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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE ABRIL DEL AÑO 2023 (23/04/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 82

TEXTO PAGINA: 68

68 NORMAS LEGALES Domingo 23 de abril de 2023 El Peruano / De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 26702 y sus modi fi catorias – Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y, en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de esta Superintendencia aprobado por Resolución SBS N° 1678-2018; RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar la inscripción del señor Emilio Eduardo Otero Antón, con matrícula número N-5113, en el Registro, Sección III De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 1.- Corredores de Seguros Generales, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS ENRIQUE MELGAR ROMARIONI Secretario General 2168096-1 Autorizan inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas RESOLUCIÓN SBS N° 01308-2023 Lima, 13 de abril de 2023EL SECRETARIO GENERAL VISTA:La solicitud presentada por el señor Rolando Hipólito Soto Vela para que se autorice su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas (Registro): Sección IV De los Auxiliares de Seguros: A. Personas Naturales punto 1.- Ajustadores de Siniestros de Seguros Generales y punto 2.- Ajustadores de Siniestros de Seguros Marítimos; y, CONSIDERANDO:Que, el Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas aprobado mediante Resolución SBS N° 808-2019, establece los requisitos formales para la inscripción en el Registro; Que, la Secretaría Técnica ha considerado pertinente aceptar la inscripción del señor Rolando Hipólito Soto Vela, postulante a Ajustador de Siniestros de Seguros Generales y Ajustador de Siniestros de Seguros Marítimos - persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro, aprobado mediante Resolución S.B.S N° 3814-2018 de fecha 02 de octubre de 2018; Que, habiéndose cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las citadas normas administrativas; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 26702 y sus modi fi catorias – Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y, en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de esta Superintendencia aprobado por Resolución SBS N° 1678- 2018;RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la inscripción del señor Rolando Hipólito Soto Vela, con matrícula número AN-404, en el Registro, Sección IV De los Auxiliares de Seguros: A. Personas Naturales punto 1.- Ajustadores de Siniestros de Seguros Generales y punto 2.- Ajustadores de Siniestros de Seguros Marítimos, a cargo de esta Superintendencia. Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS ENRIQUE MELGAR ROMARIONI Secretario General 2169863-1 Disponen inscripción de la Asociación de Fondos Contra Accidente de Tránsito Región Centro - AFOCAT REGIÓN CENTRO, en el Registro de las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito RESOLUCIÓN SBS N° 01374-2023 Lima, 19 de abril de 2023EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROSVISTA:La solicitud de inscripción en el Registro de las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito (Registro AFOCAT), presentada por la Asociación de Fondos Contra Accidente de Tránsito Región Centro – AFOCAT REGIÓN CENTRO (la AFOCAT) e ingresada con Expediente N° 2020-42011 el 11.08.2020, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Supervisión de las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito y de Funcionamiento de la Central de Riesgos de Siniestralidad derivada de Accidentes de Tránsito, aprobado mediante Decreto Supremo N° 040-2006-MTC y sus modi fi catorias (Reglamento AFOCAT); el Reglamento de Acceso y Mantenimiento de inscripción en el Registro de las Asociaciones de Fondos Regionales o provinciales contra Accidentes de Tránsito aprobado mediante Resolución SBS N° 5624-2019 (Reglamento de Registro); y, el Procedimiento N° 118 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de esta Superintendencia, aprobado por la Resolución SBS N° 1678-2018, y sus modi fi catorias, y, CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 87 de la Constitución Política del Perú, corresponde a esta Superintendencia ejercer el control de las empresas bancarias, de seguros, de las demás que reciben depósitos del público y de aquellas otras que, por realizar operaciones conexas o similares, determine la ley; Que, en ese sentido, mediante el Decreto Legislativo N° 1051, publicado en el Diario O fi cial El Peruano el 27/06/2008, se modi fi có la Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, Ley N° 27181 y sus modi fi catorias, trans fi riendo a esta Superintendencia las facultades de regular, supervisar, fi scalizar y controlar a las Asociaciones de Fondos Regionales o Provinciales contra Accidentes de Tránsito (AFOCAT); asimismo, mediante Decreto Supremo N° 039-2008-MTC, se modi fi có el Reglamento AFOCAT, habilitando a este órgano de supervisión y control a autorizar la inscripción de las AFOCAT en el Registro AFOCAT;