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103 NORMAS LEGALES Sábado 2 de diciembre de 2023 El Peruano / Corte Superior de Justicia de La Libertad - Juzgado Civil Transitorio – HuamachucoCorte Superior de Justicia de Lima- 4° Juzgado Civil Transitorio – Lima - 5° Juzgado Civil Transitorio – Lima- 3° Juzgado de Trabajo Transitorio – Lima - 9° Juzgado de Trabajo Transitorio – Lima- Juzgado de Paz Letrado Transitorio – San Miguel Corte Superior de Justicia de Lima Este- 1° Juzgado de Familia Transitorio – Ate Corte Superior de Justicia de Sullana- Juzgado Civil Transitorio – SullanaHASTA EL 30 DE ABRIL DE 2024 Corte Superior de Justicia de Apurímac- Juzgado de Familia Transitorio Subespecializado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar – Abancay Corte Superior de Justicia de Ica- Juzgado de Familia Transitorio Subespecializado en Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar – Ica Artículo Segundo.- Disponer las siguientes medidas administrativas en la Corte Superior de Justicia de Ancash: 2.1 Desestimar la solicitud de la presidenta de la Corte Superior de Justicia de Ancash, para la asignación de un juzgado mixto transitorio provincia de Bolognesi, en razón del bajo nivel resolutivo del Juzgado Mixto de la provincia de Bolognesi; así como por la situación de subcarga procesal en la que se encuentra. 2.2 Que la Secretaría Técnica de la Unidad del Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, evalué la viabilidad de asignación de un Juzgado Unipersonal en la provincia de Bolognesi, en razón que el 44 % de la carga pendiente del Juzgado Mixto Permanente de dicha provincia corresponde a expedientes penales de la función adicional de juzgado penal unipersonal que tiene dicho juzgado. Artículo Tercero.- Disponer que el Juzgado de Paz Letrado Permanente del distrito de Jacobo Hunter, provincia y Corte Superior de Justicia de Arequipa, redistribuya al Juzgado de Paz Letrado Transitorio del mismo distrito como máximo 180 expedientes en etapa de trámite, a razón de 100 de la subespecialidad de familia-civil y 80 de la especialidad penal (faltas), que no se encuentren expeditos para sentenciar al 31 de diciembre de 2023, no debiendo considerarse en dicha redistribución a aquellos expedientes que se encuentren en etapa de cali fi cación y ejecución, lo cual deberá informarse al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en un plazo no mayor a treinta días calendario. Artículo Cuarto.- Disponer que el presidente de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca, adopte las acciones administrativas para que el Juzgado Civil Transitorio del distrito de Bambamarca mejore su nivel resolutivo debido a que al mes de setiembre de 2023 ha presentado un avance de meta del 66 %, menor al avance ideal del 73 % que corresponde a dicho período. Artículo Quinto.- Disponer las siguientes medidas administrativas en la Corte Superior de Justicia del Callao: 5.1 Que la Sala Laboral Permanente de la provincia del Callao, redistribuya aleatoriamente hacia la Sala Laboral Transitoria de la misma provincia un máximo de 1200 expedientes en etapa de trámite más antiguos a razón de 700 expedientes de la subespecialidad de la Nueva Ley Procesal del Trabajo (NLPT) y 500 expedientes de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP), considerando aquellos expedientes que no tengan vista de causa programada al 31 de diciembre de 2023; así como aquellos a los que se haya programado audiencias de visa de causa con posterioridad al mes de febrero de 2024 y con fecha más lejana, lo cual deberá informarse al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en un plazo no mayor a treinta días calendario. 5.2 Que la presidenta de la Corte Superior de Justicia del Callao adopte las medidas administrativas necesarias para que la Sala Laboral Transitoria mejore su nivel resolutivo, en razón que en el mes de setiembre de 2023 obtuvo un avance de meta del 45 %, menor al avance ideal del 57 % que le correspondía alcanzar en dicho período. 5.3 Que la presidenta de la Corte Superior de Justicia del Callao adopte las medidas administrativas necesarias para que 4° Juzgado de Trabajo Permanente mejore su nivel resolutivo, en razón que en el mes de setiembre de 2023 obtuvo un avance de meta del 49 %, menor al avance ideal del 73 % que le correspondía alcanzar en dicho período. Artículo Sexto.- Disponer las siguientes medidas administrativas en la Corte Superior de Justicia de Huaura: 6.1 Prorrogar, a partir del 1 de diciembre de 2023 hasta el 29 de febrero de 2024, el turno abierto del 1° Juzgado de Trabajo Transitorio del distrito de Huacho, provincia de Huaura, para el ingreso de expedientes de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP). 6.2 Prorrogar, a partir del 1 de diciembre hasta el 29 de febrero de 2024, el turno cerrado del 1° y 2° Juzgados Civiles Permanentes del distrito de Huacho, provincia de Huaura, para recibir expedientes de la subespecialidad contenciosos administrativo laboral y previsional (PCALP). 6.3 Que el presidente de la Corte Superior de Justicia de Huaura adopte las medidas administrativas necesarias para que el 1° Juzgado de Trabajo Transitorio de Huacho, mejore su nivel resolutivo, en razón que en el mes de setiembre de 2023 obtuvo un avance de meta del 60 %, menor al avance ideal del 73 % que le correspondía alcanzar en dicho período. Artículo Sétimo.- Disponer las siguientes medidas administrativas en la Corte Superior de Justicia de La Libertad: 7.1 Que el 1°, 2° y 5° Juzgados de Trabajo Permanentes de la provincia de Trujillo de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, redistribuyan hacia el 2° Juzgado de Trabajo Transitorio de Ejecución, de la misma provincia y Corte Superior, un total de 300 expedientes en etapa de ejecución, a razón de 77, 99 y 124 expedientes cada uno. 7.2 Que el 2° Juzgado de Trabajo de Ejecución, termine de resolver toda la carga pendiente en etapa de trámite, de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP), por el periodo de cinco meses, a partir del 15 noviembre de 2023. 7.3 Que el monitoreo y seguimiento de expedientes en etapa de ejecución de mayor antigüedad; y, de la carga procesal y expedientes resueltos en etapa de trámite y ejecución del 2° Juzgado de Trabajo Transitorio de Ejecución sea realizado por el Administrador del Módulo Corporativo Contencioso de los Juzgados de Trabajo de la subespecialidad contencioso administrativo laboral y previsional (PCALP), de la provincia de Trujillo de la Corte Superior de Justicia de La Libertad. 7.4 Que el presidente de la Corte Superior de Justicia de La Libertad adopte las medidas administrativas necesarias para que el 5° Juzgado de Trabajo Permanente mejore su nivel resolutivo, en razón que en el mes de setiembre de 2023 obtuvo un avance de meta del 62 %, porcentaje menor al avance ideal del 73 % que le correspondía alcanzar en dicho período. 7.5 Que el Juzgado Civil Permanente del distrito de Huamachuco redistribuya al Juzgado Civil Transitorio del mismo distrito como máximo 100 expedientes de la subespecialidad civil-civil, 100 de la especialidad de familia (50 de familia-civil y 50 de familia tutelar), 50 de la subespecialidad de la Nueva Ley Procesal del