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69 NORMAS LEGALES Miércoles 23 de agosto de 2023 El Peruano / Procesal Penal, Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia Áncash; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 2207552-1 Amplían el cierre de turno del 1º Juzgado Constitucional de la Provincia y Corte Superior de Justicia de Arequipa, disponen medidas administrativas en diversas Cortes Superiores de Justicia y dictan otras disposiciones Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 000349-2023-CE-PJ Lima, 21 de agosto del 2023VISTO: El O fi cio Nº 781-2023-OPJ-CNPJ-CE-PJ, que adjunta el Informe Nº 46-2023-OPJ-CNPJ-CE-PJ, del jefe de la O fi cina de Productividad Judicial, respecto a las propuestas de ampliación de plazo de funcionamiento de órganos jurisdiccionales permanentes con vencimiento al 31 de agosto de 2023, y otros aspectos. CONSIDERANDO:Primero. Que, por Resolución Administrativa Nº 263-2023-CE-PJ de fecha 3 de julio de 2023, se dispuso ampliar el cierre de turno del 1º, 3º y 15º Juzgados Contenciosos Administrativos de la Corte Superior de Justicia de Lima, hasta el 31 de agosto de 2023. Segundo. Que, por Resolución Administrativa Nº 200-2023-CE-PJ del 30 de mayo de 2023, se dispuso a partir del día siguiente de implementado el 2º Juzgado Constitucional de la Provincia y Corte Superior de Justicia de Arequipa, el cierre de turno del 1º Juzgado Constitucional de la referida provincia y Corte Superior de Justicia. Tercero. Que, por O fi cio Nº 781-2023-OPJ-CNPJ-CE- PJ, el jefe de la O fi cina de Productividad Judicial elevó a la Presidencia de este Órgano de Gobierno el Informe Nº 46-2023-OPJ-CNPJ-CE-PJ, a través del cual informó lo siguiente: a) Mediante O fi cio Nº 1176-2023-P-CSJAR-PJ, el presidente de la Corte Superior de Justicia de Arequipa solicitó el cierre de turno del 1º Juzgado Constitucional de la Provincia de Arequipa; al respecto, el referido juzgado constitucional, el cual atiende con turno cerrado, estimaría para fi nes del presente año una carga procesal de 1,060 expedientes, cifra que al fl uctuar entre la carga mínima y máxima de 1,014 y 1,326 establecida para un juzgado constitucional, se encontraría en una condición de carga estándar, por lo que al poder tramitar adecuadamente su carga procesal, es recomendable ampliar el cierre de turno por un periodo de cuatro meses. b) Mediante O fi cio Nº 574-2023-P-CSJLI-PJ, la presidenta de la Corte Superior de Justicia de Lima solicitó la ampliación del cierre de turno del 1º y 15º Juzgados Contenciosos Administrativos por un periodo de tres meses y del 3º Juzgado Contencioso Administrativo por un periodo de un mes; al respecto, al mes de junio de 2023 el 1º, 3º y 15º Juzgados Contenciosos Administrativos presentaron una carga pendiente promedio de 712 expedientes, superior al promedio de 445 que presentaron el 2º, 4º, 5º, 6º, 7º, 8º, 9º, 10º, 11º, 12º, 13º, 14º, 16º y 17º Juzgados Contenciosos Administrativos; sin embargo, si se cerrase por dos meses más el turno del 3º Juzgado Contencioso Administrativo y por 4 meses más al 1º y 15º Juzgados Contenciosos Administrativos, la carga pendiente promedio a fi nes de año de estos tres juzgados sería de 448 expedientes, equiparándose con los 476 que presentarían sus homólogos; por lo que es recomendable ampliar el cierre de turno del 1º y 15º Juzgados Contenciosos Administrativos por un periodo de cuatro meses y del 3º Juzgado Contencioso por el periodo de dos meses; y, que la presidenta de la referida Corte Superior de Justicia adopte las acciones pertinentes para elevar el nivel resolutivo del 2º Juzgado Contencioso Administrativo, por haber obtenido al mes de junio de 2023 un avance