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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE ENERO DEL AÑO 2023 (11/01/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 48

48 NORMAS LEGALES Miércoles 11 de enero de 2023 El Peruano / de Gerencia General (Secretaría General) que ingresará al régimen laboral de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; Que, el Literal f) del Artículo 16° del ROF del OEFA, establece que la Presidencia del Consejo Directivo tiene, entre otras funciones, la de designar, remover y aceptar la renuncia de los servidores que ejerzan cargos de confi anza; Que, en ese sentido, resulta necesario que la Presidencia del Consejo Directivo emita el acto resolutivo que designe a la servidora civil de con fi anza que desempeñe el puesto de Asesora de Gerencia General (Secretaría General) del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA; Con el visado de la Gerencia General, de la O fi cina de Asesoría Jurídica y de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración; y, De conformidad con lo establecido en el Artículo 6° de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; el Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, que aprueba el Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 061-2019-SERVIR/PE, que formaliza el acuerdo de Consejo Directivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, adoptado en Sesión N° 015-2019, mediante el cual se aprobó el Cuadro de Puestos de la Entidad del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA; y, en uso de la atribución conferida por los Literales f) y t) del Artículo 16° del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2017-MINAM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Designar a la señora Pamela Roxana Meza Pinto, en el puesto de con fi anza de Asesora de Gerencia General (Secretaría General) del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, con código de puesto CO0401014 y disponer su ingreso al régimen laboral de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como en el Portal de Transparencia Estándar y en la sede digital del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA (www.gob.pe/oefa) en el plazo máximo de dos (2) días hábiles contados desde su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOHNNY ANALBERTO MARCHÁN PEÑA Presidente del Consejo Directivo 2142069-3 PROCURADURIA GENERAL DEL ESTADO FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN N° D000035-2023-JUS/PGE-PG DEL PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO Mediante O fi cio N° D000094-2023-JUS/PGE-GG, la Procuraduría General del Estado solicita la publicación de Fe de Erratas de la Resolución del Procurador General del Estado N° D000035-2023-JUS/PGE-PG, publicada en la edición del día 08 de enero de 2023. DICE: “Artículo 1.- Designación Designar (…) como Procuradora Pública de la Procuraduría Pública Especializada en Proceso de Extinción de Dominio”.DEBE DECIR: “Artículo 1.- Designación Designar (…) como Procuradora Pública de la Procuraduría Pública Especializada en Extinción de Dominio”. 2142043-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Aprueban el porcentaje requerido para determinar el límite máximo de devolución del Impuesto Selectivo al Consumo a que se refiere el Reglamento del Decreto de Urgencia N° 012-2019 RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 000006-2023/SUNAT APRUEBAN EL PORCENTAJE REQUERIDO PARA DETERMINAR EL LÍMITE MÁXIMO DE DEVOLUCIÓN DEL IMPUESTO SELECTIVO AL CONSUMO A QUE SE REFIERE EL REGLAMENTO DEL DECRETO DE URGENCIA N° 012-2019 Lima, 10 de enero de 2023CONSIDERANDO: Que el artículo 2 del Decreto de Urgencia N.° 012-2019 -de acuerdo con el texto vigente al 31 de diciembre de 2022- otorga a los transportistas que prestan el servicio de transporte terrestre regular de personas de ámbito nacional y/o el servicio de transporte público terrestre de carga el bene fi cio de devolución del equivalente al cincuenta y tres por ciento (53%) del impuesto selectivo al consumo (ISC) que forma parte del precio de venta del combustible diésel B5 y diésel B20 con un contenido de azufre menor o igual a 50ppm, adquirido de distribuidores mayoristas y/o minoristas o establecimientos de venta al público de combustibles con comprobante de pago electrónico, por el plazo de tres (3) años, contados a partir del 1 de enero de 2020; Que el artículo 4 del Reglamento del Decreto de Urgencia N.° 012-2019, aprobado por el Decreto Supremo N.° 419-2019-EF, establece el procedimiento para la determinación del monto a devolver, señalando en el literal b) de su numeral 4.4 que, para efecto de determinar el límite máximo de devolución del mes, se requiere la aplicación del porcentaje que fi je la SUNAT, el cual según lo previsto en el segundo párrafo del literal b) del numeral 4.1 de dicho artículo representa la participación del ISC sobre el precio por galón de combustible; Que, al amparo del numeral 3.2 del artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por el Decreto Supremo N.° 001-2009-JUS, no se prepublica la presente resolución por considerarse que ello resulta innecesario, toda vez que esta únicamente se limita a establecer el porcentaje que representa la participación del ISC sobre el precio por galón de combustible, el cual es necesario para calcular el límite máximo de devolución; En uso de las facultades conferidas por el literal b) del numeral 4.4 del artículo 4 del Reglamento del Decreto de Urgencia N.° 012-2019, aprobado por el Decreto Supremo N.° 419-2019-EF; el artículo 11 del Decreto Legislativo N.° 501, Ley General de la SUNAT; el artículo 5 de la Ley N.° 29816, Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, y el inciso k) del artículo 10 del Documento de Organización y Funciones Provisional – DOFP de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria -