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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE ENERO DEL AÑO 2023 (11/01/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 35

35 NORMAS LEGALES Miércoles 11 de enero de 2023 El Peruano / 2.1.16. Aprobar el Cuadro Multianual de Necesidades. 2.2. Facultades en materia administrativa2.2.1. Emitir las resoluciones que respalden el castigo contable, en el marco de la normativa vigente. 2.2.2. Suscribir los contratos de personas naturales o jurídicas de derecho privado, especializadas en la materia, para ejercer las funciones de supervisión y fi scalización del OSINFOR, debidamente acreditadas en el Registro Administrativo correspondiente. 2.2.3. Representar al OSINFOR ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, el Servicio de Administración Tributaria - SAT, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, la Superintendencia Nacional de Salud - SUSALUD, el Seguro Social de Salud del Perú - EsSALUD, las Entidades Prestadoras de Salud - EPSs, las Administradoras de Fondo de Pensiones - AFPs, Empresas de Seguros, instituciones prestadoras de servicios de salud; así como todas aquellas vinculadas con las funciones de la O fi cina de Administración, para que realice cualquier tipo de actividad que resulte necesaria para el mejor desarrollo de las funciones administrativas y de gestión del OSINFOR. 2.2.4. Suscribir, en representación del OSINFOR, los contratos, convenios y documentos con las entidades fi nancieras, en lo relacionado al manejo de cuentas bancarias del OSINFOR y a los servicios que dichas entidades brindan. 2.2.5. Realizar, en representación del OSINFOR, todo tipo de actos administrativos, notariales y registrales para la transferencia de propiedad vehicular y predios. 2.2.6. Aprobar Directivas orientadas a optimizar las labores de las Unidades a su cargo, según lo establezcan las normas especiales. 2.2.7. Tramitar las legalizaciones de los libros contables ante las notarías. 2.2.8. Participar en los procedimientos de conciliación extrajudicial y suscribir los referidos acuerdos, referidos al cumplimiento de pago de las sanciones de multas impuestas por la Entidad en el marco de un procedimiento administrativo disciplinario y/o sancionador. Artículo 3.- Delegar las siguientes facultades en la Unidad de Abastecimiento de la O fi cina de Administración del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR, durante el Año Fiscal 2023: 3.1. Facultades en materia de Contrataciones del Estado: 3.1.1. Tramitar todas las comunicaciones, actuaciones, pedidos de sanción y actos vinculados a los procedimientos de selección que deban realizarse ante el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado - OSCE, la Central de Compras Públicas - PERÚ COMPRAS y la Contraloría General de la República, así como gestionar las publicaciones que deban efectuarse por mandato legal y los pedidos de información y consultas que resulte necesario formular ante otras entidades. 3.1.2. Suscribir y resolver contratos de bienes y servicios, cuyos montos de contratación sean menores o iguales a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias; así como sus adendas. 3.1.3. Emitir las órdenes de compra o servicio que deriven de los procedimientos de selección, incluyendo los provenientes de Contrataciones Directas, de bienes, servicios consultorías y ejecuciones de obra, a nivel nacional, previa suscripción del contrato respectivo. 3.1.4. Autorizar la contratación de bienes y servicios a través de los Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco. 3.1.5. Aprobar las solicitudes de ampliación de plazos de los contratos bienes y servicios, derivadas de acuerdo marco, la contratación de terceros y contrataciones menores o iguales a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias.3.1.6. Aprobar reducciones de las contrataciones de bienes y servicios, derivadas de la contratación de terceros y contrataciones menores o iguales a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias. 3.1.7. Efectuar el requerimiento de cumplimiento de obligaciones contractuales, bajo apercibimiento de resolución de contrato, para contrataciones derivadas de procedimientos de selección, acuerdo marco y contrataciones menores o iguales a ocho (08) Unidades Impositivas Tributarias. 3.1.8. Emitir las constancias de prestación de contrataciones derivadas de procedimientos de selección, contratación de terceros, acuerdo marco y contrataciones menores o iguales a ocho (08) Unidades Impositivas Tributarias. 3.1.9. Designar a los miembros integrantes de los Comités de Selección, así como modi fi car su composición. 3.1.10. Autorizar la participación de expertos independientes para apoyar a los comités de selección, cuando corresponda. Artículo 4.- Delegar las siguientes facultades en la Unidad de Gestión del Talento Humano de la O fi cina de Administración del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR, durante el Año Fiscal 2023: 4.1. Facultades en materia de administrativa:4.1.1. Autorizar, resolver, y tramitar las acciones administrativas del personal respecto de las asignaciones, ceses, rotaciones, reconocimiento de remuneraciones, recti fi cación de nombres y/o apellidos, destaques, renovaciones de contratos, y todas aquellas que sean necesarias para una adecuada conducción y dirección del personal adscrito al régimen laboral del OSINFOR. 4.1.2. Suscribir, en representación del OSINFOR, los contratos del personal de la Entidad, así como sus respectivas prórrogas, adendas y/o modi fi caciones. 4.1.3. Suscribir los convenios de prácticas profesionales, pre-profesionales y técnicas del OSINFOR. Artículo 5.- La delegación de facultades a que se refi ere la presente Resolución, tiene vigencia durante y para lo correspondiente a actos de todo el Año Fiscal 2023, y comprende las atribuciones de pronunciarse y/o resolver, sin eximir de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso en concreto. Artículo 6.- La Gerencia General, la O fi cina de Administración, la Unidad de Abastecimiento y la Unidad de Gestión del Talento Humano, deberán informar semestralmente, así como cuando se les requiera, a la Jefatura del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR sobre los actos realizados en virtud de la delegación dispuesta en la presente Resolución. Artículo 7.- La Unidad de Abastecimiento de la O fi cina de Administración deberá informar semestralmente a la Ofi cina de Administración respecto de las contrataciones de bienes y servicios cuyos montos sean iguales o inferiores a ocho (8) Unidades Impositivas Tributarias. Artículo 8.- Las facultades señaladas en los numerales 1.2 del artículo 1, 2.1 del artículo 2 y 3.1 del artículo 3 de la presente Resolución son aplicables para las contrataciones vigentes, efectuadas en el marco de la Ley N° 30225 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF. Artículo 9.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano, así como en el Portal de Transparencia Estándar y en el Portal Institucional del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre – OSINFOR (https://www.gob.pe/osinfor), en un plazo no mayor de tres (3) días hábiles contados desde su emisión. Regístrese y comuníquese.LUCETTY JUANITA ULLILEN VEGA Jefa 2141583-1