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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE AGOSTO DEL AÑO 2023 (04/08/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 31

31 NORMAS LEGALES Viernes 4 de agosto de 2023 El Peruano / Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC y normas complementarias. Artículo 3.- En virtud de lo establecido en el numeral 39.2 del artículo 39 del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC, la presente Resolución Directoral deberá ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 4.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Artículo 5.- Disponer la noti fi cación de la presente Resolución Directoral en domicilio ubicado en la Av. Tomas Marzano Nº 4250, Urb. Potrero Chama, distrito Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ LUIS QWISTGAARD SUÁREZ Director (e)Dirección de Circulación VialDirección General de Autorizaciones en Transportes 1 Numeral 4.1 del artículo 4 del Reglamento Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2008-MTC que de fi ne a los Centros de Inspección Técnica Vehicular – CITV, como: “Persona jurídica habilitada por la Dirección de Circulación Vial de la Dirección General de Autorizaciones en Transportes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para realizar las Inspecciones Técnicas Vehiculares”. 2201046-1 Aprueban el texto de la Norma Técnica Complementaria NTC-005-2013 – “Servicios Médicos en los Aeródromos” Revisión 001 RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 0596-2023-MTC/12 Lima, 4 de julio de 2023 VISTO: el Informe Nº 0372-2023-MTC/12.08 de la Dirección de Regulación, Promoción y Desarrollo Aeronáutico: CONSIDERANDO:Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones es la entidad encargada de ejercer la Autoridad Aeronáutica Civil del Perú, siendo competente para aprobar y modi fi car entre otros, las directivas técnicas, conforme lo señala el literal c) del artículo 9 de la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú; Que, el artículo 2 del Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 050-2001-MTC, señala que los aspectos de orden técnico y operativo que regulan las actividades aeronáuticas civiles se rigen, entre otras, por las normas técnicas complementarias; Que, con Resolución Directoral N° 410-2013-MTC/12, del 08 de agosto de 2013, se aprobó la Norma Técnica Complementaria “Servicios Médicos en los Aeródromos”, la cual ha sido objeto de un proceso de elaboración normativa para su modi fi cación; Que, los artículos 13 y 14 del Decreto Supremo N° 001-2019-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, prescriben que las entidades públicas difundirán las normas legales de carácter general que sean de su competencia, a través de sus respectivos Portales Electrónicos, revistas institucionales y en general, en todos aquellos medios que hagan posible la difusión colectiva por un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia; Que, en cumplimiento de la referida norma, mediante Resolución Directoral N° 0271-2023-MTC/12, del 13 de abril de 2023, se aprobó la difusión a través de la Plataforma Digital Única del Estado Peruano, del texto del proyecto de modi fi cación de la Norma Técnica Complementaria NTC-005-2013 – “Servicios Médicos en los Aeródromos”, que pasará a ser Revisión 001, no recibiéndose comentarios, de acuerdo a lo señalado en el Memorando N° 0888-2023-MTC/12.08 de la Dirección de Regulación, Promoción y Desarrollo Aeronáutico; Que, la modi fi cación de la norma estriba en la necesidad de compatibilizar nuestras regulaciones con los estándares nacionales e internacionales, principalmente los establecidos en la Ley N° 26842 Ley General de Salud y sus modi fi catorias, entre otras normas nacionales y el Reglamento Sanitario Internacional (RSI) (2005), los Anexos 9 y Anexo 14 al Convenio sobre Aviación Civil Internacional y la armonización con la RAP 11 y la RAP 314; Que, el texto del dispositivo cuenta con la validación y conformidad de la Dirección de Seguridad Aeronáutica, la Dirección de Certi fi caciones y Autorizaciones y la Dirección de Regulación, Promoción y Desarrollo Aeronáutico a través de Memorando N° 0797-2023-MTC/12.04, Memorando N° 0475-2023-MTC/12.07 e Informe N° 0372-2023-MTC/12.08; respectivamente y la opinión del área legal otorgada a través del Memorando N° 1193-2023-MTC/12.00.03; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS y estando a lo opinado por la Dirección de Regulación, Promoción y Desarrollo Aeronáutico; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar el texto de la Norma Técnica Complementaria NTC-005-2013 – “Servicios Médicos en los Aeródromos” Revisión 001, el cual forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución Directoral N° 410-2013-MTC/12, del 8 de agosto de 2013. Regístrese, comuníquese y publíquese.DONALD HILDEBRANDO IVÁN CASTILLO GALLEGOSDirector General de Aeronáutica Civil 2201372-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA Resolución de Consejo Directivo que modifica el Reglamento del Sistema de Notificación Electrónica de Osinergmin RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 141-2023-OS/CD Lima, 3 de agosto del 2023VISTO: El Memorando GAJ-167-2023, mediante el cual la Gerencia de Asesoría Jurídica remite la propuesta normativa;