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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE ENERO DEL AÑO 2023 (13/01/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 36

36 NORMAS LEGALES Viernes 13 de enero de 2023 El Peruano / i. Aprobar, de manera previa al otorgamiento de la Buena Pro del proceso de selección de la Empresa Privada y del proceso de selección de la Entidad Privada Supervisora por parte del Comité Especial, los importes mayores al monto total de inversión referencial cuando la propuesta económica exceda hasta en diez por ciento (10%) el monto total de inversión referencial, en el marco de lo dispuesto en el numeral 61.4 del artículo 61 y el numeral 123.7 del artículo 123 del Reglamento de la Ley N° 29230. j. Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales de obra en los casos en que sus montos, restándole los presupuestos deductivos vinculados, no excedan el quince por ciento (15%) del monto del contrato original. k. Autorizar el pago por la ejecución de mayores metrados ejecutados por el contratista en los contratos de obra. l. Autorizar las prestaciones adicionales de obra menores o iguales al quince por ciento (15%) del monto del contrato original, de acuerdo al artículo 90 del Reglamento del Procedimiento de Contratación Pública Especial para la Reconstrucción con Cambios, aprobado por el Decreto Supremo N° 071-2018-PCM. m. Autorizar la reducción de prestaciones de obras en el marco del Reglamento del Procedimiento de Contratación Pública Especial para la Reconstrucción con Cambios, aprobado por el Decreto Supremo N° 071-2018-PCM, hasta por el máximo permitido en el TUO de la Ley N° 30225 y su Reglamento. n. Autorizar a través de Resolución Viceministerial la reconformación del Comité Especial, en el marco de lo dispuesto en el artículo 31 del Reglamento de la Ley N° 29230. 1.2. En materia administrativa y de gestión:a. Suscribir convenios de colaboración, cooperación, gestión, administración de recursos u otros de naturaleza análoga y sus respectivas adendas, con entidades privadas, organizaciones de la sociedad civil y organismos internacionales, así como suscribir toda la documentación que permita su ejecución. La presente delegación comprende también las designaciones necesarias para la ejecución de los convenios antes citados. b. Aprobar y suscribir contratos y sus respectivas adendas relativos a los asuntos propios de su ámbito, derivados de convenios suscritos con organismos internacionales. c. Suscribir contratos de fi deicomiso y sus respectivas adendas, así como la documentación necesaria para el cumplimiento de sus objetivos, en el marco de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y sus modi fi catorias. d. Autorizar las contrataciones y suscribir el Anexo N° 01 “Términos de Referencia del Servicio”, así como autorizar las prórrogas o renovaciones de los contratos de locación de servicios, con cargo al Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público - FAG, que se requieran en sus respectivos despachos y en los órganos de línea y programas dependientes de cada una de estas instancias, en el marco del Decreto Ley N° 25650. e. Suscribir el Convenio Marco Intergubernamental, el Convenio de Gestión y el Convenio de Delegación, y sus respectivas adendas, a los que se hace referencia en la Directiva para el Desarrollo de la Gestión Descentralizada de los Servicios Públicos orientado a Resultados, aprobada mediante Resolución Ministerial N° 014-2016-PCM. f. Suscribir Convenios con los Gobiernos Regionales, a celebrarse en el marco de lo dispuesto por la Directiva N° 001-2007-PCM/SD “Normas para la Ejecución de la Transferencia del año 2007 a los Gobiernos Regionales y Locales, de las Funciones Sectoriales incluidas en los Planes Anuales de Transferencia”, aprobada mediante Resolución de Secretaría de Descentralización N° 003-2007-PCM/SD; y, la Directiva N° 003-2008-PCM/SD, “Directiva para la culminación e implementación de la Transferencia de Funciones Sectoriales a los Gobiernos Regionales”, aprobada mediante Resolución de Secretaría de Descentralización N° 044-2008-PCM/SD.Artículo 2.- Delegación de facultades y atribuciones en el/la Secretario/a General Delegar en el/la Secretario/a General, las facultades y/o atribuciones que a continuación se detallan: 2.1. En materia presupuestal:a. Aprobar las modi fi caciones presupuestarias en nivel funcional programático, que se realicen entre las Unidades Ejecutoras, que correspondan al Titular del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, debidamente sustentadas por la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto. b. Aprobar la Matriz de Compromisos de Mejora de Desempeño a que se re fi ere la Directiva N° 007-2019- EF/50.01. 2.2. En materia administrativa y de gestión:a. Aprobar las modi fi catorias del Plan Estratégico Institucional. b. Aprobar las modi fi catorias del Plan Operativo Institucional. c. Aprobar el Plan de Estrategia Publicitaria de la Entidad, conforme a lo establecido en la Ley N° 28874, Ley que Regula la Publicidad Estatal, así como las modi fi caciones que se requieran. d. Designar a los titulares y suplentes del manejo de las cuentas bancarias de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - Administración General. e. Autorizar las contrataciones y suscribir el Anexo N° 01 “Términos de Referencia del Servicio”, así como autorizar las prórrogas o renovaciones de los contratos de locación de servicios, con cargo al Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público - FAG, que se requieran en su respectivo despacho, en el Despacho Ministerial y en los órganos dependientes de la Secretaría General, en el marco del Decreto Ley N° 25650. f. Suscribir la solicitud para el registro de contratos; suscribir el contrato de locación de servicios; suscribir la solicitud para el registro de prórroga y/o renovación de contratos; suscribir el Anexo N° 08 “Adenda”; suscribir la solicitud para el pago de honorarios; comunicar a la Unidad Transitoria de Pago cuando el consultor deje de prestar servicios, bajo cualquier causa y/o motivo; comunicar a la Unidad Transitoria de Pago, de manera inmediata, en caso tome conocimiento de la imposición al consultor de alguna sanción de destitución fi rme o que haya agotado la vía administrativa y/o con sentencia condenatoria consentida y/o ejecutoriada; así como, suscribir otros documentos relacionados con el Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público - FAG, en el marco del Decreto Ley N° 25650. g. Representar al Titular de la Entidad y/o designar a los representantes del Ministerio ante Comisiones, Comités y Grupos de Trabajo donde participan los programas o se cuenta con intervenciones del Sector, en los casos que la normativa lo permita. h. Designar y dejar sin efecto la designación de los Fedatarios Institucionales. i. Aprobar los instrumentos de gestión, tales como metodologías, planes estratégicos y operativos, reglamentos, lineamientos, guías, manuales, protocolos u otros de alcance sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres - SINAGERD, siempre que la normativa lo permita. j. Remitir a la Unidad Transitoria de Pago las solicitudes de pagos de los Profesionales Altamente Cali fi cados - PAC; así como, comunicar a la Unidad Transitoria de Pago cuando el Personal Altamente Cali fi cado - PAC deje de prestar servicios en el Sector, bajo cualquier causa y/o motivo, en el marco de la Ley N° 29806. k. Solicitar, ante la autoridad electoral competente, autorización previa para la difusión de avisos o mensajes publicitarios que se consideren de impostergable necesidad o utilidad pública, a ser difundidos por radio o televisión, en periodo electoral, de conformidad a la normativa sobre la materia. l. Presentar, ante la autoridad electoral competente, el reporte posterior, en los casos de publicidad estatal