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67 NORMAS LEGALES Domingo 23 de abril de 2023 El Peruano / VISTOS: El Memorando Nº 000219-2023/SGEN/RENIEC (21ABR2023), de la Secretaría General y la Hoja de Elevación Nº 000118-2023/OPH/RENIEC (21ABR2023), de la O fi cina de Potencial Humano, y; CONSIDERANDO:Que, el Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, es un organismo constitucionalmente autónomo, con personería jurídica de derecho público interno y goza de atribuciones en materia registral, técnica, administrativa, económica y fi nanciera, conforme lo dispone el artículo 1º de la Ley Nº 26497- Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil; Que, el artículo 11º de la mencionada Ley, establece que el Jefe Nacional es la máxima autoridad de la institución, siendo su facultad designar y remover a los funcionarios que ocupan los cargos de con fi anza; Que, el numeral 2) del artículo 4º de la Ley Nº 28175 – Ley Marco del Empleo Público, señala que el cargo de confi anza es de libre designación y remoción; Que, el literal a) del numeral 8.1 del artículo 8º de la Ley Nº 31638 - Ley que aprueba el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, faculta la designación en cargos de con fi anza conforme a los documentos de gestión de la entidad; Que, en el Cuadro para Asignación de Personal – CAP Provisional del RENIEC, aprobado con Resolución Jefatural Nº 000199-2021/JNAC/RENIEC (30OCT2021), cuyas actualizaciones correspondientes al año 2022 fueron formalizadas con Resolución Secretarial Nº 000148-2022/SGEN/RENIEC (30DIC2022) y la primera actualización del año 2023 a través de la Resolución de Ofi cina Nº 000075-2023/OPH/RENIEC (03MAR2023), se ha considerado el cargo de con fi anza de Jefe de la Unidad de Relaciones Laborales de la O fi cina de Potencial Humano del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil; Que, el cargo señalado en el párrafo anterior se encuentra debidamente financiado en el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, aprobado con Resolución Jefatural Nº 000031-2022/JNAC/RENIEC (27FEB2022); Que, a través del Memorando de Vistos, la Secretaría General requiere designar al responsable de conducir la Unidad de Relaciones Laborales de la O fi cina de Potencial Humano del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, previa evaluación de la O fi cina de Potencial Humano; Que, mediante el Informe Nº 000150-2023/OPH/ UGP/RENIEC (21ABR2023), la Unidad de Gestión de Personal de la O fi cina de Potencial Humano informa que el señor SERGIO SALGUERO AGUILAR, profesional propuesto para ocupar el cargo de con fi anza de Jefe de la Unidad de Relaciones Laborales de la O fi cina de Potencial Humano del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, cumple con los requisitos mínimos para el cargo, señalados en el Manual de Clasi fi cador de Cargos del RENIEC, aprobado con Resolución Secretarial Nº000057-2022/SGEN/RENIEC (17JUN2022) y su modi fi catoria; Que, en consecuencia, resulta pertinente la designación del señor SERGIO SALGUERO AGUILAR en el cargo de Jefe de la Unidad de Relaciones Laborales de la O fi cina de Potencial Humano del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, cargo considerado de confi anza en el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) Provisional del RENIEC; y, Estando a las atribuciones conferidas en la Ley Nº 26497 – Ley Orgánica del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, el Reglamento de Organización y Funciones del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 086-2021/JNAC/RENIEC (04MAY2021) y su modi fi catoria; y, de conformidad a lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 10º del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 014-2012-JUS; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DESIGNAR, a partir del 24 de abril de 2023, al señor SERGIO SALGUERO AGUILAR en el cargo de Jefe de la Unidad de Relaciones Laborales de la O fi cina de Potencial Humano del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, cargo considerado de confi anza en el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) Provisional vigente. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución Jefatural a la O fi cina de Potencial Humano. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el portal web institucional del RENIEC (www.reniec.gob.pe). Regístrese, publíquese y cúmplase.CARMEN MILAGROS VELARDE KOECHLIN Jefa Nacional 2171658-1 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan inscripción de persona natural en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas RESOLUCIÓN SBS N° 01186-2023 Lima, 3 de abril de 2023 EL SECRETARIO GENERAL VISTA: La solicitud presentada por el señor Emilio Eduardo Otero Antón para que se autorice su inscripción en el Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas (Registro): Sección III De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 1.- Corredores de Seguros Generales; y, CONSIDERANDO:Que, el Reglamento del Registro de Intermediarios y Auxiliares de Seguros, Empresas de Reaseguros del Exterior y Actividades de Seguros Transfronterizas aprobado mediante Resolución SBS N° 808-2019, establece los requisitos formales para la inscripción en el Registro; Que, la Secretaría Técnica ha considerado pertinente aceptar la inscripción del señor Emilio Eduardo Otero Antón, postulante a Corredor de Seguros Generales - persona natural, con arreglo a lo dispuesto en el Reglamento del Proceso de Evaluación de los Postulantes al Registro, aprobado mediante Resolución S.B.S. N° 3814-2018 de fecha 02 de octubre de 2018. Que, habiéndose cumplido con los requisitos formales y procedimientos establecidos en las citadas normas administrativas; y,