Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE ENERO DEL AÑO 2023 (11/01/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 51

51 NORMAS LEGALES Miércoles 11 de enero de 2023 El Peruano / ANEXO N° 2 (…) SEGUNDA ESPECIALIDAD N° PROGRAMADENOMINACIÓN DEL PROGRAMADENOMINACIÓN DEL TÍTULO QUE OTORGALOCAL (…) 134MEDICINA HUMANASEGUNDA ESPECIALIDAD PROFESIONAL EN NEONATOLOGÍATÍTULO DE SEGUNDA ESPECIALIDAD PROFESIONAL EN NEONATOLOGÍASL02 Segundo.- RECTIFICAR de o fi cio el error material incurrido en el segundo extremo resolutivo de la Resolución del Consejo Directivo N° 036-2018-SUNEDU/CD que, en adelante tendrá la siguiente redacción: SE RESUELVE:(…) SEGUNDO.- RECONOCER que la Universidad Nacional Mayor de San Marcos cuenta con ciento ochenta y cuatro (184) programas existentes, de los cuales, sesenta y seis (66) otorgan el grado académico de bachiller, ochenta y siete (87) el de maestro y, treinta y uno (31) el de doctor. Asimismo, declaró ciento treinta y cuatro (134) segundas especialidades; todos ellos mencionados en el Anexo N° 2, los cuales se desarrollan en los locales indicados en el Anexo N° 1.(…) Tercero.- REMITIR a la Dirección de Documentación e Información Universitaria y Registro de Grados y Títulos copia de la presente resolución para los fi nes correspondientes. Cuarto.- NOTIFICAR la presente resolución a la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, encargando a la Unidad de Atención al Ciudadano y Trámite Documentario realizar el trámite correspondiente. Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” y ENCARGAR a la O fi cina de Comunicaciones la publicación de la presente resolución en el Portal institucional de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (www.sunedu.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSWALDO DELFÍN ZEGARRA ROJAS Presidente del Consejo Directivo de la Sunedu 1 Publicada en el diario o fi cial “El Peruano” el 4 abril de 2018. 2 Ingresado con RTD N° 051682-2022-SUNEDU-TD. 3 La Resolución del Consejo Directivo (en adelante, RCD) que otorgó el licenciamiento institucional a la Universidad fue materia de modificación y rectificación: i) RCD N° 007-2019-SUNEDU/CD del 25 de enero de 2019, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 26 de enero de 2019, ii) RCD N° 050-2019-SUNEDU/CD del 25 de abril de 2019, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 27 de abril de 2019, iii) RCD N° 063-2019-SUNEDU/CD del 16 de mayo de 2019, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 17 de mayo de 2019, iv) RCD N° 115-2019-SUNEDU/CD del 27 de agosto de 2019, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 29 de agosto de 2019; v) RCD N° 159-2019-SUNEDU/CD del 9 de diciembre de 2019, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 10 de diciembre de 2019; vi) RCD N° 101-2021-SUNEDU/CD del 7 de septiembre de 2021, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 9 de septiembre de 2021; y, vii) RCD N° 117-2022-SUNEDU/CD del 11 de noviembre de 2022, publicada en el diario “El Peruano” el 12 de noviembre de 2022. 4 Ingresado con RTD N° 051682-2022-SUNEDU-TD del 4 de octubre de 2022. 5 Ingresado con RTD N° 060054-2022-SUNEDU-TD del 24 de noviembre de 2022. 6 Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. (…) Artículo 212.- Recti fi cación de errores (…) 212.1 Los errores material o aritmético en los actos administrativos pueden ser recti fi cados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de o fi cio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión. (…) 7 Ingresado con RTD N° 010822-2018-SUNEDU-TD del 5 de marzo de 2018. 8 Ingresado con RTD N° 005074-2018-SUNEDU-TD del 2 de febrero de 2018. 9 Ingresado con RTD N° 051682-2022-SUNEDU-TD del 4 de octubre de 2022. 10 Ingresado con RTD N° 060054-2022-SUNEDU-TD del 24 de noviembre de 2022. 2141434-1 Aceptan pedidos de rectificación solicitados por la Universidad Ricardo Palma de la denominación de programa y títulos contenidos en las Resoluciones del Consejo Directivo N° 013-2018-SUNEDU/CD y N° 087-2022-SUNEDU/CD RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 004-2023-SUNEDU/CD Lima, 9 de enero de 2023VISTOS: Las Resoluciones del Consejo Directivo N° 013-2018-SUNEDU/CD 1; N° 087-2022-SUNEDU/CD2 que enmiendan y recti fi can la licencia institucional a la Universidad Ricardo Palma (en adelante, Universidad); los O fi cios N° 0544-2022-URP-R 3, N° 0641-2022-URP-R4 presentados por la Universidad; y, el Informe N° 0001-2023-SUNEDU-02-12 del 3 de enero de 2023 de la Dirección de Licenciamiento (en adelante, Dilic). CONSIDERANDO:1. Antecedentes El numeral 19.3 del artículo 19 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria (en adelante, Ley Universitaria) establece como función del Consejo Directivo de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (en adelante, la Sunedu) aprobar, denegar, suspender o cancelar las licencias para el funcionamiento del servicio de educación superior universitario bajo su competencia. El 31 de diciembre de 2016 se publicó en el diario ofi cial “El Peruano” la Resolución del Consejo Directivo N° 040-2016-SUNEDU/CD del 28 de diciembre de 2016, mediante la cual se otorgó la licencia institucional a la Universidad para ofrecer el servicio educativo superior universitario 5. El 7 de febrero de 2018 se publicó en el diario ofi cial “El Peruano” la Resolución del Consejo Directivo N° 013-2018-SUNEDU/CD del 31 de enero de 2018, mediante la cual se enmendó la resolución de licenciamiento 6. El 24 de agosto de 2022 se publicó en el diario ofi cial “El Peruano” la Resolución del Consejo Directivo N° 087-2022-SUNEDU/CD del 23 de agosto de 2022, mediante la cual se recti fi có la Resolución del Consejo Directivo N° 013-2018-SUNEDU/CD 7. El 16 de septiembre de 2022, mediante O fi cio N° 0544-2022-URP-R8, la Universidad solicitó la recti fi cación de los errores materiales contenidos en el Anexo N° 1 de la Resolución del Consejo Directivo N° 087-2022-SUNEDU/CD, pues se habría consignado erróneamente las denominaciones de los títulos de los programas de Sub Especialidad: Psiquiatría de adicciones y, la de Sub Especialidad: Urología Pediátrica, respectivamente.