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85 NORMAS LEGALES Miércoles 19 de octubre de 2022 El Peruano / región Cajamarca la Iniciativa para la Transparencia de Industria Extractiva-EITI, por sus siglas en inglés, con el propósito de obtener información actualizada que cumpla con los requisitos de estándar EITI, proveniente de las transferencias percibidas del gobierno nacional por concepto de canon, derecho de vigencia y pagos de empresas mineras extractivas. Artículo Segundo.- Interés público y necesidad regional Declárase de interés público y necesidad regional la aplicación de prácticas socioculturales y ambientales como el diálogo, concertación, tratos claros y negociación colectiva, respetando los acuerdos con las organizaciones comunitarias, organizaciones indígenas de mujeres, gobiernos locales y centros poblados andinos y amazónicos. Artículo Tercero.- Reglamento Interno, Seguimiento y Monitoreo Dispóngase como mecanismo de planeamiento, la elaboración y aprobación del Reglamento Interno de la Comisión Regional Permanente en un plazo de cuarenta y cinco (45) días hábiles después del acto de instalación. El seguimiento es de carácter secuencial, analiza procesos, veri fi ca la información. El monitoreo se realiza en equipo, evaluando resultados y facilita la resolución de con fl ictos que surgen en el periodo de vigencia de la Comisión Regional Permanente para la Iniciativa de Transparencia de las Industrias Extractivas Artículo Cuarto.- Designación de los miembros integrantes La Comisión Regional Permanente está integrada por representantes del Gobierno Regional de Cajamarca, Consejo Regional, empresas extractivas que operan en la Región Cajamarca y Organizaciones de la Sociedad Civil con presencia en el departamento de Cajamarca. Por el Gobierno Regional de Cajamarca- El Gobernador Regional quien lo preside, o su representante acreditado con Resolución Ejecutiva Regional - Un (1) Consejero Regional de cada una de las provincias donde se extraen los recursos mineros metálicos, designado mediante Acuerdo Regional - Un (1) representante de los Concejos Municipales Distritales donde opera la empresa minera metálica, designado con Resolución Municipal - El Gerente Regional de Planeamiento y Presupuesto y Acondicionamiento Territorial o su representante acreditado mediante norma administrativa - El Director Regional de Energía y Minas del Gobierno Regional de Cajamarca designado con Resolución Ejecutiva de Gerencia General Por la Universidad Nacional de Cajamarca- El Decano de la Facultad de Ingeniería de Minas - El Decano de la Facultad de Ingeniería Geológica Por la Universidad Privada- Representante de la Universidad Privada del NortePor las Empresas Extractivas que operan en la región Cajamarca - Un (1) representante de la Minera Yanacocha S.R.L - Un (1) representante de la Minera Gold Fields La Cima S.A - Un (1) representante Compañía Minera Coimolache S.A - Un (1) representante Minera Shauindo S.A.C . Silver- Un (1) representante Minera la Zanja S.R.L Por la sociedad civil- Un (1) representante de la Cámara de Comercio de Cajamarca- Un (1) representante del Colegio de Ingenieros - Un (1) representante del Colegio de Economistas- Un (1) representante del Colegio de Contadores- Un (1) representante de las ONGs con inscripción vigente en la Agencia Peruana de Cooperación Internacional-APCI y que operan en una de las provincias mineras - Un (1) representante de las Comunidades Nativas e Indígenas de mujeres - Un (1) representante de la Comunidades Campesinas. El Reglamento Interno de la Comisión determina si es necesario, otros representantes y precisa los requisitos de los representantes. Artículo Quinto.- Secretaria Técnica La Comisión Regional Permanente cuenta con una Secretaría Técnica que brinde soporte técnico y legal, responsable de llevar el registro de los acuerdos de la Comisión Regional Permanente, custodia las actas y toda documentación que se genere durante su vigencia. Asume este cargo la Dirección Regional de Energía y Minas. Artículo Sexto.- Financiamiento El fi nanciamiento para el cumplimiento de las funciones y actividades programadas en el Plan de Acción de la Comisión Regional Permanente, proviene de los aportes de las entidades públicas y privadas integrantes de dicha comisión y donaciones de la Cooperación Técnica Internacional-CTI Artículo Sétimo.- Funciones de la Comisión Regional Permanente 1. Promover, elaborar, dirigir y evaluar de manera concertada el Plan de Acción para la implementación de la Iniciativa para la Transparencia de las Industrias Extractivas-EITI. 2. Promover y difundir ante la ciudadanía de localidades andinas y amazónicas, de acuerdo a lo dispuesto en la ley del canon, el uso y destino en la programación de proyectos de inversión pública. 3. Elaborar y aprobar los Términos de Referencia para la formulación se los estudios de Transparencia Regional de las Industrias Extractivas- 4. Promover la difusión pública, abierta y comprensible de resultados de los Estudios de transparencia regional. 5. Aprobar su Reglamento Interno que debe contener el régimen de la periodicidad, quórum legal, reglas de votación, aprobación de los acuerdos, sesiones presenciales, sesiones virtuales; la Secretaría de Gestión Pública de la PCM evalúa el funcionamiento de la Comisión, a fi n de determinar su continuidad de carácter permanente. 6. Formular propuestas y recomendaciones sobre las medidas a tomar para la mejora de las acciones de trasparencia en la generación, distribución, y uso de la renta de las industrias extractivas en la región Cajamarca. 7. Constituir Grupos de Trabajo de naturaleza temporal para realizar acopio de información, procesamiento de datos, análisis y presentación de resultados en materia de ingreso por extracción minera. 8. Identi fi car y comprometer nuevas fuentes de fi nanciamiento para el cumplimiento del Plan de Acción- EITI Cajamarca. 9. Coordinar acciones con la Comisión Nacional Multisectorial Permanente. Para el seguimiento y supervisión de la Transparencia en el empleo de los recursos que obtiene el Estado por el desarrollo de las industrias Extractivas mineras presidida por el Ministerio de Energía y Minas Artículo Octavo.- Implementación Encárguese a la Gerencia General Regional, en coordinación con la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento del Territorio la implementación de la Comisión Regional Permanente, en treinta (30) días hábiles de entrada en vigencia la presente norma. Artículo Noveno.- Vigencia La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia el día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano.