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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE OCTUBRE DEL AÑO 2022 (07/10/2022)

CANTIDAD DE PAGINAS: 228

TEXTO PAGINA: 42

42 NORMAS LEGALES Viernes 7 de octubre de 2022 El Peruano / del modelo de cogestión del PNAEQW inicien las convocatorias del Proceso de Compras Electrónico 2023 de acuerdo a su ámbito de cobertura, facultándose a la Unidad de Gestión de Contrataciones y Transferencias de Recursos, realizar las acciones necesarias que conlleven al cumplimiento de esta disposición; Que, la Unidad de Asesoría Jurídica mediante Informe N° D000652-2022-MIDIS/PNAEQW-UAJ, señala que el Manual del Proceso de Compras aprobado para el año 2023, establece disposiciones, lineamientos y procedimientos aplicables a los actos preparatorios, selección de proveedores y la correspondiente ejecución contractual. Con relación a la etapa de los actos preparatorios, el literal b) del sub-numeral 6.1, del numeral 6 del citado Manual del Proceso de Compras, establece que “Las unidades orgánicas de la Sede Central revisan, y de ser el caso, actualizan los documentos técnicos y normativos, así como los requisitos, anexos, formatos y otros documentos que conforman las Bases Estandarizadas del Proceso de Compras, en el marco de sus funciones y competencias, de acuerdo con el cronograma aprobado por la Dirección Ejecutiva” ; Que, se indica en el citado Informe que el literal c) del sub-numeral 6.1 del numeral 6 del Manual del Proceso de Compras, establece que: “La revisión y actualización de las Bases Estandarizadas del Proceso de Compras para la prestación del servicio alimentario del PNAEQW está a cargo de la UGCTR, en coordinación con las unidades orgánicas de la Sede Central y de las Unidades Territoriales, en el marco de sus funciones y competencias.” Así, de acuerdo a lo señalado en el Manual del Proceso de Compras, así como a lo previsto en el Manual de Operaciones vigente, corresponde a la Unidad de Gestión de Contrataciones y Transferencia de Recursos la elaboración del proyecto de Bases Estandarizadas para la Prestación del Servicio Alimentario 2023; Que, en atención a lo señalado en el Informe N° D000652-2022-MIDIS/PNAEQW-UAJ, el proyecto de Bases Estandarizadas del Proceso de Compras Electrónico 2023, modalidad Productos, Anexos y Formatos, para la Prestación del Servicio Alimentario 2023, cumple con de fi nir las reglas de obligatorio cumplimiento por parte de los postores, proveedores, integrantes de los Comités de Compra y personal del PNAEQW, durante el desarrollo del Proceso de Compra y la gestión del servicio alimentario, por lo que resulta viable su aprobación; Con el visado de la Unidad de Supervisión, Monitoreo y Evaluación; la Unidad de Organización de las Prestaciones; la Unidad de Gestión de Contrataciones y Transferencia de Recursos y de la Unidad de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones establecidas en el Decreto Supremo N° 008-2012-MIDIS y sus modi fi catorias, la Resolución Ministerial N° 283-2017-MIDIS, y la Resolución Ministerial N° 081-2019-MIDIS; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar las Bases Estandarizadas del Proceso de Compras Electrónico 2023, modalidad Productos, Anexos y Formatos, para la Prestación del Servicio Alimentario 2023 del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, las mismas que forman parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer que los Comités de Compra, a nivel nacional, puedan iniciar las convocatorias del Proceso de Compras Electrónico 2023 correspondientes a su ámbito de cobertura, conforme al cronograma establecido en el Manual del Proceso de Compras del Modelo de Cogestión para la Prestación del Servicio Alimentario del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma, aprobado mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° D000361-2022-MIDIS/PNAEQW-DE, con código de documento normativo MAN-009-PNAEQW-UGCTR, Versión N° 08. Artículo 3.- Facultar a la Unidad de Gestión de Contrataciones y Transferencia de Recursos, a desarrollar las acciones necesarias que conlleven al cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 4.- Encargar a la Coordinación de Gestión Documentaria y Atención al Ciudadano la noti fi cación de la presente Resolución a las Unidades Territoriales, las Unidades de Asesoramiento, Apoyo y Técnicas del PNAEQW, a través de medios electrónicos. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, debiendo la Unidad de Comunicación e Imagen efectuar la publicación de la presente Resolución, así como de las Bases Estandarizadas del Proceso de Compras Electrónico 2023, modalidad Productos, Anexos y Formatos, para la Prestación del Servicio Alimentario 2023, en el Portal Institucional del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma (https://www.gob.pe/qaliwarma ), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano y su respectiva difusión. Regístrese, comuníquese y publíquese.FREDY HERNAN HINOJOSA ANGULO Director EjecutivoPrograma Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma 2113306-1 ECONOMIA Y FINANZAS Modifican Reglamento de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 344-2018-EF y dictan otras disposiciones DECRETO SUPREMO Nº 234-2022-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo N° 1439, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento, desarrolla el Sistema Nacional de Abastecimiento con la fi nalidad de establecer sus principios, de fi niciones, composición, normas y procedimientos; Que, asimismo, el citado Decreto Legislativo dispone que el mencionado Sistema comprende los siguientes componentes: (i) Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras; (ii) Gestión de Adquisiciones; y, (iii) Administración de Bienes; Que, en relación con el componente de Gestión de Adquisiciones, la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, establece normas orientadas a maximizar el valor de los recursos públicos que se invierten y a promover la actuación bajo el enfoque de gestión por resultados en las contrataciones de bienes, servicios y obras, de tal manera que estas se efectúen en forma oportuna y bajo las mejores condiciones de precio y calidad, permitan el cumplimiento de los fi nes públicos y tengan una repercusión positiva en las condiciones de vida de los ciudadanos; Que, en el marco del perfeccionamiento continuo de las normas del Sistema Nacional de Abastecimiento, resulta necesario modi fi car el Reglamento de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF, con el propósito de establecer disposiciones que faciliten la ejecución del gasto público, propicien la culminación de las obras y simpli fi car la toma de decisiones de los gestores, entre otras; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en el Decreto Legislativo N° 1439, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Abastecimiento; y, en la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado; DECRETA: Artículo 1.- Objeto El presente Decreto Supremo tiene por objeto modi fi car el Reglamento de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones