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24 NORMAS LEGALES Domingo 24 de diciembre de 2023 El Peruano / Regístrese, comuníquese y publíquese. VÍCTOR MANUEL TORRES FALCÓN Ministro del Interior 2247639-1 RELACIONES EXTERIORES Decreto Supremo que modifica el Anexo B: Cuotas Internacionales para el año fiscal 2023 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023 DECRETO SUPREMO Nº 041-2023-RE LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, mediante la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, se aprueba el Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2023, donde se detallan las entidades y montos que corresponden a las cuotas internacionales a ser otorgadas durante el Año Fiscal 2023; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 1.4 del artículo 1 de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, durante el Año Fiscal 2023, previa evaluación y priorización por el Ministerio de Relaciones Exteriores, se puede modi fi car el Anexo B sin exceder el monto total por pliego señalado en dicho Anexo, mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Relaciones Exteriores, lo que no comprende la inclusión de cuotas adicionales a las contempladas en el referido Anexo. En la referida modi fi cación del Anexo B es posible exceder el monto total por pliego, en los casos de incremento de la cuota por efecto del diferencial cambiario o modi fi cación del monto de la cuota de los organismos internacionales no fi nancieros de los cuales el Perú es país miembro; Que, el numeral 69.2 del artículo 69 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que la modi fi cación de los montos de las cuotas internacionales incluidas en el citado Anexo se aprueba mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores y el Ministro del sector correspondiente, a propuesta de este último; Que, mediante O fi cio Nº 01612-2023-MIDAGRI-SG del 28 de junio de 2023, el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego solicitó al Ministerio de Relaciones Exteriores la modi fi cación del Anexo B: Cuotas Internacionales año fi scal 2023 de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del sector público para el año fi scal 2023; Que, el Pliego 013: Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, se encuentra en la lista de pliegos presupuestales contenida en el Anexo B de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, en el que se ha consignado a su cargo el pago de la cuota anual a favor del Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura – IICA, por un importe de S/ 1 387 559,00 (Un Millón Trescientos Ochenta y Siete Mil Quinientos Cincuenta y Nueve y 00/100 Soles); no obstante, por dicho concepto correspondería cancelar el monto de S/ 1 683 868,00 (Un Millón Seiscientos Ochenta y Tres Mil Ochocientos Sesenta y Ocho y 00/100 Soles) para cuyo efecto es necesario modi fi car dicho Anexo, a fi n de efectuar el pago correspondiente; Que, en virtud de lo señalado en el numeral 1 del inciso 28.1 del artículo 28 del Reglamento que desarrolla el marco Institucional que rige el Proceso de Mejora de la Calidad Regulatoria y establece los Lineamientos Generales para la aplicación del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2021-PCM, el presente proyecto normativo se considera excluido del alcance del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante; Que, de la evaluación realizada y priorización correspondiente, resulta necesario modi fi car el Anexo B: Cuotas Internacionales Año Fiscal 2023 de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios del Pliego 026: Ministerio de Desarrollo y Riego, a efectos de atender el pago de la cuota anual a favor del Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura – IICA; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; y el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; DECRETA:Artículo 1. Modi fi cación Modi fi car el Anexo B, denominado “Cuotas Internacionales Año Fiscal 2023” que forma parte de la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, con cargo a la Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios del Pliego 013: Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, respecto al siguiente organismo internacional, de acuerdo a los términos siguientes: PLIEGO PRESUPUESTARIOMONTO (En Soles) PERSONA JURÍDICA Pliego 013: Ministerio de Desarrollo Agrario y RiegoS/ 1 683 868,00Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura - IICA Artículo 2. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Desarrollo Agrario y Riego y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de diciembre del año dos mil veintitrés. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República JENNIFER LIZETTI CONTRERAS ÁLVAREZ Ministra de Desarrollo Agrario y Riego JAVIER GONZÁLEZ OLAECHEA FRANCO Ministro de Relaciones Exteriores 2247660-7 Decreto Supremo que autoriza al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a efectuar el pago de la cuota internacional no contemplada en el Anexo B: Cuotas Internacionales para el año fiscal 2023 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2023 DECRETO SUPREMO Nº 042-2023-RE LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, se aprueba el Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2023, donde se detallan las entidades y montos que corresponden a las cuotas internacionales a ser otorgadas durante el Año Fiscal 2023; Que, de conformidad con lo establecido en el numeral 1.4 del artículo 1 de la Ley Nº 31638, las cuotas