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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE ENERO DEL AÑO 2023 (11/01/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 37

37 NORMAS LEGALES Miércoles 11 de enero de 2023 El Peruano / Que, el artículo 5 del TUO de la Ley N° 26979 señala como funciones del Auxiliar Coactivo, las delegadas por el Ejecutor Coactivo, encontrándose entre éstas, la realización de diligencias ordenadas por aquél, la suscripción de noti fi caciones, actas de embargo y demás documentos que se vinculen al procedimiento de ejecución coactiva, así como dar fe de los actos en los que interviene en el regular desempeño de sus funciones; Que, el artículo 7 del TUO de la Ley N° 26979, establece que tanto la designación del Ejecutor Coactivo como la del Auxiliar Coactivo se efectúa mediante concurso público de méritos y, en su calidad de funcionarios de la Entidad, la representan de forma exclusiva y a tiempo completo, percibiendo una remuneración de carácter permanente, encontrándose además, impedidos de percibir comisiones, porcentajes o participaciones derivados de los montos recuperados en los procedimientos de ejecución coactiva a su cargo; Que, mediante Informe N° 000119-2022-UEC/ INDECOPI, la Unidad de Ejecución Coactiva señala que, habiendo resultado la señora Marysabell Adelina Figueroa Loayza ganadora de la Convocatoria Pública N° 106-2022, corresponde su designación como Auxiliar Coactivo del Indecopi con e fi cacia anticipada al 17 de octubre de 2022; Que, con Informe N° 000462-2022-ORH/INDECOPI la O fi cina de Recursos Humanos, tras la evaluación respectiva, concluye que resulta posible designar a la señora Marysabell Adelina Figueroa Loayza como Auxiliar Coactivo de la Institución; Que, a través del Informe N° 000755-2022-OAJ/ INDECOPI, la O fi cina de Asesoría Jurídica señala que el artículo 7° de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1033, establece que el Presidente Ejecutivo es la autoridad interna de mayor nivel jerárquico de la entidad y en tal sentido, el representante institucional ante terceros, representación que puede ser delegada a otros servidores de la Institución; Que, en ese sentido, la O fi cina de Asesoría Jurídica concluye que, considerando que las funciones del Auxiliar Coactivo involucran una continua interacción y coordinación con entidades fi nancieras, autoridades del Estado, administrados y terceros, en representación del INDECOPI, el Presidente Ejecutivo deviene en la autoridad facultada para delegar representatividad a este, a fi n de que cumpla con las actividades propias del cargo; Que, atendiendo a lo expuesto, la Presidencia Ejecutiva advierte que, corresponde designar a la señora Marysabell Adelina Figueroa Loayza como Auxiliar Coactivo del Institución; Con el visto bueno de la O fi cina de Recursos Humanos, de la O fi cina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General; De conformidad con lo establecido en el numeral 7.2. y en el literal d) del numeral 7.3 de la Ley de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1033 y modi fi catorias, el numeral 7 del artículo 10 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, y con el artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a la señora Marysabell Adelina Figueroa Loayza como Auxiliar Coactivo del INDECOPI, con e fi cacia anticipada al 17 de octubre de 2022. Regístrese, comuníquese y publíquese.JULIÁN PALACÍN GUTIÉRREZ Presidente Ejecutivo 2141708-1Aprueban el Manual de identidad corporativa del INDECOPI RESOLUCIÓN N° 000003-2023-PRE/INDECOPI San Borja, 5 de enero de 2023VISTOS: El Informe N° 000010-2022-OPD/INDECOPI, el Informe N° 000412-2022-OAJ/INDECOPI, el Informe N° 000111-2022-OPM/INDECOPI, el Memorándum N° 000203-2022-OPD/INDECOPI, el Memorándum N° 000418-2022-GEG/INDECOPI, la Constancia N° 00038-2022-PRE/INDECOPI, la Hoja de Trámite N° 0003172-2022-PRE/INDECOPI, la Hoja de Trámite N° 0005347-2022-GEG/INDECOPI, y el Informe N° 000701-2022-OAJ/INDECOPI; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 y articulo 5, literales f) y k), de la Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), aprobada por el Decreto Legislativo N° 1033 y sus modi fi catorias, el Consejo Directivo del INDECOPI es el órgano máximo de la Institución y tiene entre sus funciones el aprobar las políticas institucionales en los asuntos de administración interna; así como, expedir directivas normando el funcionamiento administrativo de la entidad; Que, de acuerdo con lo señalado en el artículo 8 y articulo 9, literales b) y j), del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Indecopi, aprobado por Resolución N° 063-2021-PRE/INDECOPI, el Consejo Directivo del INDECOPI es el órgano máximo de dirección de la entidad, le corresponde aprobar las políticas institucionales en los asuntos de administración interna y tiene entre sus funciones expedir directivas que normen el funcionamiento administrativo de la institución; Que, el Manual de identidad corporativa, es el documento que recoge las principales directrices y pautas para el correcto uso de la marca institucional y su aplicación en los diversos productos de comunicación que se elaboran para promover y difundir los servicios que brinda la institución, describiendo los signos grá fi cos escogidos para posicionar la marca institucional y todas sus posibles variaciones, explicando su forma, oportunidad y lugar de utilización mediante la inclusión de ejemplos grá fi cos, conteniendo además los usos permitidos y aquéllos que se encuentran prohibidos con respecto a las aplicaciones de la marca; por lo que, se encuentra vinculado al proceso de modernización de la gestión institucional; Que, la O fi cina de Promoción y Difusión ha señalado que el INDECOPI cuenta con un Manual de Identidad Corporativa que data del año 2015, al cual se le implementaron mejoras en el año 2018; sin embargo, desde entonces no se ha trabajado en la actualización de este documento; por lo que se hace necesario dejar sin efecto esta y aprobar una nueva versión; Que, en este contexto, la O fi cina de Promoción y Difusión ha elaborado una nueva versión del documento denominado Manual de identidad corporativa del INDECOPI, para su respectiva aprobación por el Consejo Directivo; Que, mediante Acuerdo N° 069-2022, del 10 de octubre de 2022, el Consejo Directivo acordó la aprobación del Manual de Identidad Corporativa del INDECOPI y encomendó a la Gerencia General realizar las gestiones correspondientes para la emisión de la Resolución de la Presidencia Ejecutiva y la publicación respectiva, conforme se advierte en la Constancia N° 00038-2022-PRE/INDECOPI; Con los vistos buenos de la Gerencia General, de la O fi cina de Promoción y Difusión, de la O fi cina de Planeamiento Presupuesto y Modernización y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 7.2 y los literales f) y h) del numeral 7.3 del artículo 7 de la Ley