de meta del 36%, porcentaje mucho menor al avance ideal de 46%, que debió presentar en dicho mes. c) Mediante O fi cio Nº 184-2023-P-CSJPA-PJ, la presidencia de la Corte Superior de Justicia de Pasco solicitó la creación de un juzgado de familia subespecializado en Violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar; al respecto, durante el año 2022, los ingresos de expedientes en etapa de trámite en los procesos de violencia familiar en las Provincias de Daniel Alcides Carrión y Pasco, han sido de 183 y 949 expedientes, respectivamente, lo que hace un total anual de 1,032 expedientes, el cual es casi la mitad del estándar de 2,000 expedientes anuales establecido para un juzgado de dicha subespecialidad. d) Mediante O fi cio Nº 635-2023-P-CSJSM-PJ, el presidente de la Corte Superior de Justicia de San Martín solicitó abrir el turno del 2º Juzgado Civil Permanente del Distrito de Yurimaguas, Provincia de Alto Amazonas, así como la redistribución de expedientes del 1º Juzgado Civil del referido distrito hacia el 2º Juzgado Civil de Yurimaguas; al respecto, el 1º Juzgado Civil Permanente del referido distrito, al mes de junio de 2023 presenta una carga pendiente de 343 expedientes, de los cuales 217 son de la subespecialidad civil-civil, a diferencia de los 221 que presentó el 2º Juzgado Civil Permanente del referido distrito; sin embargo, si este 1º Juzgado Civil redistribuyera 150 expedientes al 2º Juzgado Civil, estas cargas pendientes se equipararían al ser aproximadamente 184 y 191 expedientes; razón por la cual se considera recomendable abrir el turno del 2º Juzgado Civil Permanente del Distrito de Yurimaguas, Provincia de Alto Amazonas, para el ingreso de expedientes de la especialidad civil; y que el 1º Juzgado Civil Permanente del referido distrito y provincia remita la cantidad de 150 expedientes en etapa de trámite de la subespecialidad civil-civil al 2º Juzgado Civil Permanente del Distrito de Yurimaguas. e) Mediante el O fi cio Nº 561-2023-P-CSJSM-PJ el presidente de la Corte Superior de Justicia de San Martín solicitó la creación de un segundo juzgado de paz letrado mixto en el Distrito de Yurimaguas, Provincia de Alto Amazonas, para que realice labor de itinerancia hacia los Distritos de Balsa Puerto, Jeberos, Lagunas, Santa Cruz y Teniente César López Rojas de la referida provincia; al respecto, el Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Yurimaguas estima para fi nes del presente año una carga procesal de 1,739 expedientes, cifra que al fl uctuar entre la carga mínima y máxima de 1,560 y 2,040 expedientes establecidas para dicha especialidad, se encontraría en una condición de carga estándar; razón por la cual, se considera conveniente que la referida Corte Superior de Justicia evalúe e informe al presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial en un plazo no mayor a veinte días calendario, sobre la posibilidad de que el Juzgado de Paz Letrado del Distrito de Yurimaguas, Provincia de Alto Amazonas, realice labor de itinerancia hacia los Distritos de Balsa Puerto, Jeberos, Lagunas, Santa Cruz y Teniente César López Rojas de la referida provincia. f) La presidenta de la Corte Superior de Justicia de la Selva Central mediante O fi cio Nº 140-2023-P-CSJSC-PJ, solicita tomar en cuenta lo indicado por el magistrado del Juzgado de Trabajo Permanente del Distrito y Provincia de Chanchamayo mediante O fi cio Nº 03-2023-JE-JCMA- CSJSC-PJ, por el cual mani fi esta que no considera prudente que el juzgado laboral permanente no tramite los expedientes provenientes del Distrito de Perené, y sí los de Pichanqui, considerando que el Distrito de Perené se encuentra entre los Distritos Chanchamayo y Pichanaqui,