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159 NORMAS LEGALES Viernes 29 de diciembre de 2023 El Peruano / ORDENANZA QUE APRUEBA EL RÉGIMEN TRIBUTARIO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO 2024 EN EL DISTRITO DE ANCÓN Artículo Primero.- APLÍQUESE para el ejercicio 2024 el régimen normativo dispuesto en la Ordenanza Nº 420-2019-MDA que aprueba el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales para el ejercicio 2020 en el Distrito de Ancón, ordenanza que fue rati ficada por la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Acuerdo de Concejo Nº 382. Artículo Segundo- APRUÉBESE para el ejercicio 2024 el reajuste de los costos, tasas y estimación de ingresos establecidas en la Ordenanza Nº 459-2021- MDA que aprueba el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales para el ejercicio 2022 en el Distrito de Ancón, en función al Índice de Precios al Consumidor (IPC) de Lima Metropolitana acumulado al mes setiembre 2023 fijado en 3.32% mediante Resolución Jefatural Nº 259- 2023-INEI. Artículo Tercero.- APRUÉBESE el Informe Técnico Financiero que sustenta el reajuste de los costos, tasas y estimación de ingresos de los arbitrios municipales correspondiente al periodo 2024, y que como Anexo forma parte integrante de la presente ordenanza. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera .- Apruébese para el ejercicio 2024 la periodicidad y vencimiento de los Arbitrios Municipales. La periodicidad continuará siendo bimensual y el vencimiento de los mismos será el último día hábil del mes al que corresponda la obligación: 1er Bimestre : 28 de Febrero de 2024 2do Bimestre : 27 de Abril de 20243er Bimestre : 29 de Junio de 2024 4to Bimestre : 31 de Agosto de 2024 5to Bimestre : 31 de Octubre de 20246to Bimestre : 28 de Diciembre de 2024 En caso alguna fecha de vencimiento sea declarada día no laborable automáticamente se prorrogará para el siguiente día hábil. Segunda .- Facúltese al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza, así como para prorrogar los plazos que la misma prevé. Tercera .- Dispóngase que la presente ordenanza entrará en vigencia a partir del 1º de enero del ejercicio 2024, previa publicación hasta el 31 de diciembre del 2023 en el Diario o ficial El Peruano del íntegro de la presenta Ordenanza así como del Acuerdo de Concejo de Lima que la rati fique. Cuarta.- Encárguese a la o ficina de Secretaría General la publicación del íntegro de la presente Ordenanza así como del Acuerdo de Concejo de Lima que la rati fique en el Diario o ficial El Peruano. Quinta.- Dispóngase que la presente Ordenanza así como el Acuerdo de Concejo de Lima que la rati fi que deberán ser publicados en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Ancón (www.muniancon.gob.pe), así como en la página web o fi cial del Servicio de Administración Tributaria SAT de Lima (www.sat.gob.pe) en el marco de la normativa vigente. Sexta.- Encárguese a la Gerencia de Administración Tributaria y demás unidades orgánicas de la Municipalidad su debida difusión, implementación y aplicación de acuerdo a su competencia funcional. Regístrese, comuníquese, publíquese. SAMUEL MARCOS DAZA TAYPE Alcalde INFORME TÉCNICO FINANCIERO 1. OBJETIVO El presente informe técnico tiene por objeto sustentar los costos, tasas y estimación de ingresos de los arbitrios municipales de barrido de calles, recolección de residuos sólidos, parques y jardines públicos y serenazgo aplicables en el Distrito de Ancón durante el ejercicio 2024. 2. BASE LEGAL• Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. TUO de la Ley de Tributación Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, y modi ficatorias. • Ordenanza Nº 2386-MML, ordenanza que sustituye la Ordenanza Nº 2085 que aprueba el procedimiento de ratificación de ordenanzas tributarias en el ámbito de la Provincia de Lima. • Ordenanza Nº 420-2019-MDA, ordenanza que aprueba el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales para el ejercicio 2020 en el Distrito de Ancón; ordenanza ratificada por la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Acuerdo de Concejo Nº 382-2019. • Ordenanza Nº 437-2020-MDA, ordenanza que aprueba el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales para el ejercicio 2021 en el Distrito de Ancón; ordenanza ratificada por la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Acuerdo de Concejo Nº 386-2020. • Ordenanza Nº 459-2021-MDA, ordenanza que Aprueba el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales para el ejercicio 2022 en el Distrito de Ancón, ordenanza ratificada por la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Acuerdo de Concejo Nº 454-2021. • Ordenanza Nº 475-2022-MDA, ordenanza que Aprueba el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales para el ejercicio 2023 en el Distrito de Ancón, ordenanza ratificada por la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Acuerdo de Concejo Nº 392-2022. • Resolución Jefatural Nº 259-2023-INEI, se aprueban los Índices de Precios al Consumidor a Nivel Nacional y de Lima Metropolitana, donde en su Artículo 2º establece el Índice de Precios al Consumidor acumulado de Lima Metropolitana correspondiente al mes de setiembre fijado en 3.32%. Sustento de aplicación del reajuste por IPC El Artículo 69 de la Ley de Tributación Municipal establece que las tasas por servicios públicos o arbitrios, se calcularán dentro del último trimestre de cada ejercicio fiscal anterior al de su aplicación, en función del costo efectivo del servicio a prestar. Por su parte, el Artículo 69-B del citado marco normativo menciona que las Municipalidades que no cumplan con lo dispuesto en el Artículo 69-A, en el plazo establecido por dicha norma, sólo podrán determinar el importe de las tasas por servicios públicos o arbitrios, tomando como base el monto de las tasas cobradas por servicios públicos o arbitrios al 1 de enero del año Fiscal anterior reajustado con la aplicación de la variación acumulada del Índice de Precios al Consumidor, vigente en la Capital del Departamento correspondiente a dicho ejercicio fiscal. El Artículo 8 de la Ordenanza Nº 2386-2021 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, ordenanza que sustituye la Ordenanza Nº 2085 que aprueba el procedimiento de Rati ficación de Ordenanzas Tributarias en el ámbito de la provincia de Lima, establece que las Municipalidades Distritales podrán solicitar la prórroga o reajuste de los montos de los Arbitrios Municipales del ejercicio precedente en aplicación de lo dispuesto en el Artículo 69-B de la Ley de Tributación Municipal. En el caso de la Municipalidad Distrital de Ancón, dada la coyuntura económica que vive el país, tanto la Subgerencia de Gestión Ambiental así como la Subgerencia de Seguridad Ciudadana, Transporte y Control Urbano han manifestado que continuarán prestando durante el periodo 2024 los servicios públicos a su cargo según las mismas características que el presente año 2023. 3. COSTOS ANUALES DE LOS SERVICIOS El cuadro adjunto muestra la variación de los costos anuales 2023 – 2024 de los cuatro servicios públicos que brindará la Municipalidad.