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100 NORMAS LEGALES Miércoles 26 de abril de 2023 El Peruano / MUNICIPALIDAD DE BARRANCO Ordenanza que regula el procedimiento para la ampliación de autorización en área de uso público para la realización de obras de instalación, ampliación o mantenimiento de infraestructura para prestación de servicios públicos (no vinculados a telecomunicaciones) en el distrito de Barranco ORDENANZA N° 593-2023-MDB Barranco, 29 de marzo del 2023POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de Barranco, en Sesión Ordinaria de la fecha y; VISTOS: El Informe N° 059-2023-SGOPV-GDU-MDB de fecha 23 de marzo del 2023 emitido por la Subgerencia de Obras Públicas y Vial, el Informe N° 031-2023-GDU-MDB de fecha 23 de marzo del 2023 emitido por la Gerencia de Desarrollo Urbano, el Informe N° 163-2023-GAJ- MDB emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorando N° 198-2023-GM-MDB de fecha 28 de marzo del 2023 emitido por la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; asimismo, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que: “Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico”; Que, el artículo 9º, numeral 8) de la Ley 27972, establece que son atribuciones del Concejo Municipal, aprobar, modi fi car o derogar Ordenanzas; Que, el artículo 40° de la precitada Ley, señala que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, el artículo 79° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece las competencias de los gobiernos provinciales y locales en materia de organización del espacio físico y uso del suelo; Que, el inciso 3.2 del numeral 3 del artículo 79° de la Ley N° 27972, señala que son funciones especí fi cas exclusivas de las municipalidades distritales las de autorizar y fi scalizar la ejecución del plan de obras de servicios públicos o privados que afecten o utilicen la vía pública o zonas aéreas, así como sus modi fi caciones; previo cumplimiento de las normas sobre impacto ambiental; Que, el artículo 3° de la Ley N° 30477, Ley que regula la ejecución de obras de servicios públicos autorizadas por las municipalidades en las áreas de dominio público, señala que las empresas públicas, privadas y mixtas prestadoras de servicios públicos están obligadas a solicitar a la municipalidad correspondiente la autorización bajo responsabilidad;Que, las unidades de organización competentes, consideran necesario actualizar la normatividad vigente en el distrito de Barranco, con la fi nalidad de contar con un documento normativo que tenga por objeto establecer el procedimiento para solicitar la ampliación de autorización en área de uso público para la realización de obras de instalación, ampliación o mantenimiento de infraestructura para prestación de servicios públicos (no vinculados a telecomunicaciones) en el distrito de Barranco, a través de la determinación de los órganos, requisitos y plazos para la evaluación y tramitación de las solicitudes presentadas por los contribuyentes; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades contenidas en el numeral 8, del artículo 9°, y artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: Artículo Primero.- APROBAR la Ordenanza que regula EL PROCEDIMIENTO PARA LA AMPLIACIÓN DE AUTORIZACIÓN EN ÁREA DE USO PÚBLICO PARA LA REALIZACIÓN DE OBRAS DE INSTALACIÓN, AMPLIACIÓN O MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA PARA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS (NO VINCULADOS A TELECOMUNICACIONES) EN EL DISTRITO DE BARRANCO, que consta de 10 artículos y 4 disposiciones complementarias y fi nales, que forman parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano, para que a través de la Subgerencia de Obras Públicas y vial; y demás órganos competentes den cumplimiento de la presente ordenanza. Artículo Tercero.- La presente ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo Cuarto.- Facúltese a la señora alcaldesa para que mediante Decreto de Alcaldía pueda dictar normas complementarias a la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano; a la Subgerencia de Sistemas y Tecnologías de la Información la publicación de la ordenanza en la página web de Municipalidad www.munibarranco.gob.pe y en el portal del Estado Peruano www.peru.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíqueseJESSICA ARMIDA VARGAS GOMEZ Alcaldesa ORDENANZA 593-2023-MDB ORDENANZA QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO PARA LA AMPLIACIÓN DE AUTORIZACIÓN EN ÁREA DE USO PÚBLICO PARA LA REALIZACIÓN DE OBRAS DE INSTALACIÓN, AMPLIACIÓN O MANTENIMIENTO DE INFRAESTRUCTURA PARA PRESTACIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS (NO VINCULADOS A TELECOMUNICACIONES) EN EL DISTRITO DE BARRANCO TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I FINALIDAD, ÁMBITO DE APLICACIÓN, OBJETIVOS Y PRINCIPIOS Artículo 1º.- FINALIDAD La presente Ordenanza tiene como fi nalidad establecer el procedimiento para los trámites de ampliación de autorización en área de uso público para la realización de obras de instalación, ampliación o mantenimiento de infraestructura para prestación de servicios públicos (no vinculados a telecomunicaciones) en el distrito de Barranco.