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67 NORMAS LEGALES Miércoles 19 de abril de 2023 El Peruano / 3 Aprobado por la Resolución Nº 0920-2021-JNE, publicada en el diario o fi cial El Peruano , el 26 de noviembre de 2021. 4 Aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 5 En: <https://sije.jne.gob.pe/Fiscalizacion/Consultas/Sunarp>. 6 En: <https://www.sunarp.gob.pe/serviciosenlinea/portal/servicios-de- publicidad-registral>. 7 Cabe precisar que dicha partida registral adicional no se veri fi ca en la información obtenida de la “Consulta Sunarp” en el Sistema Integrado Jurisdiccional de Expedientes (SIJE), detallada en el considerando 2.9. de la presente resolución. 8 En: <https://sije.jne.gob.pe/Declara/HojaVida/HvResumen>. 9 En: <https://plataformaelectoral.jne.gob.pe/candidatos/busqueda/buscar>. 2170038-1 MINISTERIO PÚBLICO Nombran Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lambayeque RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 889-2023-MP-FN Lima, 18 de abril de 2023 VISTO Y CONSIDERANDO:Que, con o fi cio Nº 1200-2023-MP-FN-OCE-FEDTID, cursado por el abogado Daniel Alberto Jara Espinoza, Jefe de la O fi cina de Coordinación y Enlace de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Trá fi co Ilícito de Drogas, se eleva la propuesta para cubrir la plaza de Fiscal Adjunto Provincial, para el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Trá fi co Ilícito de Drogas - Sede Chiclayo, la misma que, a la fecha, se encuentra vacante, solicitando que el personal fi scal que se nombre sea destacado al Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Trá fi co Ilícito de Drogas - Sede Juliaca, por necesidad de servicio. Que, el numeral 3 del artículo 65° del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por Ley Nº 31718, señala que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, como son el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. Asimismo, según el numeral 4 del citado artículo la Fiscalía de la Nación tiene entre sus atribuciones la designación, según corresponda, de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo o plaza especí fi ca sobre la base del desempeño, experiencia y otros. Que, según el numeral 64.2 de la ley Nº 30483, también modi fi cada mediante Ley Nº 31718, establece que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. Así, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que, la “suplencia o provisionalidad como tal, constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; ello se complementa con el fundamento de que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150° y 154° de la Constitución Política del Perú; por lo cual la provisionalidad de los fi scales tiene naturaleza temporal. Que, la Fiscal de la Nación como titular de la institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal, se hace oportuno en mérito al marco normativo señalado y previa veri fi cación de los requisitos de ley, nombrar y designar al fi scal que ocupe provisionalmente el cargo mencionado en el primer párrafo, nombramiento y designación que tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 30 de junio de 2023, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65° del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por la Ley N.º 31718. SE RESUELVE:Artículo Primero .- Nombrar a la abogada Rocio Calanchi Palma, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lambayeque, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Trá fi co Ilícito de Drogas - Sede Chiclayo, y destacándola para que preste apoyo en el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Trá fi co Ilícito de Drogas - Sede Juliaca. Artículo Segundo .- Disponer que el nombramiento y designación señalados en el artículo precedente, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 30 de junio de 2023, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Artículo Tercero .- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Lambayeque y Puno, Coordinador del Despacho del Fiscal de la Nación, ante la Sección de Asuntos Antinarcóticos y Aplicación de la Ley (SAAL) y DEA de la Embajada de los Estados Unidos de Norteamérica y demás organismos vinculados en la lucha contra el Trá fi co Ilícito de drogas y delitos conexos, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano y a la fi scal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2170286-1 Nombran Fiscal Adjunta Provincial Provisional Transitoria del Distrito Fiscal de Ucayali RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 890-2023-MP-FN Lima, 18 de abril de 2023 VISTO Y CONSIDERANDO:Que, con o fi cio Nº 1382-2023-MP-FN-OCE-FEDTID, cursado por el abogado Daniel Alberto Jara Espinoza, Jefe de la O fi cina de Coordinación y Enlace de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Trá fi co Ilícito de Drogas, se eleva la propuesta para cubrir la plaza de Fiscal Adjunto Provincial Transitorio, para el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Trá fi co Ilícito de Drogas – Sede Pucallpa, la misma que, a la fecha, se encuentra vacante, solicitando que el personal fi scal que se nombre sea destacado al Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Trá fi co Ilícito de Drogas - Sede Tumbes, por necesidad de servicio. Que, el numeral 3 del artículo 65° del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por Ley Nº 31718, señala que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios