NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2022 (26/09/2022)
CANTIDAD DE PAGINAS: 64
TEXTO PAGINA: 56
56 NORMAS LEGALES Lunes 26 de setiembre de 2022 El Peruano / SANJINEZ SALAZAR SÁNCHEZ VILLANUEVAGómez Valverde Secretario General (e) 1 Aprobado con la Resolución N° 0943-2021-JNE, del 14 de diciembre de 2021. 2 Publicada en el diario o fi cial El Peruano el 26 de noviembre de 2021. 3 Aprobado con la Resolución Ministerial N° 010-93-JUS, publicada el 22 de abril de 2021, en el diario o fi cial El Peruano . 4 Aprobado con la Resolución N° 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021, en el diario o fi cial El Peruano. 5 https://declara.jne.gob.pe/Login/Manual 2109214-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ratifican la Ordenanza N° 664-MSS de la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, que establece la tasa por estacionamiento vehicular temporal en zonas urbanas del distrito ACUERDO DE CONCEJO N° 306-2022 Lima, 7 de setiembre de 2022EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMAPOR CUANTO:El Concejo Metropolitano de Lima, en Sesión Ordinaria de la fecha; VISTO:El O fi cio N° D000147-2022-SAT-JEF de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria de Lima – SAT, de fecha 19 de julio de 2022, que remite el expediente de rati fi cación digital de la Ordenanza N° 664-MSS, que establece la tasa por estacionamiento vehicular temporal en zonas urbanas, en el distrito de Santiago de Surco, y; CONSIDERANDO:Que, en los Artículos 74 y 195 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con la Norma IV del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Legislativo N° 816, establecen que gobiernos locales mediante Ordenanza pueden crear, modi fi car y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción, y con los límites que señala la Ley; Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser rati fi cadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción, para su vigencia y exigibilidad; Que, en aplicación de lo normado por la Ordenanza N° 2386-2021, que aprueba el procedimiento de ratifi cación de ordenanzas tributarias distritales en la provincia de Lima, la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco aprobó la Ordenanza objeto de la rati fi cación, remitiéndola conjuntamente con el expediente de ratifi cación digitalizado, que incluye los respectivos informes y documentos sustentatorios, al Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT, con carácter de Declaración Jurada, sujetos a revisión por las entidades competentes y el citado organismo en uso de sus competencias; Que, a través del Informe Nº D000060-2022-SAT- ART de fecha 19 de julio de 2022, el Área Funcional de Rati fi caciones de la Gerencia de Asuntos Jurídicos del Servicio de Administración Tributaria de Lima – SAT, opinó favorablemente respecto a la rati fi cación solicitada, por cumplir con los requisitos exigidos y las normas aplicables, de conformidad con la Ordenanza Nº 2386, la Ordenanza N° 739 y modi fi catorias; y, las Directivas Nº 001-006-00000028 y N° 001-006-00000015 publicadas el 18 de mayo de 2019 y 30 de junio de 2011, respectivamente; debiéndose efectuar las publicaciones pertinentes en el Diario O fi cial El Peruano y en el portal institucional; Que, la prestación del servicio se efectuará en un total de 2,123 espacios, de lunes a domingo, en el horario establecido en el Artículo 10° de la Ordenanza Nº 664-MSS, con la tasa de S/ 0.50 por 30 minutos y los ingresos que la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco proyecta percibir, producto de la aplicación de la tasa de estacionamiento vehicular, fi nanciarán el 81.81% de los costos por la prestación del servicio, y la diferencia será cubierta con otros ingresos que perciba la citada municipalidad; Estando a lo señalado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas según los Artículos 9 y 41 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y de conformidad con lo opinado por el Servicio de Administración Tributaria de Lima – SAT, por la Gerencia de Movilidad Urbana en su O fi cio N° D000509- 2022-MML-GMU-SIT y por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización, en su Dictamen N° 033-2022-MML/CMAEO de fecha 4 de agosto de 2022; el Concejo Metropolitano de Lima, por MAYORÍA y con dispensa del trámite de aprobación del acta; ACORDÓ:Artículo 1.- Ratifi car la Ordenanza Nº 664-MSS de la Municipalidad Distrital de Santiago de Surco, que establece la tasa por estacionamiento vehicular temporal en zonas urbanas en el referido distrito, cuyo servicio se prestará en 2,123 espacios, de lunes a domingo, en el horario establecido en el Artículo 10° de la Ordenanza Nº 664-MSS, con la tasa de S/ 0.50 por 30 minutos del servicio. Artículo 2.- El presente Acuerdo rati fi catorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicación, así como del texto íntegro de la Ordenanza ratifi cada, en especial de los anexos que contienen los cuadros de estructura de costos, de estimación de ingresos, la cantidad de espacios habilitados y el horario de la prestación del servicio. La aplicación de la Ordenanza, materia de la presente rati fi cación, sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la mencionada Municipalidad Distrital. Artículo 3.- Encargar al Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT que posterior al cumplimiento del citado requisito de publicación, efectúe, a través de su página web (www.sat.gob.pe) la publicación del presente Acuerdo. Artículo 4.- Encargar a la Subgerencia de Gobierno Digital e Innovación la publicación del presente Acuerdo en el Portal Institucional (www.munlima.gob.pe). POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase. MIGUEL EUGENIO ROMERO SOTELO Alcalde 2108664-1