICCIÓN DE LINCE Artículo 1.- APROBAR, la incorporación de charlas de relaciones saludables y democráticas para los/as contrayentes de matrimonio civil en la jurisdicción de Lince, como una forma de prevención de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar. Artículo 2.- PRECISAR, que la participación de los contrayentes en las charlas de relaciones saludables y democráticas para los/as contrayentes de matrimonio civil, tiene carácter voluntario. Artículo 3- DISPONER, que autoridades políticas, funcionarios/as, servidoras/es y operadores/as; adopten acciones para la implementación y adecuación de su normativa. Artículo 4.- ENCARGAR, a Secretaria General, a través del área del Registro Civil de la Municipalidad, se realice la coordinación e implementación del monitoreo y cumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza. Artículo 5.- ENCARGAR, a la Secretaría General del Concejo Municipal la publicación de la presente ordenanza en el Diario O fi cial el Peruano y en el Portal Institucional de la entidad. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Primera. – Para la realización de las acciones, el área del Registro Civil de la Municipalidad de Lince, articula y coordina con el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP), que es el ente rector en la materia de prevención y atención de la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar, para que en el marco de la articulación realice las charlas de relaciones saludables y democráticas Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.VICENTE AMABLE ESCALANTE Alcalde 2065599-1