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157 NORMAS LEGALES Viernes 29 de diciembre de 2023 El Peruano / GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ordenanza que aprueba el Planeamiento Integral con fines de Anexión al Área Urbana y Asignación de Zonificación en el distrito de Punta Negra ORDENANZA N° 2588 EL TENIENTE ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA POR CUANTO: El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión extraordinaria de la fecha; Que, en uso de las facultades previstas según los artículos 9 y 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura en su Dictamen N° 102-2023-MML-CMDUVN; el Concejo Metropolitano de Lima, por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLANEAMIENTO INTEGRAL CON FINES DE ANEXIÓN AL ÁREA URBANA Y ASIGNACIÓN DE ZONIFICACIÓN EN EL DISTRITO DE PUNTA NEGRA Artículo Primero.- Aprobar el Planeamiento Integral con fi nes de Anexión al Área Urbana y Asignación de Zoni fi cación, para el predio constituido por el Lote 213 (610.95 ha.) ubicado entre los Km. 39.35 de la Carretera Panamericana Sur, en el distrito de Punta Negra, provincia y departamento de Lima, de propiedad de la empresa Inmobiliaria Chaco Boreal S.A., de acuerdo con el Plano N° 1 que, como Anexo N° 1, forma parte de la presente ordenanza Artículo Segundo.– Establecer que, en el Planeamiento Integral señalado en el Artículo Primero le son aplicables el Índice de Usos de Actividades Urbanas de la Ordenanza N° 933-MML que aprueba el Reajuste integral de la zoni fi cación de los usos del suelo de una parte del distrito de Villa el Salvador conformante del Área de tratamiento normativo I de Lima Metropolitana. Artículo Tercero.- Establecer que, en el proceso de habilitación urbana y edi fi cación, el terreno materia de la presente ordenanza debe consolidar los equipamientos urbanos, los que son complementarios a los aportes reglamentarios de la habilitación urbana y debe cumplir con garantizar la prestación de los servicios básicos e infraestructura urbana. Artículo Cuarto.– Las vías que conectan al predio con la vía arterial denominada Av. 2, se debe considerar como vías Colectoras como la sección C-XX-XX1 (A=43.20 m.) y la sección C-XX-XX2 (A=40.00 m.), identi fi cadas en el Anexo N° 2, que forma parte de la presente ordenanza. En el proyecto de habilitación urbana, las vías locales L-02, identi fi cadas en el Anexo N° 2 de la presente ordenanza, se deben adecuar los módulos viales conforme a la zoni fi cación de Comercio Zonal y cumpliendo con lo establecido en las Normas Técnicas sobre Habilitaciones Urbanas y Ciclovías del Reglamento Nacional de Edi fi caciones (RNE). Artículo Quinto.– Disponer que el Instituto Metropolitano de Plani fi cación – IMP de la Municipalidad Metropolitana de Lima, efectúe las modi fi caciones del Plano de Zoni fi cación de los Usos del Suelo y del Sistema Vial Metropolitano. Artículo Sexto.– Disponer que, para la zoni fi cación residencial asignada, la empresa solicitante deberá priorizar la edi fi cación de viviendas de interés social (VIS). Artículo Séptimo – Encargar a la O fi cina General de la Secretaría del Concejo, la publicación de la presente ordenanza en el diario o fi cial El Peruano; y a la O fi cina de Gobierno Digital su publicación, incluido sus anexos, en el portal institucional de la Municipalidad Metropolitana de Lima: www.munlima.gob.pe. POR TANTO:Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. Lima, 15 de diciembre de 2023. RENZO ANDRÉS REGGIARDO BARRETO Teniente Alcalde 2247496-1 MUNICIPALIDAD DE ANCÓN Ordenanza que aprueba el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales para el Ejercicio 2024 en el distrito de Ancón ACUERDO DE CONCEJO Nº 564 Lima, 15 de diciembre de 2023EL TENIENTE ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA POR CUANTO:El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión extraordinaria de la fecha, acordó lo siguiente; VISTO: El O ficio Nº D000500-2023-SAT-JEF de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria de Lima – SAT del 6 de diciembre de 2023, que remite el expediente de rati ficación digital de la Ordenanza Nº 501-2023-MDA, que establece el régimen tributario de los arbitrios de barrido de calles, recolección de residuos sólidos, parques y jardines y serenazgo del ejercicio 2024 en el distrito de Ancón, y; CONSIDERANDO:Que, en los artículos 74 y 195 de la Constitución Política del Perú y en la Norma IV del Código Tributario, se establece que los gobiernos locales mediante ordenanza pueden crear, modi ficar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar éstas, dentro de su jurisdicción, y con los límites que señala la Ley; asimismo el artículo 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser rati ficadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción, para su vigencia y exigibilidad; Que, en aplicación de la Ordenanza Nº 2386-2021 que aprueba el procedimiento de rati ficación de ordenanzas tributarias en el ámbito de la provincia de Lima, la Municipalidad Distrital de Ancón aprobó la ordenanza objeto de la rati ficación, remitiéndola conjuntamente con el expediente de rati ficación digitalizado al SAT, con carácter de declaración jurada; Que, a través del Informe Nº D0000152-2023-SAT- ART del 6 de diciembre de 2023, el Área Funcional de Ratificaciones de la Gerencia de Asuntos Jurídicos del SAT opinó favorablemente respecto a la rati ficación solicitada, por cumplir con los requisitos exigidos y las normas aplicables; Que, la Ordenanza Nº 501-2023-MDA, materia de rati ficación, mantiene las disposiciones técnicas establecidas para el ejercicio 2022 (aprobada mediante Ordenanza Nº 459-2021-MDA, rati ficada por Acuerdo de Concejo Nº 454-MML), reajustando sus tasas y costos para el ejercicio 2024, con la variación del Índice de Precios