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169 NORMAS LEGALES Viernes 27 de mayo de 2022 El Peruano / 6. Comandante de Compañía de Bomberos Voluntarios “Cosmopolita” 11. 7. Comandante PNP de la Comisaría de San Borja.8. Párroco de la Parroquia Nuestra Señora de la Alegría. 9. Representante de Centro de Salud Todos los Santos San Borja. 10. Representante de Puesto de salud San Juan Masías. 11. Presidenta de Comité de Apoyo Social.12. Promotora de Centro de Emergencia Mujer en Comisaría San Borja. 13. Responsable de Defensoría Municipal de la Niña, Niño y Adolescente. 14. Coordinadora de O fi cina Municipal de Atención a las Personas con Discapacidad. 15. Representante de Unidad de Recreación, Cultura, Educación y Deporte. 16. Presidente de Club Siempre Unidos – CIAM.17. Voluntario de Comunidad Joven.18. Presidente de Mi Pequeño Mercado San Borja.19. Presidente de Junta Vecinal Comunal- Subsector 10 A. 20. Agente Comunitario en Salud. De entidades privadas del distrito que trabajan temas de Salud 21. Director Médico Corporativo de Red de la Clínica Internacional. 22. Representante de Universidad Privada San Juan Bautista. Artículo Tercero.- DISPONER que un plazo no mayor de sesenta (60) días naturales contados a partir del día siguiente de su instalación, el Comité Distrital de Salud de San Borja, apruebe su Reglamento de Funcionamiento Interno. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Red Integrada de Salud de San Borja o a la que haga su veces y a la Coordinación de la Red Integrada de Salud 4 de Lima Centro, brinden apoyo técnico y administrativo al Comité Distrital de Salud de San Borja y de ser el caso remita periódicamente al Consejo Provincial de Salud, la sistematización de sus avances. Artículo Quinto.- DISPONER, la publicación de la presente Ordenanza Municipal de acuerdo a lo prescrito en el artículo 44° de la Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Sexto.- FACULTAR al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones reglamentarias y otras que sean necesarias para el mejor cumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.CARLOS ALBERTO TEJADA NORIEGA Alcalde 2070905-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO FE DE ERRATAS DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004-2022-A/MDSJL Mediante O fi cio N° 019-2022-SG/MDSJ, la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho solicita se publique Fe de Erratas del Decreto de Alcaldía N° 004-2022-A/MDSJL, publicado en la edición del día 26 de mayo del 2022. En el Artículo Primero.-DICE: (…) ACTIVIDAD FECHAS Y DESCRIPCIÓN Día y Hora de Audiencia: Lunes, 31 de mayo de 2022, a las 07:00 horas Agenda:Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho Medio: Plataforma Virtual Zoom (…) DEBE DECIR: (…) ACTIVIDAD FECHAS Y DESCRIPCIÓN Día y Hora de Audiencia: Martes, 31 de mayo de 2022, a las 07:00 horas Agenda:Rendición de Cuentas de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho Medio: Plataforma Virtual Zoom (…) 2071287-1 MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS Regulan horario de abastecimiento, carga y descarga de mercancías en establecimientos comerciales, centro de abastos, materiales para las industrias en general, así como de materiales de construcción, accesorios, acabados y/o similares en obras civiles en el distrito de San Luis ORDENANZA Nº 329-MDSL/C San Luis, 17 de mayo de 2022EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS POR CUANTO: El Concejo Municipal de la Municipalidad Distrital de San Luis, en Sesión Ordinaria de la fecha; Estando en uso de las facultades conferidas en el Inciso 8) del artículo 9º, artículo 39 y 40º, de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y sus modi fi catorias, y de conformidad con lo opinado por la Comisión de Servicio a la Ciudad y Fiscalización, mediante el Dictamen Nº 001-2022-CSCF/MDSL, de fecha 18 de abril de 2022, el Concejo Municipal de San Luis, por MAYORÍA y con dispensa de trámite de aprobación del acta, se aprueba la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA EL HORARIO DE ABASTECIMIENTO, CARGA Y DESCARGA DE MERCANCÍAS EN ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES, CENTRO DE ABASTOS, MATERIALES PARA LAS INDUSTRIAS EN GENERAL, ASÍ COMO DE MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN, ACCESORIOS, ACABADOS Y/O SIMILARES EN OBRAS CIVILES EN EL DISTRITO DE SAN LUIS CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Ámbito de aplicación La presente Ordenanza será de aplicación en la jurisdicción del distrito de San Luis, siendo de estricto cumplimiento para las personas naturales o