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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE MAYO DEL AÑO 2022 (27/05/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 180

TEXTO PAGINA: 175

175 NORMAS LEGALES Viernes 27 de mayo de 2022 El Peruano / CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, establece que las municipalidades son los órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico vigente, de conformidad con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el numeral 9.1 del artículo 9º de la Ley de Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, prescribe que la autonomía política es la facultad de adoptar y concordar las políticas, planes y normas en los asuntos de su competencia, aprobar y expedir sus normas, decidir a través de sus órganos de gobierno y desarrollar las funciones que le son inherentes; Que, la Ley Nº 31433, publicada en el Diario O fi cial “El Peruano” el 06 de marzo de 2022, modi fi ca determinados artículos de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, entre ellos, modi fi ca el numeral 36) del artículo 20º, mediante el cual señala que es una atribución del Alcalde, convocar, bajo responsabilidad, como mínimo a dos audiencias públicas distritales o provinciales, conforme a la circunscripción de gobierno local; Que, asimismo, la citada ley incorpora el artículo 119- A a la Ley Nº 27972, estableciendo que las audiencias públicas constituyen mecanismos de rendición de cuentas cuyo objetivo es dar a conocer la gestión del gobierno local, tanto en los aspectos presupuestales, como también en los referidos a los logros de la gestión y las di fi cultades que impidieron el cumplimiento de compromisos, asimismo, establece que los gobiernos locales realizan como mínimo dos audiencias públicas municipales al año, una en mayo y la otra en setiembre, con la fi nalidad de evaluar la ejecución presupuestal y examinar la perspectiva de la institución con proyección al cierre del año fi scal; Que, el numeral 2) del artículo 36º del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de San Miguel, aprobado mediante la Ordenanza Nº 433/MDSM, de fecha 04 de mayo de 2021, establece que una de las funciones de la O fi cina de Participación Vecinal es: “Proponer, coordinar y ejecutar la política de participación vecinal en el distrito, así también mantener la comunicación permanente con los vecinos en asuntos relacionados con el desarrollo y funcionamiento de la gestión municipal”; Que, en esa línea mediante el informe Nº 028-2022- OPV/MDSM, la O fi cina de Participación Vecinal, sustenta la propuesta de convocar a Audiencia Pública de la Municipalidad Distrital de San Miguel; Que, mediante Informe Nº 147-2022-OAJ/MDSM, la Ofi cina de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente procedente continuar con el trámite de aprobación del decreto de alcaldía que tiene como objeto convocar a Audiencia Pública de la Municipalidad Distrital de San Miguel; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6) del artículo 20º y los artículos 42º y 44º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; SE DECRETA:Artículo 1°.- CONVOCAR a Audiencia Pública de la Municipalidad Distrital de San Miguel, conforme se detalla a continuación: ACTIVIDAD FECHAS Y DESCRIPCIÓN Día y Hora de Audiencia:Martes, 31 de mayo de 2022, a las 16:00 horas Agenda:Audiencia Pública de la Municipalidad Distrital de San Miguel Medio:Presencial- SUM de la Municipalidad Distrital de San Miguel Dirección: Avenida Federico Gallese Taricchi 370Los ciudadanos o representantes de organizaciones privadas o entidades públicas podrán registrar su participación mediante una solicitud, indicando sus datos generales, teléfono de referencia y correo electrónico, presentándolo en la Mesa Virtual de la Municipalidad (www.munisanmiguel.gob.pe) o de manera directa en la Mesa de Partes ubicada en la Av. Federico Gallese Taricchi 370, hasta el día 30 de mayo de 2022. Artículo 2°.- ENCARGAR a la O fi cina de Participación Vecinal el cumplimiento del presente decreto de alcaldía. Artículo 3°.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente decreto en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la O fi cina de Tecnologías de la Información y Comunicaciones su publicación en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de San Miguel (www.munisanmiguel.gob.pe). Regístrese, publíquese y cúmplase.JUAN JOSE GUEVARA BONILLA Alcalde 2071184-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Suprimen el Servicio Exclusivo Certificado Médico Prenupcial del Listado de Procedimientos y Servicios Prestados en Exclusividad y del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad DECRETO DE ALCALDÍA Nº 09-2022-DA/MPC Callao, 23 de mayo del 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO CONSIDERANDO:Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú y el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, en concordancia con su Artículo VIII, establecen que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, mediante Ordenanza Municipal N° 026-2014, se aprobaron los procedimientos y servicios prestados en exclusividad de la Municipalidad Provincial del Callao, así como sus requisitos y costos administrativos, asimismo, mediante Ordenanza Municipal 027-2014 se aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos–TUPA de la Municipalidad Provincial del Callao, los mismos que han sido modi fi cados por la Ordenanza Municipal N° 003-2016, la Ordenanza Municipal 005-2016, la Ordenanza Municipal N° 017-2016, la Ordenanza Municipal N° 022-2016, la Ordenanza Municipal N° 023-2016, la Ordenanza Municipal N° 027-2016, Ordenanza Municipal N° 002-2017, Ordenanza Municipal N° 007-2017, Ordenanza Municipal N° 018-2017, la Ordenanza Municipal N° 019-2017, la Ordenanza Municipal N° 006-2018, la Ordenanza Municipal N° 026-2018, la Ordenanza Municipal N° 006-2019, la Ordenanza Municipal N° 029-2019 y la Ordenanza Municipal N° 010-2020 así como por el Decreto de Alcaldía N° 02-2015-MPC-AL, Decreto de Alcaldía N° 012-2015, Decreto de Alcaldía N° 006-2016, Decreto de Alcaldía N° 014-2016, Decreto de Alcaldía N°