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49 NORMAS LEGALES Miércoles 11 de enero de 2023 El Peruano / SUNAT, aprobado por Resolución de Superintendencia N.° 000042-2022/SUNAT; SE RESUELVE:Artículo 1.- Objeto La presente resolución tiene por objeto aprobar el porcentaje a que hace referencia el literal b) del numeral 4.4 artículo 4 del Reglamento del Decreto de Urgencia N.° 012-2019, aprobado por el Decreto Supremo N.° 419-2019-EF, aplicable a los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2022. Artículo 2.- Finalidad La presente resolución tiene por fi nalidad poder atender las solicitudes de devolución del ISC comprendidas en el artículo 2 del Decreto de Urgencia N.° 012-2019 que presenten los transportistas por el cuatro trimestre del año 2022. Artículo 3.- Porcentaje para determinar el límite máximo de devolución del impuesto selectivo al consumo dispuesto por el Reglamento del Decreto de Urgencia N.° 012-2019 Apruébase el porcentaje a que se re fi ere el literal b) del numeral 4.4 del artículo 4 del Reglamento del Decreto de Urgencia N.° 012-2019, aprobado por el Decreto Supremo N.° 419-2019-EF, como sigue: MESPORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN DEL ISC (%) Octubre 2022 8.41% Noviembre 2022 8.32% Diciembre 2022 8.89% DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL Única.- Vigencia La presente resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS ENRIQUE VERA CASTILLO Superintendente Nacional 2141929-1 Designan Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional Loreto RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA REGIONAL Nº 000001-2023-SUNAT/7M0000 DESIGNAN AUXILIARES COACTIVOS DE LA INTENDENCIA REGIONAL LORETO Punchana, 9 de enero de 2023CONSIDERANDO:Que, es necesario designar a nuevos Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional Loreto para garantizar el normal funcionamiento de su cobranza coactiva; Que, el artículo 114° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo N° 133-2013-EF y modi fi catorias, establece los requisitos que deberán reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que, el personal propuesto ha presentado Declaración Jurada manifestando reunir los requisitos antes indicados; Que, la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7° de la Ley N° 26979, no es de aplicación a los órganos de la Administración Tributaria cuyo personal ingresó mediante Concurso Público; Que, el Artículo Único de la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta Operativa N° 005-2014-SUNAT/600000 desconcentra en el Intendente Principales Contribuyentes Nacionales, en el Intendente Lima y en los Intendentes Regionales, la competencia para designar auxiliares coactivos en el ámbito de la competencia de cada Intendencia; En uso de las facultades conferidas en la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta Operativa N° 005-2014-SUNAT/600000. SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar como Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional Loreto, a los trabajadores que se indica a continuación: REG DNI APELLIDOS NOMBRES 7738 40449771 VASQUEZ AYRA HELEM DIANA 9341 44164479 LOPEZ RODRIGUEZ DONARSON Regístrese, comuníquese y publíquese. ALVARO VASQUEZ LOZANO IntendenteIntendencia Regional Loreto 2141694-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE EDUCACION SUPERIOR UNIVERSITARIA Rectifican la Resolución del Consejo Directivo N° 036-2018-SUNEDU/CD mediante la cual se otorgó la licencia institucional a la Universidad Nacional Mayor de San Marcos RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 003-2023-SUNEDU/CD Lima, 9 de enero de 2023VISTOS:La Resolución del Consejo Directivo N° 036-2018-SUNED/CD 1, mediante la cual se otorgó la licencia institucional a la Universidad Nacional Mayor de San Marcos (en adelante, Universidad); el O fi cio N° 001537-2022-R-D/UNMSM 2 presentada por la Universidad; y, el Informe N° 0002-2023-SUNEDU-02-12 del 3 de enero de 2023 de la Dirección de Licenciamiento (en adelante, Dilic). CONSIDERANDO:1. AntecedentesEl numeral 19.3 del artículo 19 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria (en adelante, Ley Universitaria) establece como función del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (en adelante, la Sunedu) aprobar, denegar, suspender o cancelar las licencias para el funcionamiento del servicio de educación superior universitario bajo su competencia. El 4 de abril de 2018 se publicó en el diario o fi cial “El Peruano” la Resolución del Consejo Directivo N° 036-2018-SUNEDU/CD del 3 de abril de 2018, mediante la cual se otorgó la licencia institucional a la Universidad para ofrecer el servicio educativo superior universitario 3. El 4 de octubre de 2022, mediante O fi cio N° 001537-2022-R-D/UNMSM4, la Universidad solicitó la enmienda de la Resolución del Consejo Directivo N° 036-2018-SUNEDU/CD al haberse omitido incluir