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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE AGOSTO DEL AÑO 2023 (23/08/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 53

53 NORMAS LEGALES Miércoles 23 de agosto de 2023 El Peruano / para llevar a cabo las actividades de manejo poblacional humanitario de perros y gatos. Estos costos incluyen la operación quirúrgica y los cuidados postoperatorios adecuados. Esto signi fi ca tener un margen de ganancias igual a cero. - Precio humanitario: Monto monetario menor al precio costo de las actividades de manejo poblacional humanitario de perros y gatos, a través de estrategias de cofi nanciamiento público y/o privado. - Programas de esterilización: Son actividades públicas de carácter permanente relacionadas con la esterilización, que se brindan en el horario regular de atención al público. Requieren de ambiente adecuado, mobiliario, instrumental, equipos e insumos; supervisado por un profesional Médico Veterinario colegiado y habilitado. - Protocolo de captura y traslado del perro y gato: Son las pautas técnicas que debe cumplir el capturador para evitar que el animal le cause un daño y el mismo animal sufra daños. Se aplican técnicas y herramientas califi cadas que garantizan una inmovilización del animal para su correcto traslado al Centro Médico Veterinario fi jo o de campaña. - Protocolo de retorno del perro y gato al lugar de captura: Son las pautas técnicas que debe cumplir el Médico Veterinario y sus colaboradores, en conjunto con el capturador, para evitar que el animal cause un daño a personas y el mismo animal sufra daños que afecten la operación recientemente realizada en él. Garantiza la salud del animal y la seguridad de los que tienen el objetivo de regresarlo a su lugar de captura. - Registro Municipal de perros y gatos: Sistema de identi fi cación administrativa de forma completa, clara y legible para perros y gatos, implementado y actualizado de manera permanente por los gobiernos locales con datos su fi cientes que le permitan a la autoridad actuar en bene fi cio de ellos. - Reproducción no plani fi cada: Actos de apareamiento que generan reproducción, a partir de la falta de previsión o cuidado del tenedor o propietario, o la que se da entre animales comunitarios o ferales. - Sospecha de rabia o caso probable de rabia: Perro con cambio de conducta que se esconde en lugares oscuros o muestra intranquilidad, posteriormente se torna agresivo, con tendencias a morder objetos y todo lo que se mueve; presenta sialorrea, alteración del ladrido por parálisis de los músculos laríngeos y cuerdas bucales, el animal tiende a fugar de su domicilio, luego sobreviene la incoordinación muscular, parálisis de las extremidades posteriores y muerte. Con tiempo de enfermedad no mayor a 10 días. En ciertas ocasiones el cuadro clínico no muestra síntomas de parálisis y muerte. - Tenencia y convivencia responsable de animales de compañía: Conjunto de obligaciones que contrae una persona cuando decide aceptar y mantener un animal de compañía y que consisten, entre otras, en proporcionarle alimento, albergue y buen trato, brindarle los cuidados indispensables para su debido bienestar y no someterlo a sufrimientos evitables. - Veterinarias Municipales (Centro Veterinario Municipal): Servicios veterinarios que brindan los gobiernos locales conducentes a promover la salud pública, la esterilización de estos animales y la atención de cuidados básicos que ellos requieran (vacunaciones y desparasitaciones). - Zoonosis: Cualquier enfermedad y/o infección que es naturalmente transmisible desde animales vertebrados al hombre. TÍTULO II ESTERILIZACIÓN COMO COMPONENTE DE LA POLÍTICA NACIONAL DE SALUD PÚBLICA CAPÍTULO I ALCANCES DE LA ESTERILIZACIÓN Artículo 4.- De los alcances La esterilización de perros y gatos forma parte de la tenencia responsable de estos animales, y busca evitar problemas de sobrepoblaciones y abandonos. La esterilización es un componente de la política nacional de salud pública y se establece como el método principal en los programas de salud para el control del crecimiento poblacional de perros y gatos. La esterilización es complementaria a la vacunación en los programas de prevención y control de las enfermedades zoonóticas y metaxénicas generadas por estos animales en el territorio nacional. Artículo 5.- Promoción de la esterilización El Ministerio de Salud, a través de la Dirección General de Intervenciones Estratégicas en Salud Pública, incluye entre sus estrategias, en el marco de la tenencia y convivencia responsable de perros y gatos, el control de la población de estos, promoviendo a través de los gobiernos locales la ejecución de la esterilización, para lo cual toma en cuenta las características socioculturales particulares de cada grupo poblacional y de las localidades donde se decida intervenir para ejecutar esa estrategia. Artículo 6.- Priorización de la implementación de la esterilización La implementación de la esterilización se prioriza en las zonas geográ fi cas donde: a) Se noti fi can casos de rabia urbana canina. b) Se identi fi can distritos en situación de pobreza y pobreza extrema. c) Se evidencia mayor densidad de perros y gatos abandonados, sin hogar, comunitarios y ferales. d) Se registran índices altos de accidentes de mordedura a personas. e) Se identi fi can zonas que han sido declaradas en estado de emergencia por desastre natural. Artículo 7.- Del profesional responsable de ejecutar la esterilización El procedimiento de esterilización de perros y gatos es ejecutado por un Médico Veterinario colegiado y habilitado para ejercer la profesión. CAPÍTULO II FINANCIAMIENTO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LAS ACTIVIDADES DE ESTERILIZACIÓN Artículo 8.- Financiamiento Los gastos que se generen producto de la implementación del presente Reglamento en cuanto al manejo poblacional humanitario de perros y gatos, mediante la implementación de la esterilización masiva, se fi nancian a partir de la gestión del presupuesto según las prioridades del Sector Salud, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales. TÍTULO III MANEJO POBLACIONAL HUMANITARIO DE LOS PERROS Y GATOS CAPÍTULO I CONVIVENCIA Y LA TENENCIA RESPONSABLE DE LOS ANIMALES DE COMPAÑÍA Artículo 9.- Identi fi cación y registro de perros y gatos El procedimiento de identi fi cación y registro de perros y gatos puede ser: a) Mediante marcaciones externas (consistentes en aretado y/o marcación quirúrgica en el pabellón auricular derecho en perros, y marcación quirúrgica en el pabellón auricular derecho en gatos). Se ejecuta de manera obligatoria en perros y gatos comunitarios, ferales y sin tenedor o propietario. b) Mediante la implantación interna de un microchip. Esta implantación no es obligatoria, y la fi nancia el tenedor o propietario del animal que lo haya solicitado. El dispositivo electrónico o microchip debe ser aplicado por un Médico Veterinario. c) Los gobiernos locales implementan un sistema de control e identi fi cación digital, como el registro e