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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2023 (02/12/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 180

TEXTO PAGINA: 96

96 NORMAS LEGALES Sábado 2 de diciembre de 2023 El Peruano / Permanente y Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del país; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 2241090-1 Aprueban actualización del Reglamento denominado “Funcionamiento de Módulo Corporativo Civil de Litigación Oral” – Versión 002 Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000482-2023-CE-PJ Lima, 24 de noviembre del 2023VISTO:El O fi cio Nº 001400-2023-GG-PJ cursado por la Gerencia General del Poder Judicial, que contiene el Informe Nº 001330-2023-OAL-GG-PJ de la O fi cina de Asesoría Legal, el Memorando Nº 001545-2023-GP-GG-PJ de la Gerencia de Plani fi cación, el Informe Nº 000135-2023-SR-GP-GG-PJ de la Subgerencia de Racionalización, y el O fi cio Nº 000176-2023-P-ETIIOC- PJ del Consejero Responsable del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil. CONSIDERANDO: Primero. Que, mediante Resolución Administrativa Nº 374-2019-CE-PJ, se creó el Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil, encargado de velar por el correcto funcionamiento de cada componente antes, durante y después de la implementación del Modelo de la Oralidad Civil en las diferentes Cortes Superiores de Justicia a nivel nacional. Segundo. Que, por Resolución Administrativa Nº 049-2020-CE-PJ, a propuesta del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil, se aprobó el “Reglamento de Organización y Funciones del Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral”, y el “Manual de Organización y Funciones del Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral – Tipo. Tercero. Que, en el marco de la Directiva Nº 004-2023-CE-PJ, “Disposiciones para el Desarrollo de Documentos Normativos en el Poder Judicial”, aprobada por Resolución Administrativa Nº 247-2023-CE-PJ, a través del Informe Nº 000110-2023-ST-ETIIOC-CE-PJ, el Secretario Técnico del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil, sustentó la propuesta de actualización del proyecto del Reglamento denominado “Funcionamiento de Módulo Corporativo Civil de Litigación Oral”. Cuarto. Que, la Subgerencia de Racionalización de la Gerencia de Plani fi cación de la Gerencia General del Poder Judicial, en el ámbito de sus funciones, señala que el Informe Nº 000110-2023-ST-ETIIOC-CE-PJ, elaborado por el Secretario Técnico del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil, cumple con la estructura del informe de sustentación para la presentación de los proyectos normativos, de acuerdo con lo establecido en el numeral 6.4. de la mencionada Directiva Nº 004-2023-CE-PJ; precisando que luego de la revisión al proyecto normativo propuesto, está acorde con lo dispuesto en el numeral 6.1 de la Directiva; por lo que otorga opinión técnica favorable para continuar con el trámite de aprobación. Quinto. Que, por su parte, la O fi cina de Asesoría Legal de la Gerencia General del Poder Judicial, ha otorgado su conformidad legal a la propuesta, señalando que de la revisión del proyecto de documento normativo, se advierte que tiene por objetivo establecer el funcionamiento de los equipos y órganos jurisdiccionales que integran el Módulo Corporativo Civil de Litigación Oral; el cual será de aplicación para todos los jueces, juezas y personal de apoyo a la función jurisdiccional de las Salas, Juzgados Especializados y Juzgados de Paz Letrado que conformen Módulos Corporativos Civiles de Litigación Oral de las sedes judiciales. Sexto. Que, en ese contexto, la Gerencia General del Poder Judicial mediante O fi cio Nº 001400-2023-GG- PJ, eleva a este Órgano de Gobierno el citado proyecto para su aprobación, el mismo que cuenta con los vistos de la Gerencia de Plani fi cación, Subgerencia de Racionalización y la O fi cina de Asesoría Legal de la Gerencia General del Poder Judicial. Sétimo. Que, el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por lo que siendo así y teniendo en cuenta el propósito de brindar un mejor servicio a la ciudadanía, deviene en pertinente la aprobación del referido documento. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo Nº 1884-2023 de la quincuagésima primera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 15 de noviembre de 2023, realizada con la participación del señor Arévalo Vela, señora Barrios Alvarado, señores Cáceres Valencia y Zavaleta Grández, sin la intervención del señor Bustamante Zegarra por encontrarse de viaje en comisión de servicio; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la actualización del Reglamento denominado “Funcionamiento de Módulo Corporativo Civil de Litigación Oral” – Versión 002. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto el Reglamento de Organización y Funciones del Módulo Civil Corporativo de Litigación Oral” – Versión 001, aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 000049-2020-CE-PJ, emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, y cualquier otra disposición que se oponga a la presente. Artículo Tercero.- Publicar la presente resolución y el documento aprobado en el Portal Institucional del Poder Judicial, para su difusión y cumplimiento. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Oralidad Civil, Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del país, Procuraduría Pública del Poder Judicial, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 2241093-1 Prorrogan funcionamiento de diversos órganos jurisdiccionales transitorios de descarga procesal, y dictan otras disposiciones Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000510-2023-CE-PJ Lima, 1 de diciembre del 2023