Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2023 (29/12/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 200

TEXTO PAGINA: 152

152 NORMAS LEGALES Viernes 29 de diciembre de 2023 El Peruano / profesional especialista en la administración y gestión de los recursos hídricos, que trabaje la gestión integrada de los recursos hídricos mediante los procesos de siembra y cosecha de agua y otros, que permita una articulación técnica y política desde los Gobiernos Locales, que cuente con capacidades de representatividad desde sus ámbitos territoriales y/o cuencas hidrográ fi cas. Artículo Séptimo.- EXHORTAR, a las entidades privadas, universidades públicas y privadas para su participación y/o contribución en la gestión integrada de los recursos hídricos mediante el levantamiento de Información técnica y cientí fi ca, la elaboración, socialización y el asesoramiento en planes regionales, locales y la implementación de proyectos, actividades y la ejecución de medidas necesarias de respuesta ante el défi cit hídrico en ámbito de la región Puno, de acuerdo a la normativa vigente. Artículo Octavo.- ENCARGAR, al Órgano Ejecutivo Regional en coordinación con la Gerencia General Regional, la Gerencia Regional de Recursos Naturales y Gestión Ambiental, la Gerencia Regional de Desarrollo Social, la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, la Gerencia Regional de Infraestructura, la elaboración del Reglamento para la Presente Ordenanza Regional en el breve plazo. Artículo Noveno.- ENCARGAR, al Gobernador Regional, disponga la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial El Peruano, en cumplimiento de lo dispuesto en el Art. 42° de la Ley N° 27867-Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; en el Portal Institucional electrónico del Gobierno Regional de Puno y en los medios necesarios para el cumplimiento y ejecución de la presente, bajo responsabilidad. POR TANTO:Regístrese, comuníquese y cúmplase.Comuníquese al Señor Gobernador Regional de Puno para su promulgación. En Puno, a los 19 días del mes de junio del año 2023.ALFREDO UCHARICO URUCHI Presidente del Consejo Regional Mando se registre, publique y cumpla.Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Puno, a los 22 días del mes de junio del año 2023 RICHARD HANCCO SONCCO Gobernador Regional 2232769-1 GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTÍN Aprueban transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL N° 483-2023-GRSM/GR Moyobamba, 15 de diciembre de 2023VISTO:El Informe N° 149-2023-GRSM/GRPYP, de la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto; la Ley N°31358, y; CONSIDERANDO:Con Resolución Ejecutiva Regional Nº053-2023- GRSM/GR, de fecha 04 de enero de 2023, se aprobó las especi fi caciones de los gastos a nivel de Unidad Ejecutora, Categoría Presupuestal, Programa Presupuestal, Producto/Proyecto, Actividades, Categoría de Gasto, Genérica de Gasto y Fuentes de Financiamiento del Pliego 459-Gobierno Regional del Departamento de San Martin para el año fi scal 2023; Que, el artículo 1 º de la Ley Nº 31358, “Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente”; dispone que la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías fi nancieras o no fi nancieras por parte del Estado, incluyendo las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de Obras por Impuestos y Asociaciones Público Privadas y otro mecanismos de inversión, a cargo de los pliegos del gobierno nacional, regional y local, así como las entidades de tratamiento empresarial, empresas públicas en el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), fondos y toda entidad o empresa bajo el ámbito del Sistema Nacional de Control, cuyos montos superen los diez millones de soles, son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República; Que, para dicho efecto, el numeral 2.1 del artículo 2 de la citada ley establece que los pliegos destinan hasta el 2% (dos por ciento) del valor total de las inversiones, desde la fase de formulación y evaluación, incorporando dentro de su estructura de costos, como costos indirectos u otros costos, un rubro denominado Control Concurrente, el cual corresponde al fi nanciamiento de las acciones a ser efectuadas por la Contraloría General de la República bajo dicha modalidad de control gubernamental; Que, en relación a la transferencia de dichos recursos, el numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley Nº 31358 señala que los pliegos involucrados se encuentran autorizados a realizar modi fi caciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias, tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuados de las restricciones presupuestarias en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto, a fi n de realizar las transferencias fi nancieras a favor del pliego 019-Contraloría General de la República; Que, conforme dispone el numeral 4.2 del artículo en mención, concordante con el numeral 7.3.3 de la Directiva N° 008-2022-CG/GMPL “Directiva externa que establece disposiciones complementarias de la Ley Nº 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente”, aprobada por Resolución de Contraloría Nº 103-2022-CG, en el caso de los gobiernos regionales, las transferencias fi nancieras a favor de la Contraloría General en el marco de la Ley Nº 31358 la gestiona la ofi cina de presupuesto de la entidad y se aprueban mediante Resolución Ejecutiva Regional; Que, con fecha 11 de agosto de 2023, la Contraloría General de la República, por intermedio de su Secretaría General, presentó el O fi cio N° 00001296-2023-CG/SGE, mediante el cual solicita al Gobierno Regional de San Martín, con carácter de muy urgente, una transferencia fi nanciera a fi n de ejecutar los servicios de control gubernamental oportunamente, adjuntando, para los efectos correspondientes, la relación de inversiones identi fi cadas y priorizadas por dicha Entidad de Fiscalización Superior; Que, con Nota Informativa N°1007-2023-GRSM/ SGPMI, la Sub Gerencia de Programación Multianual de Inversiones, informa que en la marco de las atribuciones conferidas por el decreto Legislativo N°1432 que modi fi ca el Decreto Legislativo N° 1252 que Crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones; ha evaluado el proyecto afecto al control concurrente según lo establecido en la Ley N°31358; encontrando que un (01) inversión que se encuentran en Ejecución Física: (CUI N°2595742); cumplen con el art. 1 de la Ley N°31358, para ser objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República, por los cuales, corresponde realizar las modi fi caciones presupuestarias respectivas a fi n de fi nanciar y efectuar las transferencias fi nancieras correspondientes; Que, mediante el Informe N°089-2023-GRSM/GRPYP de fecha 15 de diciembre 2023, la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto, informa que en el marco del numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley Nº31358 que