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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2023 (14/12/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 76

76 NORMAS LEGALES Jueves 14 de diciembre de 2023 El Peruano / POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.Lima, 6 de diciembre de 2023.RENZO ANDRÉS REGGIARDO BARRETO Teniente Alcalde 2243670-1 Derogan la Ordenanza N° 2514-2022, que regula la ejecución de proyectos de habilitación urbana especial en laderas ORDENANZA N° 2587 EL TENIENTE ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA POR CUANTO:El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión extraordinaria de la fecha; Que, en uso de las facultades previstas según los artículos 9 y 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura en su Dictamen N° 098-2023-MML-CMDUVN y por la Comisión Metropolitana de Asentamientos Humanos y Plani fi cación en su Dictamen N° 001-2023-MML/CMAHP; el Concejo Metropolitano de Lima por mayoría y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Unico.- Deróguese la Ordenanza N° 2514- 2022 que regula la ejecución de proyectos de habilitación urbana especial en laderas, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 22 de diciembre de 2022. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- La presente ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario ofi cial El Peruano. Segunda.- Encárguese a la O fi cina General de la Secretaría del Concejo, publicar la presente ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano, y a la O fi cina de Gobierno Digital, su publicación en el portal institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima: www.munilima.gob.pe. POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. Lima, 6 de diciembre de 2023RENZO ANDRÉS REGGIARDO BARRETO Teniente Alcalde 2243671-1 MUNICIPALIDAD DE JESUS MARIA Aprueban el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana de Jesús María 2024 - 2027 ORDENANZA Nº 704-2023-MDJM Jesús María, 1 de diciembre de 2023EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESÚS MARÍAPOR CUANTO: El Concejo Municipal, en sesión Ordinaria 23 de la fecha; Estando en uso de las facultades indicadas en el numeral 8 del artículo 9, así como el artículo 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por la Comisión de Seguridad Ciudadana, y la Comisión de Asuntos Jurídicos, mediante el Dictamen Conjunto Nº 045-2023-MDJM-CSC/CAJ, el Concejo Municipal de Jesús María, por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE ACCIÓN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DEL DISTRITO DE JESÚS MARÍA 2024 – 2027 Artículo 1º.- Aprobar el Plan de Acción Distrital de Seguridad Ciudadana de Jesús María 2024 - 2027, validado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC). Artículo 2º.- Encargar a la Gerencia Municipal, O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional, O fi cina General de Administración y Finanzas, Gerencia de Seguridad Ciudadana y a la Subgerencia de Serenazgo, su implementación y fi el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo 3º.- Encargar a la Secretaría General, la publicación de la presente Ordenanza en el diario ofi cial “El Peruano” y a la O fi cina de Tecnología de la Información y Comunicación, la publicación de la presente Ordenanza y de su Anexo, en el portal institucional www.munijesusmaria.gob.pe. Artículo 4º.- Disponer que la presente Ordenanza entra en vigencia a partir del 01 de enero de 2024. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.JESÚS ALBERTO GÁLVEZ OLIVARES Alcalde 2243835-1 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Aprueban la conformación de la Comisión Ambiental Municipal (CAM) del distrito de Magdalena del Mar ORDENANZA N° 203-2023-MDMM Magdalena del Mar, 29 de noviembre de 2023POR CUANTOEl Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria N°23 de la fecha; VISTOS Los Informes N°184 y N°190-2023-GDSGA-MDMM emitido por la Gerencia de Desarrollo Sostenible y Gestión Ambiental, el Informe N°440-2023-OGAJ-MDMM emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica y el Memorándum N°1358-2023-GM/MDMM emitido por la Gerencia Municipal, y; CONSIDERANDOQue, conforme a lo dispuesto en el artículo 194 de la Constitución Política del Estado, modi fi cado por la Ley N°30305, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N°27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales